Cruce de datos con Hacienda: qué compara y qué hacer si no cuadran

Qué datos cruza Hacienda y quién se los da, cómo ver los tuyos y qué hacer si no cuadran, antes y después de presentar la renta.

Actualizado en:
3/11/2026
Resumiendo:

El cruce de datos compara lo que declaras con lo que informan a Hacienda tu empresa, tu banco, las plataformas o la Seguridad Social. Si no cuadra, declara la cifra correcta aunque tus datos fiscales digan otra. Si ya presentaste la renta de 2024 o 2025, corrígela con una rectificativa. Si te toca pagar más, corregirlo antes de cualquier requerimiento de Hacienda sobre esa renta te libra de una posible sanción.

¿Te preocupa que lo que declaras no cuadre con lo que sabe Hacienda? El cruce de datos de Hacienda compara tu declaración con lo que informan de ti tu empresa, tu banco, las plataformas o la Seguridad Social. Si no coincide, Hacienda puede pedirte que lo aclares o proponerte una liquidación.

También se llama así a que la Seguridad Social, el SEPE o las administraciones educativas obtengan tus datos de Hacienda. Te contamos quién informa, cómo ver tus datos y cuánto cuesta corregir en territorio común (en el País Vasco y en Navarra, el IRPF lo gestionan sus haciendas forales).

Contenidos:

¿Qué es el cruce de datos de Hacienda?

Es comparar lo que declaras con lo que Hacienda ya sabe de ti. Y lo sabe porque la ley obliga a quien se relaciona económicamente contigo (tu empresa, tu banco o cualquier otra persona o entidad) a darle los datos de esa relación que importan para tus impuestos.

Si lo que declaras no coincide, puede abrirte una revisión: una verificación de datos o una comprobación limitada, que también cabe si no declaraste estando obligado. No es una inspección de Hacienda, aunque puede acabar en una.

Qué datos cruza Hacienda y de dónde los saca

¿Cómo sabe Hacienda tus ingresos? Porque otros se los cuentan en sus declaraciones informativas (casi todas las anuales de 2025 vencían el 2 de febrero de 2026):

Quién informaDe quéModelo y plazo
Tu empresa o quien te paga con retención, como la Seguridad Social o el SEPESueldo, pensión o prestación (como el paro) y lo que te retiene190, anual
Tu banco o entidad de pagoTus cuentas y quién figura en ellas, lo que te rinden y, a fin de año, saldos y totales de cargos y abonos196, mensual desde 2026
Tu banco o entidad de pagoCada ingreso, retirada o cobro en efectivo de más de 3.000 € (ver qué pasa si ingresas efectivo en el banco)171, anual
Tu bancoPréstamos y créditos con más de 6.000 € de saldo a 31 de diciembre181, anual
Quien te paga otros rendimientos del capital mobiliario con retenciónEsos rendimientos y lo que te retiene193, anual
Quien gestiona los cobros de tu negocio con tarjeta o móvilLo que cobras por cada vía170, mensual desde 2026
Proveedores de criptomonedas con residencia o establecimiento en EspañaLo que te custodian y tus operaciones (ver cómo sabe Hacienda que tienes criptomonedas)172 y 173, anuales
Plataformas digitalesLo que cobras por vender, prestar servicios o alquilar inmuebles, plazas de garaje o medios de transporte (si solo vendes bienes, no informan si no llegas a 30 ventas ni pasas de 2.000 €)238, anual
Otros países y túTus cuentas fuera, por intercambio automático entre países. Y tú declaras las tuyas y tus criptomonedas custodiadas fuera si pasas sus límites (ver cuentas en el extranjero)720 y 721, hasta el 31 de marzo
Otras entidadesDonativos, aportaciones a planes de pensiones, gastos de guardería y alquileres cobrados con retención182, 345, 233 y 180, anuales

También tienen que dar datos a Hacienda las administraciones y funcionarios como notarios y registradores, con excepciones como el secreto del protocolo notarial (ver cómo comprueba Hacienda tu vivienda habitual).

💡 Tus datos fiscales salen de aquí: son una ayuda, no te obligan y pueden cambiar durante la campaña.

¿Cómo y cuándo cruza Hacienda tus datos?

Cuando algo no cuadra, Hacienda puede abrirte un procedimiento o, antes, mandarte un aviso para que corrijas tú con una rectificativa, como en su campaña de la renta de 2025. Y si tu renta sale a devolver, tu expediente puede mostrar «Su declaración está siendo comprobada».

