Deducción del 20 % de las aportaciones para ser socio de entidades de economía social (cooperativas, sociedades laborales, mutualidades, etc.) con domicilio en CLM. Límite: 4.000 € anuales. Participación máxima: 40 %. Mantener al menos 5 años. Entidad con mínimo 1 empleado. Incompatible con la deducción por inversión en sociedades mercantiles (misma inversión).
La reclamación económico-administrativa es un procedimiento gratuito para impugnar decisiones de Hacienda cuando crees que se han equivocado. Tienes 1 mes desde la notificación para presentarla, no necesitas abogado y la resuelve un tribunal independiente. Debes explicar claramente tu caso, aportar pruebas y ser específico en lo que pides. Aunque debería resolverse en 1 año, suele tardar más. Si te deniegan la reclamación, puedes seguir reclamando por otras vías. Es tu derecho como contribuyente y puede ahorrarte mucho dinero.
¿Has invertido para ser socio de una cooperativa, una sociedad laboral u otra entidad de la economía social en Castilla-La Mancha? Entonces puedes aplicar la deducción por inversión en entidades de la economía social en tu declaración de la renta y recuperar el 20 % de lo aportado, con un límite de 4.000 euros. Es una deducción que premia el apoyo a un modelo empresarial basado en las personas y la participación. Hoy te lo explicamos todo.
La deducción es del 20 % de las cantidades invertidas durante 2025 como aportaciones realizadas con la finalidad de ser socio en entidades de economía social.
El límite máximo es de 4.000 € anuales por contribuyente. Si inviertes 20.000 € o más, ya alcanzas el tope.
💡 ¿Qué es la economía social? Según la Ley 5/2011, la economía social agrupa a entidades que priorizan a las personas sobre el capital, con gestión democrática y participativa. Incluye cooperativas, sociedades laborales, mutualidades, centros especiales de empleo, empresas de inserción, cofradías de pescadores, asociaciones y fundaciones vinculadas a la economía social. Son empresas que reinvierten sus beneficios en las personas y en la comunidad.
Para verlo con un ejemplo práctico: imagina que Carmen aporta 8.000 € para hacerse socia de una cooperativa agrícola en Toledo que cumple todos los requisitos. El 20 % de 8.000 son 1.600 € de deducción. Carmen deberá mantener su aportación al menos 5 años.
Otro caso: Javier invierte 25.000 € como socio fundador de una sociedad laboral en Albacete. El 20 % de 25.000 serían 5.000 €, pero como el límite es de 4.000 €, Javier se deducirá 4.000 €.
Un caso especial: Marta invierte en una cooperativa que también podría cumplir los requisitos de la deducción por inversión en sociedades mercantiles (la nº 24). Ambas deducciones son incompatibles para la misma inversión, así que Marta deberá comparar cuál le conviene más. Una diferencia clave: esta deducción exige mantener la inversión 5 años (frente a los 3 de la de sociedades mercantiles), pero no prohíbe ejercer funciones directivas.
Los requisitos deben cumplirse todos:
Este es un punto diferenciador respecto a la deducción por inversión en sociedades mercantiles. Aquí el plazo mínimo es de 5 años (no 3), y se aplica tanto a tu aportación como a los requisitos de la entidad:
A diferencia de la deducción por inversión en sociedades mercantiles, esta deducción no prohíbe expresamente ejercer funciones ejecutivas o de dirección. En las entidades de economía social, la gestión democrática es parte de su esencia, por lo que es habitual que los socios participen en la dirección.
Esta deducción es incompatible con la de inversión en sociedades mercantiles para las mismas inversiones. Si inviertes en una cooperativa que podría cumplir ambas, elige la que más te conviene.
🎯 Consejo TaxDown: la principal diferencia entre ambas deducciones de inversión es el plazo de mantenimiento (5 años aquí vs. 3 en sociedades mercantiles) y la restricción de funciones directivas (solo en sociedades mercantiles). Si quieres participar activamente en la gestión, esta deducción de economía social puede ser más adecuada.
Para aplicar esta deducción necesitarás:
Sigue estos pasos:
💰 Economía social con ventaja fiscal: invertir en cooperativas, sociedades laborales y otras entidades de economía social no solo apoya un modelo empresarial más justo y participativo, sino que te devuelve el 20 % en tu declaración. Todo un incentivo.
Según la Ley 5/2011, forman parte de la economía social las cooperativas, sociedades laborales, mutualidades, centros especiales de empleo, empresas de inserción, cofradías de pescadores y las asociaciones y fundaciones vinculadas a la economía social. Son entidades que priorizan a las personas sobre el capital.
La normativa de economía social establece un compromiso más largo (5 años) para garantizar la estabilidad de la inversión. A cambio, esta deducción no prohíbe ejercer funciones directivas, algo que sí restringe la deducción por sociedades mercantiles.
La norma no lo prohíbe expresamente. A diferencia de la deducción por sociedades mercantiles (que veta funciones ejecutivas), esta deducción no limita tu participación en la gestión de la entidad. En cooperativas y sociedades laborales es habitual que los socios trabajen y participen en la dirección.
Si inviertes para ser socio de una entidad de economía social en Castilla-La Mancha, puedes deducirte hasta 4.000 € en tu declaración de la renta 2025. Es un incentivo que premia un modelo empresarial participativo y con impacto social.
En TaxDown nos encargamos de que apliques todas las deducciones a las que tienes derecho. Nuestro sistema identifica automáticamente las deducciones por inversiones y verifica los requisitos por ti.
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