La declaración de la renta sale a pagar principalmente por una retención de IRPF incorrecta en tu nómina, no incluir ingresos como IMV o ERTE, o no aplicar deducciones. Puedes mejorar el resultado invirtiendo en planes de pensiones o aprovechando deducciones por vivienda, donativos o maternidad.
Nos encontramos en plena época de presentar… ¡Nuestras declaraciones de la renta! Uff… ¡Ya estás temiendo el resultado! ¡Y no es para más! ¡Hacienda nos puede meter un sablazo de los gordos!
O espera… ¿Estás aquí porque ya te lo han metido? Madre mía, amigo… ¡Qué mala suerte tuviste! Seguro que por tu cabecita está dando vueltas la cuestión: ¿por qué me sale a pagar en la declaración de la renta? ¡Normal! No es plato de buen gusto un resultado positivo en nuestras declaraciones… ¡Es dinero que se te escapa del bolsillo! Pero… ¿Por qué motivo? Te sorprendería la cantidad de causas que puede tener un resultado “a pagar” en nuestras declaraciones de la renta.
En TaxDown, velamos por el cumplimiento correcto de tus obligaciones fiscales, preocupándonos al máximo por tu tranquilidad fiscal. Ah, ¡y también buscamos proporcionarte el máximo ahorro! Así, decidimos elaborar este artículo, donde podrás conocer los motivos por los que tu renta te sale “a pagar”. A su vez, incorporamos un apartado con las pautas para mejorar el resultado de tu declaración.
Interesante, ¿no? ¡Pues vamos allá!
Lo primero que debes considerar es que el Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas (IRPF) afecta a diferentes tipos de ingresos, como los ingresos del trabajo (salarios y sueldos), los ingresos de capital (intereses, dividendos y alquileres), los ingresos de actividades económicas (beneficios de negocios o actividades profesionales) y las ganancias o pérdidas de bienes personales (ventas de propiedades o inversiones). Así, tu declaración de la renta se encarga de recoger todos los ingresos y gastos que hayas tenido durante el último año fiscal.
Lo más común es que un resultado positivo o “a pagar” en tu declaración de la renta se deba a que no se han aplicado las tarifas de IRPF que te corresponden en tu nómina. Nos explicamos mejor: cada vez que recibes tu nómina laboral, entregas un porcentaje determinado de IRPF sobre la misma, de manera que, poco a poco, la Agencia Tributaria se va a asegurando de que cumples con tus obligaciones tributarias.
Pero, ¿qué ocurre si no se utiliza el porcentaje correcto de IRPF en tu salario? ¡Pues vienen los sustos al presentar tu declaración de IRPF! Al obtener un resultado positivo (recuerda que positivo es: “¡a pagar!”, somos pesados para que lo memorices bien), tendrás que pagar toooodo lo que debes. Menudo mal trago, ¿eh? ¡Mejor asegúrate de que estás pagando lo que te corresponde mes a mes!
Pero espérate, ¡qué aún no hemos terminado! Sí, amigo, ¡aún hay más motivos por los que tu resultado puede ser “a pagar”! Lo explicaremos en los siguientes puntos:
¡Cómo lo lees! Un motivo simple por el que el resultado sale “a pagar” sucede cuando rellenas tu declaración de la renta demasiado rápido. Al completar algo tan complejo con prisas, es normal que pases por alto ciertas deducciones a las que tienes derecho o coloques alguna cifra incorrectamente. Por ello, ¡no te olvides de revisar y revisar y volver a revisar antes de enviarla!
¡Ni tampoco te dejes una tarea tan importante como la presentación de tu declaración de IRPF para el último momento! El plazo para presentarla este 2026 es hasta el 30 de junio (o hasta el 25 de junio si el resultado es a pagar y domicilias el importe en cuenta), tal y como recoge la Agencia Tributaria, ¡pero cuanto antes esté lista, mejor! A través de nuestra plataforma es sencillo: solo tienes que responder a algunas preguntas y ¡voilá! Tendrás tu declaración hecha en poquísimo tiempo, ¡y con el mejor resultado posible! ¿A qué estás esperando? Nos tienes a un clic.
Si has sido beneficiario del Ingreso Mínimo Vital (IMV), estás obligado a incluirlo en tu declaración de IRPF, incluso cuando esta renta esté exenta de tributar. ¡Y no eres el único que debe hacerlo! La obligación afecta a la persona titular y a todos los integrantes de la unidad de convivencia durante el tiempo en que se haya percibido la prestación, con independencia de sus ingresos.
Por otro lado, si has sido beneficiario de los ERTE, el SEPE funcionará como un segundo pagador, lo que significa que, si el SEPE te ha entregado más de 1.500 euros y tus ingresos superan los 15.876 euros brutos anuales, ¡deberás presentar tu declaración de la renta! Son los umbrales que fija la Agencia Tributaria cuando existe más de un pagador. ¡Recuérdalo y quítate sustos de encima!
En caso de que seas autónomo, no debes olvidarte de agregar la cantidad de dinero recibida por el cese de actividad en tu declaración de IRPF. ¡Cuenta como un rendimiento del trabajo! Y como tal, ¡debe pagar impuestos de IRPF!
¡Otros ingresos que la Agencia Tributaria considera rendimientos del trabajo! Cuánto más dinero retires, más tendrás que pagar. Es decir, tendrás que incluirlo en tu declaración de la renta y hacer frente a una tarifa mínima del 19% y máxima del 47%.
¡Este es el peor error de todos, amigo! ¿Sabes lo laaaaaaarga que es la lista de deducciones establecidas por la Agencia Tributaria? Por un lado, están las deducciones extendidas en todo el territorio español y, por el otro lado, las que se establecen en cada Comunidad Autónoma.
