Deducción por gastos de adopción en Castilla y León

Si has adoptado un hijo en Castilla y León, puedes deducirte 784 € en tu IRPF. Si la adopción es internacional, el importe sube a 3.625 €.

Actualizado en:
25/3/2026
La deducción por gastos de adopción en Castilla y León te permite ahorrar 784 € por adopción nacional o 3.625 € por adopción internacional en tu declaración de la renta.

Adoptar un hijo supone un esfuerzo económico y emocional considerable. Por eso, Castilla y León ofrece una deducción en el IRPF para compensar parcialmente los gastos de adopción: 784 € por adopción nacional y hasta 3.625 € si la adopción es internacional.

Te explicamos cómo funciona y qué requisitos debes cumplir para aplicarla en tu declaración.

Contenidos:

La reclamación económico-administrativa es un procedimiento gratuito para impugnar decisiones de Hacienda cuando crees que se han equivocado. Tienes 1 mes desde la notificación para presentarla, no necesitas abogado y la resuelve un tribunal independiente. Debes explicar claramente tu caso, aportar pruebas y ser específico en lo que pides. Aunque debería resolverse en 1 año, suele tardar más. Si te deniegan la reclamación, puedes seguir reclamando por otras vías. Es tu derecho como contribuyente y puede ahorrarte mucho dinero.

¿Qué es esta deducción?

Es una deducción en el IRPF autonómico de Castilla y León destinada a compensar los gastos que conlleva el proceso de adopción. Se puede aplicar en el ejercicio en que se completa la adopción (fecha de inscripción en el Registro Civil o resolución judicial o administrativa) y tiene una cuantía mayor cuando la adopción es internacional, reconociendo los mayores trámites y costes que implica.

¿Cuánto puedes deducirte?

  • 784 € por adopción nacional.
  • 3.625 € por adopción internacional.

Si dos progenitores tienen derecho a la deducción, el importe se prorratea a partes iguales entre ambos.

Esta deducción es compatible con la deducción por nacimiento o adopción de hijos, por lo que podrás aplicar ambas en el mismo ejercicio.

Requisitos para aplicar la deducción

  • La adopción debe estar completada en el ejercicio fiscal, es decir, se debe haber producido la inscripción en el Registro Civil o la correspondiente resolución judicial o administrativa.
  • El contribuyente debe tener su residencia habitual en Castilla y León.
  • Para la adopción internacional, deben acreditarse los trámites realizados en el extranjero.
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**Se incluyen hasta 3 declaraciones automáticas. La FED es un trámite distinto y puede requerir otros documentos.

¿Cómo aplicar la deducción en la declaración de la renta?

  • Incluye la deducción por adopción en el apartado de deducciones autonómicas de Castilla y León.
  • Aplícala en el año en que se haya inscrito al menor en el Registro Civil español o en que se haya dictado la resolución judicial o administrativa.
  • Guarda la documentación del proceso de adopción como respaldo en caso de requerimiento de Hacienda.

Preguntas frecuentes sobre la deducción por adopción en Castilla y León

¿En qué año puedo aplicar esta deducción?

En el año en que se completa la adopción, que se considera la fecha de inscripción en el Registro Civil español o, si no es necesaria esa inscripción, la fecha de la resolución judicial o administrativa correspondiente.

¿Esta deducción es compatible con la deducción por nacimiento o adopción de hijos?

Sí, son compatibles. Puedes aplicar tanto la deducción por adopción (784 € o 3.625 €) como la deducción por nacimiento/adopción de hijos (1.010 €, 1.475 € o 2.351 € según el número de orden del hijo) en la misma declaración.

¿Cómo se justifica que la adopción es internacional?

Mediante la documentación del proceso de adopción en el extranjero: certificados de los organismos competentes del país de origen, resoluciones judiciales o administrativas extranjeras y su correspondiente reconocimiento en España. Guarda toda la documentación por si Hacienda la solicita.

Conclusión: Castilla y León reconoce fiscalmente el esfuerzo de adoptar

Esta deducción es una muestra del apoyo de Castilla y León a las familias adoptantes. Si has completado una adopción este año, no olvides incluirla en tu declaración junto con la deducción por nacimiento o adopción de hijos.

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