  1. A principios de año, los terceros presentan sus informativas.
  2. En la campaña (en 2026, del 8 de abril al 30 de junio) tienes tus datos fiscales y el borrador.
  3. Durante cuatro años desde el día siguiente al fin del plazo, Hacienda puede revisar tu declaración: en octubre de 2026, salvo interrupción, las rentas de 2022 a 2025.

Ese plazo vuelve a empezar si se interrumpe, por ejemplo con una actuación de Hacienda que conozcas formalmente (ver cuándo prescriben las deudas con Hacienda).

Cruce de datos de Hacienda con la Seguridad Social y otras administraciones

Lo que Hacienda sabe de ti es reservado y solo puede cederlo en los casos que fija la ley. Por ejemplo, a la Seguridad Social, contra el fraude en cuotas y prestaciones, o a otras administraciones, contra el fraude en ayudas y subvenciones. También a otra administración si tú lo autorizas, como al pedir una beca.

Autónomos: la regularización de la cuota con tus rendimientos reales

Si eres autónomo, la Seguridad Social regulariza tu cuota con los rendimientos que le comunica Hacienda a partir del año siguiente, salvo que tu base de cotización ya encaje en el tramo de tus rendimientos. Si pagaste de menos, ingresas la diferencia hasta fin del mes siguiente a la notificación, sin intereses ni recargo. Si pagaste de más, te la devuelve antes del 30 de abril del año siguiente a la comunicación de Hacienda.

Estar de alta como autónomo en algún momento del año te obliga a declarar. Si luego rectificas y tus rendimientos bajan, puedes pedir la devolución de lo pagado de más.

IMV, paro y otras prestaciones

Si cobras el ingreso mínimo vital, su cuantía se actualiza con tus ingresos del año anterior según los datos de la Agencia Tributaria. Y tú y cada miembro de tu unidad de convivencia tenéis que presentar la renta cada año. Si alguien obligado no la presenta dos años seguidos, se suspende la prestación. Y si la suspensión dura un año, se extingue (ver el IMV en la declaración de la renta).

Si te correspondía menos de lo que cobraste, devuelves la diferencia. Si en tu unidad de convivencia hay algún menor, no te reclaman lo que en el año no pase del 65 % de la cuantía mensual de las pensiones no contributivas. Y con el paro, el SEPE también puede pedir tus datos de renta a Hacienda.

¿Cómo mirar el cruce de datos con Hacienda?

El cruce no se ve, pero sí su materia prima: tus datos fiscales. Y si la Seguridad Social los usa, lo verás en la regularización de tu cuota de autónomo o en la actualización de tu IMV.

Tus datos fiscales, paso a paso

  1. Entra en la sede de la Agencia Tributaria y pulsa «Datos fiscales» en «Gestiones destacadas», o usa su app.
  2. Identifícate con certificado o DNI electrónico, Cl@ve Móvil o el número de referencia de la renta.
  3. Compara cada dato con tus papeles: nóminas, certificados y extractos.

Los de años anteriores se ven desde la misma consulta. Más en cómo consultar tus datos fiscales.

¿Cómo saber si otra administración ha consultado tus datos?

En Mi Carpeta Ciudadana, el apartado «Transparencia», con su opción «Mis intercambios entre administraciones», te permite consultar los datos tuyos que las administraciones se han intercambiado con tu consentimiento a través de la plataforma de intermediación.

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Qué hacer si tus datos no cuadran con los de Hacienda

MomentoQué hacesDónde
Antes de presentarDeclaras la cifra correcta aunque tus datos fiscales digan otraEn el borrador
Ya has presentado y el error es tuyoRectificativa (2024 y 2025) o complementaria (2023 y anteriores, si sale a pagar más)En Renta WEB
Hacienda te ha escritoContestas en el plazo de la cartaEn la sede de la Agencia Tributaria, con el CSV de la notificación

Antes de presentar: el error está en tus datos fiscales

Tus datos fiscales no te obligan: declaras la cifra correcta, cambiándola en el borrador (ver cómo modificar el borrador), y guardas el justificante. Avisa a quien informó mal: puede corregir su declaración informativa con una complementaria o sustitutiva. Y si Hacienda usa ese dato y lo discutes, tiene que contrastarlo y puede pedir a quien lo declaró que lo pruebe. Eso sí, tu palabra sola no basta: aporta pruebas.

Ya has presentado y el error es tuyo: la rectificativa

La renta de 2024 o la de 2025 se corrige con una autoliquidación rectificativa: en Renta WEB, pulsa «Modificar declaración presentada» y elígela. Si sale a pagar más, ingresas la diferencia, con recargo si el plazo ya acabó. Si sale a devolver, la pides en ella: Hacienda tiene seis meses para pagarte desde que la presentas (o desde el fin del plazo, si la presentas antes). Si se retrasa por su culpa, te paga intereses de demora. Si lo que te devuelve es algo que ya habías ingresado, los intereses corren desde el día en que lo pagaste.

