Deducción del 20 % de la inversión en acciones o participaciones por constitución o ampliación de capital de SA, SL, SAL, SLL o cooperativas con domicilio en CLM. Máximo: 4.000 €/año. Participación máxima: 40 % del capital. Mantener 3 años. No ejercer funciones directivas. Incompatible con la deducción por inversión en economía social (misma inversión).
La reclamación económico-administrativa es un procedimiento gratuito para impugnar decisiones de Hacienda cuando crees que se han equivocado. Tienes 1 mes desde la notificación para presentarla, no necesitas abogado y la resuelve un tribunal independiente. Debes explicar claramente tu caso, aportar pruebas y ser específico en lo que pides. Aunque debería resolverse en 1 año, suele tardar más. Si te deniegan la reclamación, puedes seguir reclamando por otras vías. Es tu derecho como contribuyente y puede ahorrarte mucho dinero.
¿Has invertido en la constitución o ampliación de capital de una empresa en Castilla-La Mancha? Entonces puedes aplicar la deducción por inversión en acciones y participaciones de sociedades mercantiles en tu declaración de la renta y recuperar el 20 % de lo invertido, con un límite de 4.000 euros anuales. Es una deducción pensada para impulsar el tejido empresarial de la región. Hoy te explicamos cómo funciona y qué necesitas para aplicarla.
La deducción es del 20 % de las cantidades invertidas durante el ejercicio en la adquisición de acciones o participaciones sociales como consecuencia de:
Las sociedades deben ser de estos tipos: Sociedad Anónima (SA), Sociedad de Responsabilidad Limitada (SL), Sociedad Anónima Laboral (SAL), Sociedad de Responsabilidad Limitada Laboral (SLL) o Sociedad Cooperativa.
El límite máximo es de 4.000 € anuales por contribuyente.
💡 Para que te hagas una idea: si inviertes 20.000 € en la constitución de una SL con domicilio en Toledo, el 20 % serían 4.000 €, que es exactamente el tope. Si inviertes 10.000 €, te deducirías 2.000 €. Una deducción muy potente para quienes apuestan por el emprendimiento en CLM.
Para verlo con un ejemplo práctico: imagina que Laura invierte 15.000 € en la constitución de una SL en Albacete dedicada al turismo rural. La sociedad tiene su domicilio social y fiscal en CLM, contrata a una persona a jornada completa y Laura posee el 30 % del capital. El 20 % de 15.000 son 3.000 €. Como no supera el límite de 4.000 €, Laura se deducirá 3.000 € en su declaración.
Otro caso: Miguel invierte 5.000 € en una ampliación de capital de una SAL en Ciudad Real que fue constituida hace 2 años. La empresa incrementa su plantilla media en al menos una persona durante los dos ejercicios siguientes. El 20 % de 5.000 son 1.000 € de deducción.
Un caso que no aplica: Carlos invierte en una SL cuya actividad principal es la gestión de inmuebles de alquiler (patrimonio inmobiliario). Como la sociedad no desarrolla una actividad económica real (es una sociedad patrimonial), Carlos no puede aplicar la deducción.
Los requisitos son numerosos y hay que cumplirlos todos:
Si inviertes en la constitución de la sociedad:
Si inviertes en una ampliación de capital:
Las operaciones deben constar en escritura pública que identifique a los inversores y el importe de cada inversión.
Esta deducción es incompatible con la deducción por inversión en entidades de economía social para las mismas inversiones. Si una misma inversión cumple los requisitos de ambas, tendrás que elegir una.
🎯 Consejo TaxDown: el requisito de no ejercer funciones de dirección durante 3 años es clave y a menudo pasa desapercibido. Si inviertes en una empresa y al mismo tiempo eres administrador o director, pierdes la deducción. Planifícalo bien antes de invertir.
Para aplicar esta deducción necesitarás:
Sigue estos pasos:
💰 4.000 € de deducción máxima: para conseguirla necesitas invertir al menos 20.000 €. Es una de las deducciones con mayor cuantía de Castilla-La Mancha y está pensada para fomentar la inversión en el tejido empresarial de la región.
No. Durante el plazo mínimo de 3 años desde la constitución o ampliación, no puedes ejercer funciones ejecutivas ni de dirección en la entidad. Si eres administrador, consejero delegado o director general, pierdes el derecho a la deducción.
Pierdes la deducción y debes devolver las cantidades deducidas en la cuota íntegra autonómica del ejercicio en que se produzca la venta, más los intereses de demora. El plazo de 3 años es imprescindible.
Son incompatibles para las mismas inversiones. Si una inversión cumple los requisitos de ambas deducciones, debes elegir una. Pero si haces inversiones diferentes (una en una SL y otra en una cooperativa), podrías aplicar cada deducción a su inversión correspondiente.
Si inviertes en la constitución o ampliación de capital de sociedades mercantiles con domicilio en Castilla-La Mancha, puedes deducirte hasta 4.000 € anuales (el 20 % de lo invertido). Es una deducción potente para quienes apuestan por el emprendimiento y la creación de empleo en la región.
En TaxDown nos encargamos de que apliques todas las deducciones a las que tienes derecho. Nuestro sistema verifica los requisitos y calcula la deducción automáticamente.
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