¿Sabías que si vives en Canarias puedes deducirte los gastos de enfermedad en la declaración de la renta? Sí, es posible aliviar un poco el bolsillo gracias a esta ayuda. Aquí te explicamos cuánto puedes deducir, qué condiciones debes cumplir y cómo aplicarla paso a paso.
La reclamación económico-administrativa es un procedimiento gratuito para impugnar decisiones de Hacienda cuando crees que se han equivocado. Tienes 1 mes desde la notificación para presentarla, no necesitas abogado y la resuelve un tribunal independiente. Debes explicar claramente tu caso, aportar pruebas y ser específico en lo que pides. Aunque debería resolverse en 1 año, suele tardar más. Si te deniegan la reclamación, puedes seguir reclamando por otras vías. Es tu derecho como contribuyente y puede ahorrarte mucho dinero.
En Canarias, puedes deducirte el 12% de los gastos que hayas tenido en la prevención, diagnóstico y tratamiento de enfermedades. Esto incluye cosas como visitas médicas, medicamentos o tratamientos específicos. Además, si has comprado gafas graduadas, lentillas u otros aparatos médicos, también puedes incluirlos. Eso sí, hay un límite:
Si tienes un grado de discapacidad del 65% o más, ¡buenas noticias! La deducción aumenta en 100 euros adicionales.
Para beneficiarte de esta deducción, debes cumplir estas condiciones:
Para que Hacienda luego no te pueda decir nada al aplicar esta deducción, reúne lo siguiente:
Si vives en Canarias y tienes dudas sobre cómo deducirte los gastos médicos en tu declaración de la renta, aquí te resolvemos las preguntas más comunes de forma clara y sencilla.
Puedes deducirte el 12% de los gastos que hayas tenido en prevención, diagnóstico y tratamiento de enfermedades. Esto incluye visitas médicas, medicamentos, gafas graduadas, lentillas y otros aparatos médicos. Eso sí, hay un límite máximo: 500 euros si haces declaración individual o 700 euros si la haces conjunta. Si tienes un grado de discapacidad del 65% o más, puedes añadir 100 euros adicionales a estos límites.
Lamentablemente, no. Para aplicar esta deducción necesitas justificar el gasto con métodos de pago admitidos, como tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en cuenta bancaria. Los pagos en efectivo no están permitidos para esta deducción.
Sí, siempre que hagas una declaración conjunta y cumplas con los límites de ingresos establecidos (no superar los 60.500 euros de base imponible). Si haces declaración individual, solo podrás incluir tus propios gastos y tu base imponible no puede superar los 45.500 euros.
En ese caso, no podrás aplicar esta deducción, ya que es un requisito imprescindible que tu base imponible no exceda los 45.500 euros en declaración individual o 60.500 euros en declaración conjunta. Este límite de ingresos es obligatorio para poder beneficiarte de la deducción.
Debes conservar las facturas detalladas de todos los servicios o productos médicos que hayas pagado, junto con los justificantes de pago que demuestren que has usado un método admitido (tarjeta, transferencia, etc.). Además, a partir de 2024 es necesario incluir el NIF del médico o centro sanitario y el importe anual en tu declaración. Si tienes una discapacidad del 65% o más, también necesitarás el certificado oficial que lo acredite.
Esta deducción se encuentra en las casillas 916 a 945 de tu declaración de la renta, dentro del apartado de deducciones autonómicas de Canarias. Durante el proceso, deberás incluir los gastos en el apartado correspondiente a deducciones autonómicas y verificar que cumples con todos los requisitos de ingresos y documentación.
Aplicar esta deducción es bastante sencillo si tienes claro cómo hacerlo. Durante el proceso de tu declaración de la renta, deberás:
¿Te suena complicado? ¡No te preocupes! Ahora te contamos cómo podemos ayudarte.
Lamentablemente, no. Para aplicar esta deducción necesitas justificar el gasto con métodos de pago admitidos, como tarjeta, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en cuenta.
Sí, siempre que hagas una declaración conjunta y cumplas con los límites de ingresos establecidos. Si haces declaración individual, solo podrás incluir tus propios gastos.
En ese caso, no podrás aplicar esta deducción, ya que es un requisito imprescindible que tu base imponible no exceda los 45.500 euros (individual) o 60.500 euros (conjunta).
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