En la renta de 2023, Renta WEB genera una complementaria si sale a pagar más y una rectificativa si sale a tu favor. En la de 2022, una complementaria o una solicitud de rectificación, según el caso. Paso a paso, en cómo presentar una rectificativa.

Hacienda te ha escrito: carta, requerimiento o propuesta de liquidación

  • Carta de aviso: te señala una incidencia para que la corrijas tú (ver las cartas de la Agencia Tributaria).
  • Requerimiento: te pide que aclares o justifiques la diferencia.
  • Propuesta de liquidación: trae lo que Hacienda calcula que debes, para que puedas dar tus razones antes de la liquidación.
  • Liquidación: fija lo que debes. Si no estás de acuerdo, tienes un mes desde el día siguiente a la notificación para el recurso de reposición o la reclamación económico-administrativa que indique. Una rectificativa ya no cambia lo liquidado.

El plazo lo fija la carta. Al iniciar un procedimiento, no puede ser de menos de 10 días, contados desde el día siguiente a la notificación. Y en una verificación de datos o una comprobación limitada, tienes 10 días para alegar contra la propuesta de liquidación. Son días hábiles, sin sábados, domingos ni festivos (ver cómo contestar un requerimiento de Hacienda).

⚠️ No atender un requerimiento bien notificado es una infracción grave (en una verificación de datos o una comprobación limitada, multa de 150 € o 300 € la primera vez; en una inspección, desde 1.000 €), y el procedimiento sigue hasta una posible liquidación con los datos de Hacienda.

Cuánto cuesta corregirlo tú o que lo corrija Hacienda

Si te toca pagar más, depende de si Hacienda ya te ha notificado algo para comprobar o regularizar ese impuesto y ese año, abra o no un procedimiento:

Reglas de 2026Lo corriges tú antes de cualquier requerimientoTe lo regulariza Hacienda
Recargo1 % más otro 1 % por mes completo de retraso; pasados 12 meses, 15 %No hay
Intereses de demora (4,0625 % anual en 2026)Solo pasados 12 mesesPor todo el retraso
SanciónNoPosible, no automática: del 50 % de lo no ingresado si no pasa de 3.000 € o no hay ocultación; del 50 al 100 % si pasa de 3.000 € y hay ocultación; del 100 al 150 % con medios fraudulentos
Rebajas en 2026Un 25 % menos de recargo si pagas la deuda al presentar y el recargo en su plazoUn 30 % menos de sanción con tu conformidad y otro 40 % menos de lo que queda si la pagas en plazo sin recurrir

Ejemplo con 1.000 € de cuota sin declarar:

1.000 € sin declarar (2026)Lo corriges tú a los 5 meses completosTe lo liquida Hacienda a los 18 meses
Recargo60 € (el 6 %), o 45 € con la rebaja del 25 %No hay
InteresesNo60,94 €
SanciónNoPosible: 500 €, que bajan a 350 € con tu conformidad y a 210 € si además pagas en plazo
Total con la cuota1.045 € o 1.060 €1.060,94 € sin sanción; con ella, de 1.270,94 € a 1.560,94 €

Si tardas lo mismo que Hacienda en el ejemplo, 18 meses, corregirlo tú cuesta 150 € de recargo (112,50 € con la rebaja) más 20,31 € de intereses por los 6 meses que pasan de 12: 1.170,31 € o 1.132,81 € en total, sin sanción.

Cuentas orientativas: los intereses van por días y el ejemplo no incluye facturas falsas ni retenciones sin ingresar. Y no hay sanción si pusiste la diligencia necesaria (más sobre recargos y sanciones).

Si Hacienda ya te ha escrito: aviso o inicio de un procedimiento

A diferencia de un aviso, la carta que abre un procedimiento lo dice. Según el caso, indica:

  • Qué procedimiento empieza, sobre qué impuesto y qué año.
  • El requerimiento y su plazo.
  • Que interrumpe la prescripción.
  • La propuesta de liquidación, si ya la trae.

Desde ese inicio, una rectificativa sobre ese impuesto y ese año ya no te deja en el recargo sin sanción: lo que ingreses se descuenta de lo que te liquiden y deja de generar intereses desde el día siguiente, pero no evita una posible sanción. Lo mismo pasa con cualquier otra actuación que Hacienda te notifique para comprobar o regularizar ese impuesto y ese año. Si lo que te ha llegado es un aviso y la incidencia es real, corrígela cuanto antes con una rectificativa.

