Si has adoptado en 2025 y resides en Castilla y León, tienes una deducción que puede llegar hasta los 3.625 € por adopción internacional (o 784 € por adopción nacional). Es un ahorro que merece la pena no dejar escapar después de todo el esfuerzo del proceso.
En TaxDown nos aseguramos de que aproveches cada deducción a la que tienes derecho. Nuestro sistema detecta automáticamente las deducciones autonómicas de Castilla y León, incluida esta por gastos de adopción, para que tu resultado sea siempre el óptimo.
👉 Empieza gratis con TaxDown y descubre cuánto puedes ahorrarte en tu declaración.
La reclamación económico-administrativa es un procedimiento gratuito para impugnar decisiones de Hacienda cuando crees que se han equivocado. Tienes 1 mes desde la notificación para presentarla, no necesitas abogado y la resuelve un tribunal independiente. Debes explicar claramente tu caso, aportar pruebas y ser específico en lo que pides. Aunque debería resolverse en 1 año, suele tardar más. Si te deniegan la reclamación, puedes seguir reclamando por otras vías. Es tu derecho como contribuyente y puede ahorrarte mucho dinero.
¿Has adoptado a un hijo en 2025 y resides en Castilla y León? Entonces tienes que saber que existe una deducción por gastos de adopción que puede ahorrarte hasta 3.625 euros en tu declaración de la renta. Un proceso de adopción ya es lo bastante complejo emocionalmente como para, encima, dejarse dinero por el camino. Hoy te contamos todo lo que necesitas saber para aplicar esta deducción sin complicaciones.
Las cantidades dependen de si la adopción ha sido nacional o internacional. Aquí van las cifras:
La diferencia entre ambas cuantías es notable, y tiene su lógica: una adopción internacional suele implicar gastos mucho más elevados (viajes, traducciones, trámites consulares, tasas de organismos internacionales, estancias en el país de origen, etc.), y la deducción busca compensar en parte ese esfuerzo económico.
💡 Dato importante: la deducción se aplica por cada adopción, no por cada gasto individual. Es decir, si en 2025 has completado dos adopciones internacionales, podrías deducirte 7.250 € en total (3.625 × 2).
Para que lo veas con un ejemplo práctico: imagina que Carmen y Luis, residentes en León, han completado en 2025 la adopción internacional de una niña de Colombia. Han gastado más de 15.000 € en todo el proceso. La deducción de 3.625 € no cubre todos los gastos, pero representa un alivio fiscal considerable en su declaración de la renta.
Para poder beneficiarte de esta deducción, necesitas cumplir estos requisitos clave:
Si hay más de un contribuyente con derecho a la deducción (lo más habitual cuando ambos miembros de la pareja adoptan conjuntamente), el importe se prorratea por partes iguales en la declaración individual de cada uno. En el caso de una adopción internacional, cada uno se deduciría 1.812,50 €.
Como ocurre con otras deducciones relacionadas con hijos en Castilla y León, esta deducción es incompatible con el Bono Nacimiento de la Junta de Castilla y León. Si has solicitado y te han concedido el Bono para ese hijo adoptado, no puedes aplicar esta deducción por el mismo hijo.
🎯 Consejo TaxDown: haz números antes de pedir el Bono Nacimiento. En el caso de una adopción internacional, la deducción de 3.625 € suele ser significativamente más ventajosa que el Bono. Compara ambas opciones con calma y elige la que más te beneficie.
Para justificar esta deducción ante Hacienda, ten preparada la siguiente documentación:
Un apunte práctico: las ECAI (Entidades Colaboradoras de Adopción Internacional) son los organismos acreditados que tramitan las adopciones internacionales. Si has usado una ECAI, ellos te habrán facilitado gran parte de la documentación necesaria.
Sigue estos pasos y lo tendrás resuelto:
💰 Arrastre de saldos: si en el ejercicio 2022 generaste derecho a esta deducción pero no tenías cuota suficiente para aplicarla entera, 2025 es el último año para aprovechar ese saldo pendiente. Si después de agotarlo aún queda algo, puedes solicitar el abono a la Junta de Castilla y León.
Buenas noticias: esta deducción es totalmente compatible con otras deducciones autonómicas de Castilla y León como la de nacimiento o adopción de hijos, la de partos o adopciones múltiples y la de cuidado de hijos menores. Así que si, por ejemplo, has adoptado a dos hijos simultáneamente, podrías acumular la deducción por gastos de adopción, la de nacimiento o adopción y la de adopciones múltiples. Todo suma.
Además, ten en cuenta que la adopción también puede darte derecho a la deducción por nacimiento o adopción de hijos (de 1.010 a 3.300 € según el número de orden del hijo y si vives en medio rural). Ambas deducciones se aplican de forma independiente, lo que multiplica el ahorro fiscal.
La deducción se aplica en el ejercicio en que se produce la inscripción de la adopción en el Registro Civil. No importa cuándo se inició el proceso ni cuándo se dictó la resolución judicial. Lo relevante es la fecha de inscripción registral.
La cuantía es muy diferente: 784 € por adopción nacional frente a 3.625 € por adopción internacional. Se considera internacional aquella que se realiza conforme a los tratados y convenios internacionales suscritos por España, normalmente tramitada a través de una ECAI.
No. La deducción por gastos de adopción es incompatible con el Bono Nacimiento de la Junta de Castilla y León para el mismo hijo. Si te han concedido el Bono, no podrás aplicar esta deducción. Compara ambas opciones antes de solicitar el Bono.
TaxDown es la plataforma española que te ayuda a hacer tu declaración de la renta de forma fácil, rápida y con el máximo ahorro. Colaborador social de la Agencia Tributaria, cuenta con más de 150 expertos fiscales que revisan cada declaración.