Si has comprado acciones de empresas en expansión dentro del Mercado Alternativo Bursátil (MAB) de Madrid, puedes beneficiarte de una deducción del 20% en la renta, con un límite de 10.310 €.
La reclamación económico-administrativa es un procedimiento gratuito para impugnar decisiones de Hacienda cuando crees que se han equivocado. Tienes 1 mes desde la notificación para presentarla, no necesitas abogado y la resuelve un tribunal independiente. Debes explicar claramente tu caso, aportar pruebas y ser específico en lo que pides. Aunque debería resolverse en 1 año, suele tardar más. Si te deniegan la reclamación, puedes seguir reclamando por otras vías. Es tu derecho como contribuyente y puede ahorrarte mucho dinero.
Si cumples los requisitos, puedes pagar menos impuestos en tu declaración.
Para beneficiarte de esta ayuda, debes cumplir estas reglas:
Resolvemos las dudas más comunes sobre cómo beneficiarte de esta deducción fiscal si has invertido en empresas del Mercado Alternativo Bursátil.
El MAB es un mercado de valores español diseñado para empresas de pequeño y mediano tamaño en fase de crecimiento. Si inviertes en acciones de estas empresas cotizadas en el MAB y tienen su sede en Madrid, puedes deducirte el 20% de tu inversión en la declaración de la renta, con un límite máximo de 10.310 € al año.
No, debes mantener las acciones al menos durante 2 años completos para poder aplicar la deducción. Si las vendes antes de ese plazo, perderás el derecho a beneficiarte de esta ventaja fiscal, incluso si ya la habías aplicado en declaraciones anteriores.
No, estas dos deducciones son incompatibles entre sí. Tendrás que elegir una u otra, pero no podrás beneficiarte de ambas al mismo tiempo. Analiza cuál te resulta más ventajosa según tu situación particular.
Si en algún momento durante los 2 años siguientes a la inversión tu participación supera el 10% del capital social de la empresa, perderás automáticamente el derecho a la deducción. Es importante controlar este porcentaje durante todo el periodo obligatorio.
Debes conservar el justificante de compra de las acciones (contrato o extracto de inversión), un certificado de la empresa que acredite su domicilio fiscal en Madrid y que no se dedica a gestionar patrimonio inmobiliario o mobiliario, y tu declaración de la renta para verificar que cumples todos los requisitos.
Esta deducción se incluye en el apartado de deducciones autonómicas de la Comunidad de Madrid, concretamente en las casillas 1039 a 1051 de tu declaración. Asegúrate de rellenar correctamente estos campos y de tener toda la documentación justificativa disponible por si Hacienda te la solicita.
Sí, es fundamental que la empresa mantenga tanto su sede social como su domicilio fiscal en la Comunidad de Madrid durante los 2 años posteriores a tu inversión. Si la empresa traslada su sede fuera de Madrid en ese periodo, perderías el derecho a la deducción.
No, solo puedes beneficiarte de esta deducción si adquieres las acciones mediante ampliaciones de capital u ofertas públicas de venta. Las compras de acciones en el mercado secundario (de otros inversores) no dan derecho a esta ventaja fiscal.
Puedes aplicar esta deducción en el apartado de deducciones autonómicas de Madrid, dentro de las Casillas 1039 – 1051 de tu declaración de la renta. Verifica que todos los datos sean correctos y que la documentación esté actualizada.
En TaxDown, hacemos que todo el proceso sea más fácil. Nos encargamos de que no se te escape ninguna deducción y de que tu declaración se gestione sin errores, maximizando tu ahorro.
No, debes mantenerlas al menos 2 años para beneficiarte de la deducción.
No, estas dos deducciones son incompatibles.
Si en algún momento durante los 2 años siguientes superas ese porcentaje, pierdes la deducción.
¿Tienes más dudas?Si has invertido en empresas del Mercado Alternativo Bursátil y cumples los requisitos, aprovecha esta deducción y paga menos impuestos. En TaxDown nos aseguramos de que apliques todas las ventajas fiscales posibles y consigas el máximo ahorro.
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