Deducción en Cantabria por inversiones y donaciones a entidades de Economía Social

Descubre cómo deducir hasta 3.000€ por apoyar a cooperativas y entidades sociales en Cantabria. Te explicamos los requisitos clave.

Actualizado en:
10/6/2026
Resumiendo:
Inversiones y donaciones a cooperativas, mutualidades y entidades de Economía Social en Cantabria te permiten deducir entre el 20% y 50%, con un máximo de 3.000€. Debes mantener la participación 5 años y no superar el 40% del capital.

Si has hecho inversiones o donaciones a cooperativas, mutualidades, fundaciones o asociaciones de la Economía Social en Cantabria, puedes aprovechar esta deducción. El objetivo es promover el apoyo financiero a estas organizaciones, reconociendo su papel en el desarrollo social y económico de la región.

Contenidos:

¿Cuánto puedes deducir?

  • 20% de las inversiones realizadas para convertirte en socio de estas entidades.
  • 50% de las donaciones para el desarrollo de nuevas actividades económicas o el fortalecimiento de las existentes.
  • 25% de las donaciones destinadas al fomento y difusión de la Economía Social.
  • El importe máximo conjunto de estas deducciones es de 3.000 euros, tanto en declaración individual como conjunta. Así lo recoge la Agencia Tributaria.

Condiciones para aplicar la deducción

  1. Participación limitada: No puedes tener más del 40% del capital de la entidad en la que inviertas o a la que dones, computando la participación junto con la del cónyuge y parientes hasta el tercer grado, según la Agencia Tributaria.
  2. Entidad de Economía Social: La entidad debe:
    • Pertenecer a la Economía Social y estar inscrita en los registros pertinentes.
    • Tener su domicilio social y fiscal en Cantabria.
    • Contar con al menos una persona empleada con contrato laboral.
  3. Duración:
    • La participación debe mantenerse durante cinco años.
    • Los requisitos de la entidad deben cumplirse durante al menos tres años, mientras que la participación de la inversión se mantiene cinco años, tal y como detalla la Agencia Tributaria.
  4. Formalización y acreditación:
    • Las operaciones deben estar recogidas en escritura pública.
    • Las donaciones deben realizarse mediante tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en cuenta (nunca en efectivo), según la Agencia Tributaria.
    • La entidad debe emitir un certificado que acredite la donación y su valor.

Importante: Esta deducción es incompatible con otras, como la de «Por donativos a fundaciones o al Fondo Cantabria Coopera» y «Por inversión en acciones de nuevas entidades».

Documentación necesaria

  • Escritura pública: Para formalizar la inversión o donación.
  • Certificado de la entidad: Que confirme la efectividad de la donación y la inscripción en los registros de la Economía Social.
  • Justificantes de pago: Que acrediten que la donación no se ha realizado en efectivo.

Guarda toda esta documentación para justificar la deducción ante la Agencia Tributaria si es necesario.

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*El costo del servicio varía según el monto a devolver. Puede ser gratuito, un 25% del saldo o una tarifa fija. El cobro nunca excederá los $999. El costo del servicio se cobrará del monto recuperado.

**Se incluyen hasta 3 declaraciones automáticas. La FED es un trámite distinto y puede requerir otros documentos.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto dinero me puedo desgravar por invertir en una cooperativa de Cantabria?
La deducción autonómica permite deducir el 20% de la cantidad aportada para adquirir la condición de socio en una entidad de Economía Social inscrita en Cantabria. El límite máximo conjunto de todas las deducciones por inversión y donación a estas entidades es de 3.000 €, tanto en declaración individual como en declaración conjunta.
¿Qué porcentaje me puedo deducir si hago una donación?
Depende del destino de la donación. Si se destina a desarrollar nuevas actividades económicas o a reforzar las existentes en la entidad, el porcentaje de deducción es del 50%. Si la donación se dirige a fomentar y difundir la Economía Social en general, el porcentaje es del 25%. El tope conjunto sigue siendo 3.000 € anuales.
¿Puedo aplicar esta deducción si tengo más del 40% de la entidad?
No. La participación del contribuyente en el capital social o en los derechos de voto de la entidad no puede superar el 40% en ningún momento del ejercicio. Si tu porcentaje de participación es mayor, la deducción autonómica no procede, ya que la norma busca atraer a inversores y donantes ajenos al núcleo de control de la entidad.
¿Qué requisitos debe cumplir la entidad para que yo pueda deducirme?
La entidad debe pertenecer a la Economía Social y estar inscrita en los registros oficiales correspondientes, tener su domicilio social y fiscal en Cantabria y contar con al menos una persona empleada con contrato laboral. Estos requisitos deben mantenerse durante un mínimo de tres años desde la inversión o donación para conservar el derecho a la deducción aplicada.

Cómo aplicar la deducción

Incluye esta deducción en las Casillas 946 a 956 del apartado de deducciones autonómicas de Cantabria en tu declaración de la renta. Verifica que todos los documentos estén en regla y que los datos sean correctos.

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