En Castilla y León, la llegada de varios hijos a la vez —ya sea por un parto múltiple o por adopciones simultáneas— genera una deducción adicional en el IRPF. Esta se suma a la deducción ordinaria por nacimiento o adopción y puede representar un ahorro fiscal significativo.
Te explicamos cómo funciona, cuánto puedes deducirte y qué requisitos debes cumplir.
La reclamación económico-administrativa es un procedimiento gratuito para impugnar decisiones de Hacienda cuando crees que se han equivocado. Tienes 1 mes desde la notificación para presentarla, no necesitas abogado y la resuelve un tribunal independiente. Debes explicar claramente tu caso, aportar pruebas y ser específico en lo que pides. Aunque debería resolverse en 1 año, suele tardar más. Si te deniegan la reclamación, puedes seguir reclamando por otras vías. Es tu derecho como contribuyente y puede ahorrarte mucho dinero.
Es un complemento a la deducción por nacimiento o adopción de Castilla y León, específicamente diseñado para los casos en que en un mismo año (o en un período de 12 meses) nacen o se adoptan dos o más hijos simultáneamente. Esta deducción adicional reconoce el mayor esfuerzo económico que supone para una familia la llegada de varios hijos a la vez.
La deducción adicional por parto múltiple o adopción simultánea equivale a:
Ejemplo: Si tienes gemelos y se trata de tu primer y segundo hijo (siendo el primero el número 1 y el segundo el número 2 a efectos de la deducción), la deducción por nacimiento sería 1.010 € + 1.475 € = 2.485 €. El complemento por parto múltiple añadiría el 50% de esta cantidad: 2.485 € × 50% = 1.242,5 €. Total: 3.727,5 €.
Esta deducción también se aplica a los nacimientos o adopciones independientes que se produzcan en un período de 12 meses.
Sí. Si tus gemelos son tus primeros y segundos hijos, la deducción base sería 1.010 € (primer hijo) + 1.475 € (segundo hijo) = 2.485 €. El complemento por parto múltiple añadiría el 50% de esa cantidad, es decir, 1.242,50 € adicionales.
Sí. La normativa de Castilla y León contempla expresamente los nacimientos o adopciones independientes que se produzcan en un período de 12 meses, no solo los simultáneos.
Sí. Si el hijo nacido o adoptado tiene una discapacidad igual o superior al 33%, las cantidades de la deducción por nacimiento o adopción se duplican, y el complemento por parto múltiple se calcula sobre ese importe ya duplicado.
Castilla y León es una de las comunidades autónomas con los incentivos fiscales más elevados en casos de partos y adopciones múltiples. Asegúrate de no perderte este complemento en tu declaración.
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