Deducción para el fomento del emprendimiento en Castilla y León

Si has invertido en acciones o participaciones de nuevas empresas o en la ampliación de capital de pymes en Castilla y León, puedes deducirte el 20%, hasta 10.000 €.

Actualizado en:
25/3/2026
La deducción para el fomento del emprendimiento en Castilla y León permite deducirte el 20% de las cantidades invertidas en la constitución o ampliación de capital de sociedades, con un importe máximo de deducción de 10.000 €.

Si eres un ángel inversor en Castilla y León o simplemente quieres apostar por una empresa local, esta deducción te devuelve el 20% de tu inversión en tu IRPF autonómico, con un máximo de 10.000 €. Es una de las deducciones más atractivas para inversores y emprendedores de la comunidad.

Te explicamos cómo funciona y qué requisitos debes cumplir.

Contenidos:

La reclamación económico-administrativa es un procedimiento gratuito para impugnar decisiones de Hacienda cuando crees que se han equivocado. Tienes 1 mes desde la notificación para presentarla, no necesitas abogado y la resuelve un tribunal independiente. Debes explicar claramente tu caso, aportar pruebas y ser específico en lo que pides. Aunque debería resolverse en 1 año, suele tardar más. Si te deniegan la reclamación, puedes seguir reclamando por otras vías. Es tu derecho como contribuyente y puede ahorrarte mucho dinero.

¿Qué es esta deducción?

Es una deducción en el IRPF autonómico de Castilla y León que premia a los contribuyentes que invierten en la creación o crecimiento de sociedades en la comunidad: sociédades anónimas, limitadas o laborales. El objetivo es impulsar el tejido empresarial de Castilla y León facilitando el acceso a capital para nuevas empresas y pymes.

¿Cuánto puedes deducirte?

  • 20% de las cantidades invertidas en la adquisición de acciones o participaciones.
  • Importe máximo de la deducción: 10.000 €.
  • La inversión debe representar entre el 0,5% y el 45% del capital social de la empresa.

Requisitos para aplicar la deducción

  • La inversión debe ser en acciones o participaciones de sociedades anónimas, limitadas o laborales mediante acuerdos de constitución o ampliación de capital.
  • El porcentaje de participación adquirido debe ser mínimo del 0,5% y máximo del 45% del capital social.
  • La sociedad debe incrementar su plantilla global o el número de contratos con autónomos en el año de la inversión o en el siguiente, manteniéndolo durante tres años.
  • Las acciones o participaciones deben mantenerse en el patrimonio del contribuyente al menos tres años.
  • La suma de la base imponible general más la base imponible del ahorro menos el mínimo personal y familiar no puede superar 18.900 € en tributación individual o 31.500 € en conjunta.
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**Se incluyen hasta 3 declaraciones automáticas. La FED es un trámite distinto y puede requerir otros documentos.

¿Cómo aplicar la deducción en la declaración de la renta?

  • Incluye la deducción en el apartado de deducciones autonómicas de Castilla y León.
  • Guarda la escritura de constitución o ampliación de capital y los documentos que acrediten tu inversión.
  • Asegúrate de que la empresa cumple el requisito de incremento de plantilla en los plazos establecidos.

Preguntas frecuentes sobre la deducción de emprendimiento en Castilla y León

¿Qué pasa si vendo las acciones antes de los tres años?

Si transmites las acciones o participaciones antes de que transcurran tres años desde su adquisición, perderás el derecho a la deducción y deberás devolver las cantidades deducidas junto con los intereses de demora correspondientes.

¿Puedo combinar esta deducción con la estatal por inversión en empresas de nueva creación?

Sí, pueden ser complementarias si la empresa cumple los requisitos de ambas normativas. La deducción estatal (hasta el 50% de la inversión, con límite de 100.000 €) aplica sobre la cuota estatal, mientras que esta deducción autonómica del 20% aplica sobre la cuota autonómica.

¿Esta deducción aplica si invierto en una empresa de Castilla y León estando yo fuera de la comunidad?

No. Esta deducción autonómica es exclusiva para contribuyentes con residencia fiscal en Castilla y León. Si resides en otra comunidad, aplicarás las deducciones de tu comunidad de residencia, no las de Castilla y León.

Conclusión: El incentivo fiscal para inversores que apuestan por Castilla y León

Con hasta 10.000 € de deducción y un porcentaje del 20%, esta deducción es una de las más potentes de la comunidad para quienes invierten en el tejido empresarial local.

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Autor
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