Deducción por adquisición de vivienda habitual, deducción por alquiler de vivienda habitual, deducción por donativos, deducción por maternidad, deducción por familia numerosa… ¡Y muchíísimas más! Es elemental que te mantengas informado de las novedades, para que así puedas aplicar en tu declaración de IRPF todas las deducciones que te correspondan.
Madre mía, madre mía… ¡Cuántas maneras de meter la pata! Normal que la época de presentar la declaración de la renta, ¡llegue acompañada de sustos! Pero, ¡es hora de que te tomes un respiro! TaxDown nació para simplificar los trámites fiscales, de manera que se conviertan en algo tan sencillo como el juego del parchís. Y es que los impuestos no tienen que traer siempre negatividad… A veces, con una sola deducción que podamos aplicar, ¡nos llegará un jugoso reembolso!
¿Y cuál es la ventaja que podemos ofrecerte? Nada más y nada menos… ¡que el resultado óptimo de tu declaración! Vamos, que nosotros garantizamos el máximo ahorro, ¡a cambio de un precio que no está nada mal!
Después de explicar todo lo malo… ¡Llega un poco de alegría! Sí, amigo. Al igual que hay muchos motivos por los que tu declaración de la renta puede tener un resultado “a pagar”, existen algunos caminos a seguir para mejorar el resultado.
Si te estás haciendo la pregunta: ¿cómo puedo pagar menos en la declaración de la renta?, ¡has llegado al lugar indicado! No solo vamos a darte las pautas para que tengas que debas menos dinero, sino que, además, si tienes un poquito de suerte, ¡puede que tu resultado salga “a devolver”!
Venga, vamos con las pautas:
Contribuir en un plan de pensiones te aportará numerosas ventajas, entre las que se incluye la reducción de la base imponible, motivo por el que pagarás menos impuestos de IRPF. No obstante, existe un “pero”… ¡Para variar! El límite máximo de la aportación con derecho a deducción es de 1.500 € anuales. ¡No olvides vigilar los números!
Si la aportación la efectúa una empresa, la cantidad de dinero puede alcanzar los 8.500 €, con el límite conjunto de 10.000 €, según los límites de reducción que publica la Agencia Tributaria. En cuanto a los autónomos, la cantidad máxima a deducir asciende hasta los 5.750 €.
A su vez, si tu cónyuge no obtiene ingresos o sus ingresos son inferiores a 8.000 € anuales, podrás aportar hasta 1.000 € a su plan de pensiones, lo que te permitirá aprovechar de una reducción adicional en tu base imponible.
Si adquiriste tu vivienda habitual antes de 2013 y, además, pediste un préstamo hipotecario para hacer frente a la compra, podrás deducir las cantidades que pagas año a año por el mencionado préstamo hasta un límite de 9.040 €, base máxima que mantiene el régimen transitorio de la Agencia Tributaria. ¡Nada mal!
¿Estás pensando en invertir en una empresa de nueva creación o constituida en los últimos cinco años (siete si es una empresa emergente)? Si la respuesta es sí, ¡enhorabuena! ¿Cómo qué por qué? Porque podrás deducir en tu declaración de la renta el 50% del dinero que hayas invertido. ¡Otra deducción que no está nada mal! ¡Aunque ve con cuidado! También existe un límite: 100.000 € anuales.
En caso de que adquirieses tu vivienda habitual antes del 1 de enero de 2013 y hayas estado deduciéndola durante los últimos años, ¡podrás aplicar esta deducción! ¡Y esto no es todo! También podrás beneficiarte de deducciones por obras de mejora en la eficiencia energética de tu vivienda.
Si has realizado alguna donación a entidades benéficas (fundaciones, asociaciones y ONG´s), ¡puedes aprovecharte de una deducción en la cuota de IRPF! Gran idea, ¿no? ¡Pero, ojo! Es muy importante saber si la entidad está acogida al régimen de la Ley 49/2002, ya que los porcentajes a aplicar cambian drásticamente.
Si durante el último año fiscal, entregaste dinero a partidos políticos, ¡tendrás derecho a una deducción! En concreto, podrás aplicarte un porcentaje de deducción del 20% de las cuotas de afiliación, ¡con un límite de 600€ anuales! Ay que ver… ¡Cuántos límites sueltos!
¡Quién iba a decirte que soplar la tarta de las 65 velas, traería alguna ventaja fiscal bajo la manga! En particular, no tendrás que pagar impuestos por la ganancia patrimonial que obtengas por la venta de cualquier componente patrimonial (inmuebles, acciones, derecho), ¡siempre y cuando! el dinero que consigas lo reinviertas en la creación de una renta vitalicia para ti en un plazo inferior a seis meses. Y para variar… ¡Hay límite! En este caso, la cantidad máxima es de 240.000 €, según la exención por reinversión que regula la Agencia Tributaria.
En caso de que vendas tu vivienda habitual, no tendrás que proceder con la mencionada reinversión: simplemente, no pagarás impuestos por dicha ganancia.
Sufrir pérdidas patrimoniales no es plato de buen gusto… Pero, al menos, permite que sean compensadas con las ganancias patrimoniales durante los cuatro años siguientes.
Si todo esto que acabamos de contarte te parece un marrón (de los grandes) y lo único que deseas es reducir al máximo el resultado de tu declaración de la renta, ¿a qué estás esperando para contactar con nosotros?
Con Taxdown, ¡te olvidas de revisar una a una cada deducción fiscal! ¡Al igual que te olvidas de las preocupaciones de que tu declaración no esté correcta! Déjanos explicártelo mejor: contamos con un equipo de expertos fiscales cuya preocupación es garantizar tu máximo ahorro. ¡Un resultado “a devolver” es una victoria también para nosotros!
¿Qué más tenemos que decir para convencerte? Te estamos esperando ;).
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