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Cómo tributa la nuda propiedad en la declaración de la renta 2024 / 2025

Te contamos cómo declarar tu nuda propiedad en la renta de forma sencilla y qué impuestos debes tener en cuenta.

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Resumiendo, que es gerundio

La nuda propiedad se declara en la renta, y si tienes más de 65 años, podrías estar exento de tributar al vender tu vivienda habitual. También considera otros impuestos, como el Impuesto de Sucesiones en herencias, que varía por región.

Si te preguntas si la nuda propiedad se declara en la renta, la respuesta es que sí, pero hay algunas particularidades. La nuda propiedad implica que eres propietario del bien, pero no tienes derecho a disfrutar de él, ya que ese derecho pertenece al usufructuario. Veamos cómo afecta esto a tu declaración de IRPF ¡A ver qué tal!

¿Hay que declarar la nuda propiedad en el IRPF?

Primero hablemos de qué es una nuda propiedad. Es cuando alguien es dueño de un bien (como una casa) pero no puede usarlo ni vivir en él, porque ese derecho lo tiene otra persona, llamada usufructuario. Básicamente, el nudo propietario es el dueño legal, pero no puede disfrutar del bien hasta que termine el usufructo.

La nuda propiedad tributa en la renta, pero el tratamiento fiscal es diferente al de una propiedad completa. Si tienes la nuda propiedad de un inmueble, no te corresponde declarar la imputación de rentas inmobiliarias (porque eso lo hace el usufructuario), pero deberás tener en cuenta las posibles ganancias patrimoniales si vendes tu parte.

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Pero, ¿quién lo declara?

El usufructuario (esta palabra tan rara significa: la persona que tiene el derecho de usar y disfrutar un bien que no le pertenece, mientras el propietario conserva la titularidad) es quien debe declarar los ingresos que genere la propiedad, como el alquiler o la imputación de rentas, si el bien está desocupado. El nudo propietario solo declara cuando se genera una ganancia patrimonial, como en el caso de la venta de la nuda propiedad.

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Cómo debes declararlo en tu declaración

Si decides vender la nuda propiedad, el tratamiento es similar al de cualquier otra venta de inmueble, es decir, debes declarar la ganancia patrimonial en tu IRPF. Esta ganancia se calcula restando el valor de adquisición al precio de venta, teniendo en cuenta el valor actual del usufructo.

¿Y si tienes más de 65 años?

Si el nudo propietario tiene más de 65 años y vende la nuda propiedad de su vivienda habitual, puedes librarse de pagar impuestos por la ganancia. Sin embargo, esta exención solo aplica bajo ciertas condiciones, como que sea la vivienda donde ha residido de manera habitual.

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Los impuestos que debes tener en cuenta

Al vender la nuda propiedad, es importante considerar varios impuestos que pueden afectar la operación, más allá del IRPF. Por ejemplo:

El impuesto de sucesiones

En caso de transmisión de la nuda propiedad por herencia, el Impuesto de Sucesiones juega un papel clave. Dependiendo de la Comunidad Autónoma, la carga fiscal puede variar. Es importante estar informado sobre las leyes locales y, si es necesario, buscar asesoramiento especializado.

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