Si compraste una vivienda de nueva construcción en Castilla y León con visado de proyecto entre 2011 y 2012, puedes deducirte el 7,5 % de lo que pagues cada año, hasta 678 €, durante un máximo de cinco años. Es un régimen transitorio que merece la pena aprovechar si cumples los requisitos.
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¿Compraste una vivienda de nueva construcción en Castilla y León cuyo visado del proyecto se obtuvo entre septiembre de 2011 y diciembre de 2012? Entonces puede que aún puedas aplicar la deducción por adquisición de vivienda de nueva construcción para residencia habitual en tu declaración de la renta 2025 y deducirte el 7,5 % de lo que hayas pagado. Se trata de un régimen transitorio con unas condiciones muy específicas, así que hoy te explicamos quién puede beneficiarse y cómo hacerlo.
La deducción es del 7,5 % de las cantidades satisfechas durante el ejercicio por la adquisición de la vivienda que constituya tu residencia habitual. La base máxima de la deducción es de 9.040 € anuales, lo que significa que el ahorro máximo posible al año es de 678 € (el 7,5 % de 9.040).
Dentro de esa base se incluyen:
Para verlo con un ejemplo práctico: imagina que Roberto compró en 2022 un piso de nueva construcción en Valladolid cuyo visado del proyecto fue de octubre de 2012. En 2025 ha pagado 7.200 € entre amortización de hipoteca e intereses. El 7,5 % de 7.200 € son 540 € que se deducirá en su declaración de la renta.
💡 ¿Qué es el visado del proyecto de ejecución? Es un trámite obligatorio por el que el Colegio de Arquitectos verifica y sella el proyecto técnico de una nueva edificación. La fecha de este visado es la que determina si tu vivienda cumple el requisito temporal de esta deducción. No es la fecha de compra ni la de escritura, sino la fecha en que se visó el proyecto de construcción del edificio.
Esta deducción es de carácter transitorio y tiene requisitos muy específicos que deben cumplirse todos simultáneamente:
La deducción se puede aplicar en el ejercicio en que pagas la primera cantidad para la adquisición de la vivienda y en los cuatro ejercicios siguientes. Es decir, tienes un máximo de cinco años para beneficiarte.
Dado que estamos en 2025, solo podrán aplicar esta deducción quienes realizaron su primer pago en 2021 o después (para que 2025 aún esté dentro del plazo de cinco años). Si tu primer pago fue en 2020, el último año para la deducción habría sido 2024.
⚠️ Atención: esta deducción es un régimen transitorio. Se aplicó a viviendas de nueva construcción con visado entre 2011 y 2012 para incentivar la compra de inmuebles nuevos durante la crisis inmobiliaria. El plazo temporal es muy estricto, así que asegúrate de que tu vivienda cumple.
Si previamente disfrutaste de esta deducción por otra vivienda habitual anterior, no podrás aplicarla por la nueva hasta que las cantidades invertidas en la nueva superen las que invertiste en la anterior (en la medida en que fueron objeto de deducción).
Además, si vendiste tu vivienda anterior y aplicaste la exención por reinversión (que permite no tributar por la ganancia si reinviertes en una nueva vivienda habitual), la base de deducción se reduce en el importe de la ganancia patrimonial exenta.
Para aplicar esta deducción necesitarás:
Sigue estos pasos:
🎯 Consejo TaxDown: si compraste una vivienda que cumple estos requisitos tan específicos y no sabías que existía esta deducción, podrías presentar una rectificación de las declaraciones de años anteriores que aún no hayan prescrito (los cuatro últimos ejercicios) para recuperar las cantidades que te correspondían. Nuestro equipo puede ayudarte a revisar si tienes derecho.
⚠️ Pérdida de la deducción: como en otras deducciones de vivienda, si dejas de cumplir los requisitos (por ejemplo, dejas de vivir en la vivienda o la vendes), tendrás que devolver lo deducido más intereses de demora.
Esta deducción no tiene límite de renta, lo que significa que puedes aplicarla independientemente de tus ingresos, siempre que cumplas el resto de requisitos. Eso sí, recuerda que es exclusiva para viviendas con visado de proyecto entre septiembre de 2011 y diciembre de 2012, por lo que afecta a un número muy limitado de contribuyentes.
Solo si el visado del proyecto de ejecución se obtuvo entre el 1 de septiembre de 2011 y el 31 de diciembre de 2012. No importa cuándo lo compraste, lo relevante es la fecha del visado del proyecto de construcción del edificio. Si el visado es posterior a 2012, esta deducción no aplica (aunque podrías optar a otras deducciones, como la de vivienda para jóvenes en el medio rural).
Durante un máximo de cinco años: el ejercicio en que realizas el primer pago y los cuatro siguientes. Si tu primer pago fue antes de 2021, el plazo ya habría expirado para la renta 2025.
La deducción estatal por vivienda habitual se eliminó en 2013, pero existe un régimen transitorio para quienes la venían aplicando antes de esa fecha. Si tienes derecho al régimen transitorio estatal, en principio ambas deducciones (estatal y autonómica) podrían ser compatibles, ya que operan sobre cuotas diferentes (la estatal sobre la cuota íntegra estatal y la autonómica sobre la autonómica).
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