Si en 2025 has tenido o adoptado un hijo y resides en Castilla y León, tienes una deducción esperándote que puede llegar hasta los 3.300 € (o el doble si hay discapacidad reconocida). No dejes pasar esta oportunidad de reducir tu factura fiscal.
En TaxDown nos encargamos de que apliques todas las deducciones a las que tienes derecho, incluida esta por nacimiento o adopción. Nuestro sistema detecta automáticamente las deducciones autonómicas de Castilla y León para que tu resultado sea siempre el mejor.
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La reclamación económico-administrativa es un procedimiento gratuito para impugnar decisiones de Hacienda cuando crees que se han equivocado. Tienes 1 mes desde la notificación para presentarla, no necesitas abogado y la resuelve un tribunal independiente. Debes explicar claramente tu caso, aportar pruebas y ser específico en lo que pides. Aunque debería resolverse en 1 año, suele tardar más. Si te deniegan la reclamación, puedes seguir reclamando por otras vías. Es tu derecho como contribuyente y puede ahorrarte mucho dinero.
¿Has tenido un hijo o has adoptado en 2025 y vives en Castilla y León? Entonces tienes que saber que puedes aplicar la deducción por nacimiento o adopción de hijos en tu declaración de la renta y ahorrarte una cantidad bastante significativa. Dependiendo de si es tu primer, segundo o tercer hijo, y de si vives en un municipio pequeño, la cifra puede llegar hasta los 3.300 euros. Hoy te contamos todo lo que necesitas saber para no dejarte ni un euro.
Las cantidades varían según el número de orden del hijo y según dónde vivas. Vamos a verlo desglosado para que lo tengas claro.
Por cada hijo nacido o adoptado durante el año fiscal que dé derecho al mínimo por descendientes, podrás deducir:
Si resides en un municipio o entidad local menor de Castilla y León con una población de 5.000 habitantes o menos, las cantidades suben considerablemente. Esto es lo que se conoce como el incentivo para fijar población en el medio rural:
💡 ¿Cómo saber si tu municipio cuenta? Puedes consultar la relación de municipios excluidos (los que superan los 5.000 habitantes) en la web de la Junta de Castilla y León. Si tu pueblo no aparece en esa lista de excluidos, puedes aplicar las cuantías del medio rural.
Aquí viene un dato muy importante. Si el hijo nacido o adoptado tiene reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, todas las cantidades anteriores se duplican. Sí, has leído bien: el doble.
Para que lo veas con un ejemplo práctico: imagina que Ana y Pablo viven en un pueblo de Zamora de 3.000 habitantes y acaban de tener su segundo hijo, que tiene reconocida una discapacidad del 40 %. La deducción base para el medio rural por segundo hijo es de 2.070 €. Al duplicarse por discapacidad, se convierte en 4.140 €. Una ayuda que se nota, y mucho.
⚠️ Detalle clave: si el reconocimiento de la discapacidad se produce después del año de nacimiento pero antes de que el menor cumpla cinco años, la deducción (duplicada) se aplica en el año en que se reconozca la discapacidad, no en el del nacimiento.
Para poder aplicar esta deducción necesitas cumplir una serie de requisitos importantes:
Para calcular el número de orden del hijo nacido o adoptado, se cuentan todos los hijos (por naturaleza y por adopción) de cualquiera de los dos progenitores que convivan contigo a 31 de diciembre, incluyendo al recién nacido o adoptado.
Un caso especial: si un hijo nacido en el ejercicio fallece antes del 31 de diciembre, no se cuenta para determinar el número de orden, pero sí genera derecho a la deducción de 1.010 €.
Cuando los dos progenitores tienen derecho a la deducción y presentan declaración individual, el importe se prorratea por partes iguales entre ambos. Si uno de los dos no reside en Castilla y León, al que sí reside le corresponde solo la mitad de la deducción.
Ojo con esto, porque es un punto que genera mucha confusión. Esta deducción es incompatible con el Bono Nacimiento de la Junta de Castilla y León. Es decir, si has solicitado y te han concedido el Bono Nacimiento para un hijo, no puedes aplicar esta deducción por ese mismo hijo.
🎯 Consejo TaxDown: antes de solicitar el Bono Nacimiento, compara las cantidades. En muchos casos, la deducción fiscal puede ser más beneficiosa que la ayuda directa. Eso sí, la incompatibilidad se determina hijo por hijo: puedes pedir el Bono por un hijo y aplicar la deducción por otro sin problema.
Hay una excepción importante para la discapacidad: si por un primer hijo nacido en 2024 al que se le reconoce discapacidad en 2025 no se cobra la ayuda complementaria por discapacidad del Bono Nacimiento, sí puedes aplicar el incremento por discapacidad de la deducción en 2025, aunque hubieras cobrado el Bono Nacimiento por ese hijo en 2024.
Para aplicar correctamente esta deducción por nacimiento o adopción en tu declaración de la renta, ten preparada la siguiente documentación:
Lo bueno es que gran parte de esta información ya la tiene Hacienda. Pero siempre viene bien tenerla a mano por si te piden justificación.
El proceso es bastante sencillo si sigues estos pasos:
💰 No lo olvides: si en un ejercicio anterior (por ejemplo, 2022) generaste derecho a esta deducción pero no tenías cuota suficiente para aplicarla entera, puedes arrastrar el saldo pendiente hasta tres años. En 2025 es el último año para aprovechar el saldo de 2022. Y si aún queda algo pendiente, puedes pedir el abono a la Junta de Castilla y León.
Sí, y esto es una gran noticia. Esta deducción es compatible con otras deducciones autonómicas de Castilla y León como la de partos o adopciones múltiples, la de gastos de adopción y la de cuidado de hijos menores. Así que si cumples los requisitos de varias, puedes acumularlas todas.
No para el mismo hijo. La deducción por nacimiento o adopción es incompatible con el Bono Nacimiento de la Junta de Castilla y León para el mismo hijo. Pero sí puedes pedir el Bono por un hijo y aplicar la deducción por otro diferente. Compara cuál te sale más rentable antes de decidir.
Sí. Si el hijo nacido o adoptado tiene un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 %, la deducción se multiplica por dos. Además, si el reconocimiento se produce después del año de nacimiento pero antes de que el niño cumpla cinco años, la deducción duplicada se aplica en el año del reconocimiento.
Si tu municipio tiene 5.000 habitantes o menos, las cuantías son más altas: 1.420 € por el primer hijo, 2.070 € por el segundo y 3.300 € por el tercero o sucesivos. Es el incentivo de la Junta para fijar población en el medio rural.
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