Si tienes un hijo menor de 4 años y pagas las cuotas de la Seguridad Social de tu empleada de hogar en Castilla y León, puedes deducirte hasta 300 € en tu declaración de la renta 2025. Es un ahorro pequeño pero que suma, especialmente si lo combinas con otras deducciones familiares.
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La reclamación económico-administrativa es un procedimiento gratuito para impugnar decisiones de Hacienda cuando crees que se han equivocado. Tienes 1 mes desde la notificación para presentarla, no necesitas abogado y la resuelve un tribunal independiente. Debes explicar claramente tu caso, aportar pruebas y ser específico en lo que pides. Aunque debería resolverse en 1 año, suele tardar más. Si te deniegan la reclamación, puedes seguir reclamando por otras vías. Es tu derecho como contribuyente y puede ahorrarte mucho dinero.
¿Tienes contratada a una persona empleada de hogar y le pagas sus cuotas a la Seguridad Social? Si además tienes un hijo menor de 4 años y vives en Castilla y León, puedes aplicar la deducción por cuotas a la Seguridad Social de empleados del hogar en tu declaración de la renta y ahorrarte hasta 300 euros. Es una deducción que muchas familias desconocen, así que hoy te la explicamos al detalle para que no se te escape.
La deducción consiste en el 15 % de las cantidades que hayas pagado durante el año en concepto de cuotas a la Seguridad Social por un trabajador dado de alta en el Sistema Especial para Empleados del Hogar del Régimen General de la Seguridad Social.
El límite máximo de la deducción es de 300 €, tanto si presentas declaración individual como conjunta. Es decir, aunque hayas pagado mucho más en cuotas, lo máximo que podrás deducirte son 300 €.
Vamos a verlo con un ejemplo práctico: imagina que Elena vive en Segovia con su pareja y su hijo de 2 años. Tiene contratada a una empleada de hogar dada de alta en la Seguridad Social y ha pagado durante 2025 un total de 2.400 € en cuotas a la Seguridad Social. El 15 % de 2.400 € son 360 €, pero como el límite es de 300 €, Elena se deducirá 300 € en su declaración de la renta.
💡 Dato útil: para llegar al límite de 300 €, necesitas haber pagado al menos 2.000 € en cuotas a la Seguridad Social durante el año (porque el 15 % de 2.000 = 300). Si has pagado menos, la deducción será proporcionalmente menor.
Esta deducción no es para cualquier empleador de hogar. Tiene unos requisitos muy concretos que debes cumplir:
Como en otras deducciones autonómicas de Castilla y León, hay un tope de ingresos:
Si superas estos límites, no podrás aplicar la deducción. La base imponible total es la suma de tu base imponible general (lo que ganas por trabajo, actividades, etc.) y tu base imponible del ahorro (intereses, dividendos, ganancias patrimoniales). El mínimo personal y familiar es la cantidad que Hacienda considera que necesitas para tus gastos básicos y los de tu familia, y que por tanto no te grava.
Si ambos progenitores tienen derecho a la deducción, las cantidades satisfechas se prorratean por partes iguales. Pero hay un matiz importante según quién figure como empleador:
⚠️ No te olvides: debes hacer constar el NIF de la persona empleada de hogar en el Anexo B.5 de tu declaración. Si no lo incluyes, podrías tener problemas para justificar la deducción.
Buena noticia: esta deducción es compatible con el Bono Concilia de la Junta de Castilla y León. El Bono Concilia no se considera una ayuda de naturaleza análoga, así que puedes cobrarlo y aplicar esta deducción sin problemas.
Eso sí, si has solicitado y te han concedido otras ayudas públicas de la Junta de naturaleza análoga por cuidado de hijos menores, la deducción sería incompatible con ellas. El Bono Concilia es la excepción expresa.
Para aplicar esta deducción sin sorpresas, ten preparados estos documentos:
Un consejo práctico: la Seguridad Social te envía recibos mensuales con el detalle de las cuotas pagadas. Guárdalos todos del año, porque son la prueba más directa de lo que has pagado.
El proceso es sencillo si sigues estos pasos:
🎯 Consejo TaxDown: esta deducción se puede combinar con la deducción por cuidado de hijos menores si eliges la opción de guardería en esa otra deducción (recuerda que la opción de empleada de hogar en la deducción de cuidado de hijos y esta son conceptos diferentes: una se refiere al salario o coste del cuidado y esta otra a las cuotas de la Seguridad Social). Revisa bien ambas para maximizar tu ahorro.
💰 Arrastre de saldos: si en 2022 generaste esta deducción pero no tenías cuota suficiente, 2025 es el último año para aprovechar ese saldo pendiente. Después puedes solicitar el abono a la Junta de Castilla y León.
Sí. Esta deducción solo es aplicable si tienes al menos un hijo menor de 4 años a 31 de diciembre que dé derecho al mínimo por descendientes. No basta con tener contratada a una empleada de hogar: el requisito del hijo menor es indispensable.
Si ambos progenitores tienen derecho, las cuotas se atribuyen al que figure como empleador en la Seguridad Social. La única excepción es si el matrimonio está en régimen de gananciales, en cuyo caso las cuotas se reparten al 50 % entre ambos, independientemente de quién sea el empleador formal.
Sí, son totalmente compatibles. El Bono Concilia no se considera una ayuda de naturaleza análoga a esta deducción. Puedes cobrar el Bono Concilia y aplicar esta deducción al mismo tiempo sin ningún problema.
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