Si has tenido un hijo o lo has adoptado durante el año, puedes beneficiarte de una deducción autonómica en Cantabria. Aquí te explicamos cuánto puedes deducir y los requisitos para aprovechar esta ayuda.
La reclamación económico-administrativa es un procedimiento gratuito para impugnar decisiones de Hacienda cuando crees que se han equivocado. Tienes 1 mes desde la notificación para presentarla, no necesitas abogado y la resuelve un tribunal independiente. Debes explicar claramente tu caso, aportar pruebas y ser específico en lo que pides. Aunque debería resolverse en 1 año, suele tardar más. Si te deniegan la reclamación, puedes seguir reclamando por otras vías. Es tu derecho como contribuyente y puede ahorrarte mucho dinero.
Puedes deducirte 1.400 euros por cada hijo nacido o adoptado durante el año fiscal en cuestión.
Conservar estos documentos es importante en caso de que la Agencia Tributaria solicite justificantes.
Resolvemos las dudas más comunes sobre esta ayuda fiscal para familias cántabras que han tenido o adoptado un hijo.
Puedes deducirte 1.400 euros por cada hijo que hayas tenido o adoptado durante el año fiscal. Esta cantidad se aplica directamente en tu declaración de la renta y puede suponer un ahorro importante para tu familia.
Los requisitos principales son dos: primero, el hijo debe convivir contigo a 31 de diciembre del año en cuestión. Segundo, tus ingresos anuales no pueden superar los 31.485 euros. Si cumples estas condiciones, podrás aplicar la deducción sin problema.
Si ambos tenéis derecho a la deducción, el importe de 1.400 euros se dividirá en partes iguales entre los dos. Esto significa que cada uno podría deducirse 700 euros en su declaración individual, siempre que ambos cumpláis los requisitos establecidos.
Es importante que conserves el certificado de nacimiento o adopción del niño, un justificante de convivencia si hay más personas con derecho a la deducción, y documentos que acrediten tus ingresos. Aunque no siempre te los pedirán, la Agencia Tributaria puede solicitarlos para verificar que cumples los requisitos.
Esta deducción se aplica en el apartado de deducciones autonómicas de Cantabria, concretamente en las casillas 946 a 956 de tu declaración. Si utilizas un programa de ayuda como TaxDown, el sistema te guiará automáticamente para que no te pierdas ningún paso.
Sí, puedes aplicarla sin problema. Lo importante es que el nacimiento o adopción se haya producido durante el año fiscal y que el niño esté registrado como conviviente contigo a 31 de diciembre. Incluso si nació el último día del año, tendrás derecho a la deducción completa de 1.400 euros.
Esta deducción se aplica en el apartado de deducciones autonómicas de Cantabria, dentro de las Casillas 946 a 956 de tu declaración de la renta. Asegúrate de que todos los datos son correctos y de que cumples con las condiciones.
En TaxDown, hacemos que tu declaración de la renta sea fácil y sin complicaciones. Te ayudamos a aplicar todas las deducciones disponibles y maximizamos tu ahorro.
Sí, siempre que el niño esté registrado como conviviente en esa fecha.
El importe se dividirá en partes iguales entre ambos.
No, es imprescindible que tus ingresos sean inferiores a 31.485 euros para poder beneficiarte.
¿Tienes más dudas?¿Listo para aprovechar esta deducción? En TaxDown, te guiamos paso a paso para que no se te escape ningún beneficio. Haz tu declaración con nosotros.
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