Calculadora de ganancias patrimoniales

¿Te parece difícil calcular tus ganancias y pérdidas patrimoniales? No te preocupes

Actualizado en:
27/2/2026

¿Te parece difícil calcular tus ganancias y pérdidas patrimoniales? No te preocupes, que no hace falta ser economista para entenderlo. Con nuestra calculadora, puedes descubrir en un plis si tus inversiones, ventas o movimientos financieros te han dejado en números verdes o rojos. ¡Menos líos y más claridad para tu próxima declaración de la renta!

1 Datos para el cálculo

2 Resultados

  • IRPF a pagar: -
  • Compensación de pérdidas: -
  • Beneficios después de impuestos: -

⚠️ Los cálculos son orientativos y dependen de la exactitud de los datos que proporciones. Para obtener un análisis completo y exacto, consulta con un asesor fiscal.

Contenidos:

La reclamación económico-administrativa es un procedimiento gratuito para impugnar decisiones de Hacienda cuando crees que se han equivocado. Tienes 1 mes desde la notificación para presentarla, no necesitas abogado y la resuelve un tribunal independiente. Debes explicar claramente tu caso, aportar pruebas y ser específico en lo que pides. Aunque debería resolverse en 1 año, suele tardar más. Si te deniegan la reclamación, puedes seguir reclamando por otras vías. Es tu derecho como contribuyente y puede ahorrarte mucho dinero.

¿Cómo se calcula una ganancia o pérdida patrimonial?

La fórmula es simple: al valor de venta le restas el valor de compra, sumando los gastos e impuestos asociados. Por ejemplo, si vendes unas acciones por 5.000 euros que compraste por 4.000 euros, con gastos de 100 euros, la ganancia sería de 900 euros (5.000 – 4.000 – 100).

¿Cómo compensar pérdidas y ganancias en la renta?

  1. Compensa pérdidas y ganancias de la misma categoría: Las inversiones se dividen en dos grupos:
    • Rendimientos del capital mobiliario: Intereses de cuentas, dividendos, etc.
    • Ganancias y pérdidas patrimoniales: Venta de acciones, fondos de inversión, inmuebles, etc.
    Primero, resta las pérdidas de las ganancias dentro de cada categoría.
  2. Compensación entre categorías: Si después de la compensación anterior aún tienes un saldo negativo en una categoría, puedes compensarlo con el saldo positivo de la otra, pero ojo, con un límite del 25%. Por ejemplo, si tras compensar tus inversiones aún tienes una pérdida de 1.000 euros y has ganado 4.000 euros en intereses de cuentas, puedes restar hasta 1.000 euros (25% de 4.000) de esas ganancias.
  3. Arrastra las pérdidas pendientes: Si después de todo aún te quedan pérdidas sin compensar, puedes guardarlas para los cuatro años siguientes. Así que, si este año no puedes compensarlas todas, no pasa nada, tendrás más oportunidades.

Ejemplo práctico

Imagina que en 2024 has tenido:

  • Ganancias:
    • Venta de acciones: 3.000 euros
    • Intereses de un depósito: 500 euros
  • Pérdidas:
    • Venta de fondos de inversión: 1.200 euros

Paso 1: Compensa las pérdidas de fondos con las ganancias de acciones. Resultado: 3.000 – 1.200 = 1.800 euros de ganancia patrimonial.

Paso 2: No hay pérdidas en rendimientos del capital mobiliario, así que no hay nada que compensar aquí.

Paso 3: Sumas las ganancias: 1.800 euros (acciones – fondos) + 500 euros (intereses) = 2.300 euros de base imponible del ahorro.

¿Puedo compensar pérdidas de años anteriores?

Sí, puedes compensar pérdidas de los cuatro años anteriores. Por ejemplo, en la declaración de 2025, podrías compensar pérdidas de 2021 a 2024.

¿Hay límites para la compensación entre categorías?

Sí, el límite es del 25% del saldo positivo de la otra categoría.

¿Qué pasa si vuelvo a comprar las mismas acciones después de venderlas con pérdidas?

Cuidado con la «norma antiaplicación de los dos meses». Si vendes acciones con pérdidas y las recompras en los dos meses siguientes, Hacienda puede impedir que compenses esas pérdidas.

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**Se incluyen hasta 3 declaraciones automáticas. La FED es un trámite distinto y puede requerir otros documentos.

¿Cuánto se paga a Hacienda por las ganancias patrimoniales en 2026?