Con otros impuestos o años, puedes seguir regularizando con recargo si no hay otro requerimiento. Y si Hacienda te liquida un año y tenías el mismo error en otros del mismo impuesto, corregirlos en los seis meses siguientes a la notificación no lleva recargo. Eso sí, tienes que pagar lo que salga y no recurrir la liquidación ni pedir después que rectifiquen esas correcciones. Y no vale si esa liquidación te trajo una sanción.

Errores frecuentes con el cruce de datos de Hacienda

Errores que te descuadran con lo que ya sabe Hacienda:

  • Olvidar el segundo pagador. Si cobras de tu empresa y del paro, el límite para declarar baja de 22.000 € a 15.876 € cuando los demás pagadores suman más de 1.500 € al año (ver el paro como segundo pagador).
  • No declarar alquileres o servicios cobrados por plataformas digitales: informan con el modelo 238 (ver qué pasa si no declaras un alquiler).
  • Olvidar tus operaciones con criptomonedas en proveedores establecidos en España.
  • Confirmar el borrador sin revisarlo: cuenta como tu declaración a todos los efectos.

Lo que circula y no es así:

  • «Hacienda puede revisar diez años». Para liquidarte tiene cuatro. Los diez son para comprobar las pérdidas y deducciones que arrastras de otros años, y solo al revisar un año no prescrito. Eso sí, si descubre dinero o bienes que no cuadran con lo que has declarado, puede sumarlos a tu base general del año en que los descubre, salvo que pruebes que ya eran tuyos antes del periodo de prescripción.
  • «Controla todos los movimientos de más de 3.000 €». Ese umbral es del efectivo y de los cheques cobrados en efectivo. De tus cuentas, el banco informa de saldos y totales de cargos y abonos, no de cada transferencia, y desde los datos de 2026 también de los totales de tus tarjetas si sus cargos o sus abonos llegan a 25.000 € al año. Eso sí, en una inspección Hacienda puede pedir a tu banco los movimientos de tus cuentas, con autorización previa.
  • «Se corrige con una complementaria». Las rentas de 2024 y 2025 se corrigen con una rectificativa. La complementaria queda para 2023 y anteriores, si sale a pagar más.

Fuente oficial

Preguntas frecuentes

¿Revisa Hacienda todas las declaraciones de la renta?
Puede revisar cualquiera mientras no haya prescrito: tiene cuatro años desde el día siguiente al fin del plazo para presentarla, y el plazo vuelve a empezar si se interrumpe. En octubre de 2026, salvo interrupción, puede revisar las rentas de 2022 a 2025. Si lo que declaras no coincide con sus datos, puede abrirte una verificación de datos o una comprobación limitada. También manda avisos para que corrijas tú.
¿Cuándo cruzan datos Hacienda y la Seguridad Social para el IMV?
Dos veces al año: la cuantía del ingreso mínimo vital se actualiza con tus ingresos del año anterior, según los datos de la Agencia Tributaria. La primera actualización es provisional, con los datos que haya en ese momento; la segunda, definitiva, con los datos consolidados y efectos del 1 de enero. Y tú y cada miembro de tu unidad de convivencia tenéis que presentar la renta cada año.
¿Qué significa «cruce de datos con Hacienda» en la beca del Ministerio de Educación?
Que se obtienen de Hacienda los datos para calcular tu renta familiar. Al presentar la solicitud de beca autorizas a las administraciones educativas y a las universidades a pedirlos a las agencias tributarias. Para las becas del curso 2026-2027 cuenta la renta de 2025, así que conviene que esa declaración esté bien hecha. Si dudas de un estado concreto de tu solicitud, consúltalo en el portal de becas del Ministerio.
¿Qué hago si el certificado de retenciones no coincide con mis nóminas?
Pide a tu empresa que lo revise: el certificado debe recoger lo mismo que declara de ti a Hacienda en el modelo 190. Declaras el sueldo bruto que te correspondía y, si te retuvo de menos por un error solo suyo, te deduces la retención que debió practicarte, salvo en sueldos públicos fijados por ley. Y si Hacienda usa su dato y lo discutes con tus nóminas, tiene que contrastarlo.

Lo esencial del cruce de datos con Hacienda

  • Revisa tus datos fiscales y declara la cifra correcta aunque digan otra.
  • Si te toca pagar más, corrige antes de cualquier requerimiento de Hacienda: te libras de una posible sanción.
  • Si te escriben, contesta en el plazo de la carta.

¿Te ha escrito Hacienda por un cruce de datos? Súbenos la carta: un asesor fiscal te explica qué dice y te ayudamos a responderla en plazo.

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Autor
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