¿Te parece difícil calcular tus ganancias y pérdidas patrimoniales? No te preocupes, que no hace falta ser economista para entenderlo. Con nuestra calculadora, puedes descubrir en un plis si tus inversiones, ventas o movimientos financieros te han dejado en números verdes o rojos. ¡Menos líos y más claridad para tu próxima declaración de la renta!
La fórmula es simple: al valor de venta le restas el valor de compra, sumando los gastos e impuestos asociados. Por ejemplo, si vendes unas acciones por 5.000 euros que compraste por 4.000 euros, con gastos de 100 euros, la ganancia sería de 900 euros (5.000 – 4.000 – 100). Este resultado es lo que tendrás que incluir en tu declaración de la renta.
Ejemplo práctico
Imagina que en 2024 has tenido:
Paso 1: Compensa las pérdidas de fondos con las ganancias de acciones. Resultado: 3.000 – 1.200 = 1.800 euros de ganancia patrimonial.
Paso 2: No hay pérdidas en rendimientos del capital mobiliario, así que no hay nada que compensar aquí.
Paso 3: Sumas las ganancias: 1.800 euros (acciones – fondos) + 500 euros (intereses) = 2.300 euros de base imponible del ahorro.

Sí, puedes compensar pérdidas de los cuatro años anteriores. Por ejemplo, en la declaración de 2025, podrías compensar pérdidas de 2021 a 2024. Así lo recoge la Agencia Tributaria en las reglas de integración y compensación de la base imponible del ahorro.
Sí, el límite es del 25% del saldo positivo de la otra categoría, según las reglas de integración y compensación de la base imponible del ahorro de la Agencia Tributaria.
Cuidado con la «norma antiaplicación de los dos meses». Si vendes acciones con pérdidas y las recompras en los dos meses siguientes, Hacienda puede impedir que compenses esas pérdidas.
Aquí viene la pregunta del millón (nunca mejor dicho). Las ganancias patrimoniales no tributan todas al mismo porcentaje: se aplican tramos progresivos dentro de la base imponible del ahorro. Esto significa que cuanto más ganes, mayor será el tipo que se aplique, pero solo a la parte que supere cada escalón.
Desde el ejercicio 2025 (que se declara en 2026), la Ley 7/2024 introdujo un cambio importante: el último tramo sube del 28 % al 30 % para ganancias que superen los 300.000 €, tal y como confirma la Agencia Tributaria. Así quedan los tramos actualizados:
| Base liquidable del ahorro | Tipo impositivo |
|---|---|
| Hasta 6.000 € | 19 % |
| De 6.000 € a 50.000 € | 21 % |
| De 50.000 € a 200.000 € | 23 % |
| De 200.000 € a 300.000 € | 27 % |
| Más de 300.000 € | 30 % |
Ojo, estos tramos son progresivos, no se aplica un único porcentaje a toda la ganancia. Te lo explicamos con un ejemplo:
📌 Ejemplo práctico: Imagina que en 2025 has vendido acciones y has obtenido una ganancia patrimonial neta de 60.000 €. No pagarás el 23 % sobre los 60.000 €, sino que Hacienda aplica cada tramo por separado: los primeros 6.000 € al 19 % (1.140 €), los siguientes 44.000 € al 21 % (9.240 €) y los últimos 10.000 € al 23 % (2.300 €). Total: 12.680 €, lo que equivale a un tipo medio efectivo del 21,13 %.
Recuerda que dentro de la base del ahorro no solo entran las ganancias por vender acciones o fondos. También se incluyen los dividendos, intereses de cuentas bancarias, rendimientos de depósitos y otros productos financieros. Todo se suma y se aplican los mismos tramos.
📌 Un dato importante que mucha gente desconoce: las ganancias patrimoniales que no provienen de una transmisión (por ejemplo, un premio o una subvención) no van a la base del ahorro, sino a la base imponible general, donde los tipos son más altos (hasta el 47 % o más dependiendo de tu comunidad autónoma). Así que no es lo mismo vender unas acciones con beneficio que cobrar un premio de un concurso.