Aquí viene la pregunta del millón (nunca mejor dicho). Las ganancias patrimoniales no tributan todas al mismo porcentaje: se aplican tramos progresivos dentro de la base imponible del ahorro. Esto significa que cuanto más ganes, mayor será el tipo que se aplique, pero solo a la parte que supere cada escalón.

Desde el ejercicio 2025 (que se declara en 2026), la Ley 7/2024 introdujo un cambio importante: el último tramo sube del 28 % al 30 % para ganancias que superen los 300.000 €. Así quedan los tramos actualizados:

Base liquidable del ahorro Tipo impositivo
Hasta 6.000 € 19 %
De 6.000 € a 50.000 € 21 %
De 50.000 € a 200.000 € 23 %
De 200.000 € a 300.000 € 27 %
Más de 300.000 € 30 %

Ojo, estos tramos son progresivos, no se aplica un único porcentaje a toda la ganancia. Te lo explicamos con un ejemplo:

📌 Ejemplo práctico: Imagina que en 2025 has vendido acciones y has obtenido una ganancia patrimonial neta de 60.000 €. No pagarás el 23 % sobre los 60.000 €, sino que Hacienda aplica cada tramo por separado: los primeros 6.000 € al 19 % (1.140 €), los siguientes 44.000 € al 21 % (9.240 €) y los últimos 10.000 € al 23 % (2.300 €). Total: 12.680 €, lo que equivale a un tipo medio efectivo del 21,13 %.

Recuerda que dentro de la base del ahorro no solo entran las ganancias por vender acciones o fondos. También se incluyen los dividendos, intereses de cuentas bancarias, rendimientos de depósitos y otros productos financieros. Todo se suma y se aplican los mismos tramos.

📌 Un dato importante que mucha gente desconoce: las ganancias patrimoniales que no provienen de una transmisión (por ejemplo, un premio o una subvención) no van a la base del ahorro, sino a la base imponible general, donde los tipos son más altos (hasta el 47 % o más dependiendo de tu comunidad autónoma). Así que no es lo mismo vender unas acciones con beneficio que cobrar un premio de un concurso.

¿Qué errores debes evitar al declarar tus ganancias y pérdidas patrimoniales?

Declarar inversiones no es tan complicado como parece, pero hay trampas habituales en las que caen muchos contribuyentes. Aquí te dejamos las más frecuentes para que no te pille Hacienda desprevenida:

1. No aplicar correctamente el método FIFO

Cuando vendes acciones de una empresa que has comprado en distintos momentos y a distintos precios, Hacienda obliga a usar el método FIFO (del inglés First In, First Out), que significa que las primeras acciones que compraste son las primeras que se consideran vendidas. Muchos inversores calculan la ganancia usando el precio medio de compra, y eso puede generar diferencias con lo que espera la Agencia Tributaria.

⚠️ Ejemplo: Compraste 100 acciones de Inditex a 25 € en enero y otras 100 a 30 € en marzo. En noviembre vendes 100 acciones a 35 €. Con FIFO, la ganancia es de 35 − 25 = 10 € por acción (1.000 € en total), no de 35 − 27,50 = 7,50 € que te saldría con el precio medio.

2. Olvidarte de la regla antiaplicación de los dos meses

Si vendes acciones con pérdidas y recompras valores homogéneos (las mismas acciones u otras esencialmente iguales) dentro de los dos meses anteriores o posteriores a la venta, Hacienda no te permite compensar esas pérdidas. Esto se conoce como la regla antiaplicación y pilla por sorpresa a muchos inversores que intentan "limpiar" pérdidas a final de año. El plazo se amplía a un año si las acciones cotizan en mercados extranjeros.

3. No incluir los gastos asociados a la operación

Las comisiones del bróker, los cánones de bolsa y los gastos de custodia vinculados a la compra y la venta se pueden restar al calcular la ganancia patrimonial. Mucha gente se olvida de incluirlos y acaba pagando impuestos de más. Cada euro cuenta, sobre todo si operas con frecuencia.

4. Ignorar las operaciones en divisa extranjera

Si inviertes en acciones de empresas americanas o en ETFs cotizados en dólares, tienes que tener en cuenta el tipo de cambio tanto en el momento de la compra como en el de la venta. Una operación puede parecer rentable en dólares pero generar una pérdida en euros (o viceversa) por la fluctuación del tipo de cambio. El resultado fiscal siempre se calcula en euros.

5. Confiar ciegamente en el borrador de Hacienda

El borrador de la declaración de la renta no siempre incluye todas tus operaciones, especialmente si usas brókers internacionales como Trade Republic, DEGIRO, Interactive Brokers o Trading 212. Aunque estas plataformas cada vez reportan más datos a la Agencia Tributaria, la responsabilidad final es tuya. Revisa siempre el informe fiscal de tu bróker y contrástalo con los datos que aparecen en el borrador.

Preguntas frecuentes (nuevas)

¿Tengo que declarar las ganancias patrimoniales si son muy pequeñas?

Sí. No existe un mínimo exento para las ganancias patrimoniales derivadas de transmisiones. Da igual que hayas ganado 50 € o 50.000 €: si has vendido acciones, fondos, criptomonedas o cualquier otro activo con beneficio, debes incluirlo en tu declaración de la renta. Otra cosa es que, al aplicar las deducciones y mínimos personales, el resultado final no implique pagar más impuestos, pero declarar, hay que declarar.

¿Puedo compensar pérdidas de acciones con ganancias por la venta de un piso?

Sí, porque ambas operaciones generan ganancias o pérdidas patrimoniales que se integran en la misma categoría dentro de la base del ahorro. Primero se compensan entre ellas (acciones, fondos, inmuebles, criptos…). Si tras esa compensación te queda un saldo negativo, puedes compensar hasta un 25 % del saldo positivo de los rendimientos del capital mobiliario (dividendos, intereses, etc.). Y si aún te sobran pérdidas, las arrastras hasta cuatro ejercicios siguientes.

¿Cómo afecta la inflación al cálculo de las ganancias patrimoniales?

A diferencia de lo que ocurría antes de 2015, actualmente no existen coeficientes de actualización que corrijan el efecto de la inflación en las ganancias patrimoniales por la venta de inmuebles (se eliminaron con la reforma fiscal de 2015). Es decir, si compraste un piso por 100.000 € hace 20 años y lo vendes por 200.000 €, Hacienda considera que tu ganancia son 100.000 €, sin ajustar por la inflación acumulada. Para acciones y otros activos financieros, nunca han existido estos coeficientes. Sin embargo, sí se mantienen los coeficientes de abatimiento para activos adquiridos antes del 31 de diciembre de 1994, con un límite conjunto de transmisiones de 400.000 € desde 2015.

¿Qué pasa si he operado con un bróker extranjero que no informa a Hacienda?

Que el bróker no informe no significa que tú no tengas que declarar. La obligación fiscal es tuya siempre. Además, si tienes cuentas o valores en el extranjero por valor superior a 50.000 €, debes presentar el modelo 720 de declaración de bienes en el exterior. Y si operas a través de un bróker con sede en otro país de la UE, ten en cuenta que el intercambio automático de información (CRS) hace que Hacienda acabe enterándose igualmente.

¿La calculadora tiene en cuenta las retenciones que ya me ha practicado el bróker?

Nuestra calculadora ofrece un resultado orientativo del IRPF a pagar sobre tus ganancias netas. Las retenciones que tu bróker español haya practicado (generalmente un 19 % sobre dividendos e intereses) se descuentan después, al hacer la declaración de la renta, como un pago a cuenta. Es decir, no pagas dos veces: lo que ya te han retenido se resta de la cuota final. Si las retenciones superan lo que debes, Hacienda te devuelve la diferencia.

Que tus inversiones trabajen para ti, no para Hacienda 💰

Calcular ganancias y pérdidas patrimoniales puede parecer un lío, pero lo que de verdad importa es no pagar ni un euro de más. Compensar pérdidas correctamente, aplicar bien los tramos del ahorro y no dejarte ningún gasto deducible por el camino puede suponer un ahorro de cientos (o miles) de euros en tu declaración de la renta.

En TaxDown nos encargamos de revisar todas tus operaciones, cruzar los datos de tu bróker y asegurarnos de que cada cifra está donde tiene que estar. Nuestro equipo de asesores fiscales conoce al dedillo la normativa para inversores y te ayuda a optimizar tu resultado sin complicaciones.

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Autor
Marta Rayaces
Tax Manager & Responsable de Inversiones Inversiones
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Marta Rayaces es asesora fiscal especializada en tributación de inversiones en TaxDown. Experta en optimización fiscal para inversores, ayuda a particulares a maximizar la rentabilidad de sus carteras minimizando la carga tributaria de forma legal y estratégica. Con profundo conocimiento en fiscalidad de acciones, fondos de inversión, ETFs, dividendos y plusvalías, Marta guía a los inversores en la correcta declaración de sus rendimientos del capital mobiliario y ganancias patrimoniales. Desde TaxDown, hace la fiscalidad de las inversiones más comprensible y accesible para todos.

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