Declarar inversiones no es tan complicado como parece, pero hay trampas habituales en las que caen muchos contribuyentes. Aquí te dejamos las más frecuentes para que no te pille Hacienda desprevenida:
1. No aplicar correctamente el método FIFO
Cuando vendes acciones de una empresa que has comprado en distintos momentos y a distintos precios, Hacienda obliga a usar el método FIFO (del inglés First In, First Out), que significa que las primeras acciones que compraste son las primeras que se consideran vendidas. La Agencia Tributaria aclara que, cuando existan valores homogéneos, los transmitidos son los adquiridos en primer lugar. Muchos inversores calculan la ganancia usando el precio medio de compra, y eso puede generar diferencias con lo que espera la Agencia Tributaria.
⚠️ Ejemplo: Compraste 100 acciones de Inditex a 25 € en enero y otras 100 a 30 € en marzo. En noviembre vendes 100 acciones a 35 €. Con FIFO, la ganancia es de 35 − 25 = 10 € por acción (1.000 € en total), no de 35 − 27,50 = 7,50 € que te saldría con el precio medio.
2. Olvidarte de la regla antiaplicación de los dos meses
Si vendes acciones con pérdidas y recompras valores homogéneos (las mismas acciones u otras esencialmente iguales) dentro de los dos meses anteriores o posteriores a la venta, Hacienda no te permite compensar esas pérdidas. Esto se conoce como la regla antiaplicación y pilla por sorpresa a muchos inversores que intentan "limpiar" pérdidas a final de año. Según la Agencia Tributaria el plazo se amplía a un año cuando se trata de valores no admitidos a negociación en mercados secundarios oficiales.
3. No incluir los gastos asociados a la operación
Las comisiones del bróker, los cánones de bolsa y los gastos de custodia vinculados a la compra y la venta se pueden restar al calcular la ganancia patrimonial. Mucha gente se olvida de incluirlos y acaba pagando impuestos de más. Cada euro cuenta, sobre todo si operas con frecuencia.
4. Ignorar las operaciones en divisa extranjera
Si inviertes en acciones de empresas americanas o en ETFs cotizados en dólares, tienes que tener en cuenta el tipo de cambio tanto en el momento de la compra como en el de la venta. Una operación puede parecer rentable en dólares pero generar una pérdida en euros (o viceversa) por la fluctuación del tipo de cambio. El resultado fiscal siempre se calcula en euros.
5. Confiar ciegamente en el borrador de Hacienda
El borrador de la declaración de la renta no siempre incluye todas tus operaciones, especialmente si usas brókers internacionales como Trade Republic, DEGIRO, Interactive Brokers o Trading 212. Aunque estas plataformas cada vez reportan más datos a la Agencia Tributaria, la responsabilidad final es tuya. Revisa siempre el informe fiscal de tu bróker y contrástalo con los datos que aparecen en el borrador.
Calcular ganancias y pérdidas patrimoniales puede parecer un lío, pero lo que de verdad importa es no pagar ni un euro de más. Compensar pérdidas correctamente, aplicar bien los tramos del ahorro y no dejarte ningún gasto deducible por el camino puede suponer un ahorro de cientos (o miles) de euros en tu declaración de la renta.
En TaxDown nos encargamos de revisar todas tus operaciones, cruzar los datos de tu bróker y asegurarnos de que cada cifra está donde tiene que estar. Nuestro equipo de asesores fiscales conoce al dedillo la normativa para inversores y te ayuda a optimizar tu resultado sin complicaciones.
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Marta Rayaces es asesora fiscal especializada en tributación de inversiones en TaxDown. Experta en optimización fiscal para inversores, ayuda a particulares a maximizar la rentabilidad de sus carteras minimizando la carga tributaria de forma legal y estratégica. Con profundo conocimiento en fiscalidad de acciones, fondos de inversión, ETFs, dividendos y plusvalías, Marta guía a los inversores en la correcta declaración de sus rendimientos del capital mobiliario y ganancias patrimoniales. Desde TaxDown, hace la fiscalidad de las inversiones más comprensible y accesible para todos.