Deducción en Aragón por nacimiento o adopción de un hijo con discapacidad del 33% o superior

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Si acabas de tener o adoptar un hijo con una discapacidad reconocida del 33% o superior, debes saber que puedes acceder a una deducción en la declaración de la renta. Aquí te explicamos de forma clara cuánto puedes deducir, los requisitos y el proceso para que puedas beneficiarte de este ahorro.

¿Cuánto puedes deducir?

La deducción por nacimiento o adopción de un hijo con discapacidad es de 200 euros por cada hijo nacido o adoptado en el año fiscal y que cumpla con el grado de discapacidad exigido.

Además, si tienes más de un hijo con estas características, esta deducción se aplicará por cada hijo de forma individual. Ten en cuenta que esta deducción es compatible con otras, como la de nacimiento o adopción del tercer hijo o sucesivos, por lo que podrás beneficiarte de ambas si cumples los requisitos.

Condiciones para aplicar la deducción

Para aprovechar esta deducción en la declaración de la renta, es necesario cumplir algunas condiciones específicas:

  1. Grado de discapacidad: El hijo debe contar con un grado de discapacidad igual o superior al 33%. Si el porcentaje es inferior, no se aplicará esta deducción.
  2. Convivencia: Si el hijo convive con más de un contribuyente (por ejemplo, los dos padres), la deducción se dividirá en partes iguales entre ambos.
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Documentación necesaria

La Agencia Tributaria podría solicitar que justifiques la situación de discapacidad de tu hijo, por lo que es conveniente contar con la siguiente documentación:

  • Certificado de discapacidad que acredite el grado igual o superior al 33%.
  • Libro de familia actualizado para confirmar la relación con el menor.
  • Justificante de convivencia, si fuera necesario.

Guardar esta documentación será útil en caso de que te pidan algún comprobante para validar la deducción.

Cómo aplicar la deducción

Al hacer tu declaración de la renta, encontrarás esta deducción en el apartado de deducciones autonómicas de Aragón, en las casillas 866 a 882. Estas casillas incluyen varias deducciones específicas de la comunidad, por lo que asegúrate de revisar bien y seleccionar la correspondiente a nacimiento o adopción de un hijo con discapacidad.

Preguntas frecuentes

¿Esta deducción es aplicable en años futuros?

No, se aplica únicamente en el ejercicio fiscal en el que ocurre el nacimiento o la adopción.

¿Es compatible con la deducción por nacimiento de un tercer hijo?

Sí, ambas deducciones son compatibles, por lo que puedes beneficiarte de las dos.

¿Debo presentar los documentos al hacer la declaración?

No, pero debes conservarlos por si la Agencia Tributaria los solicita más adelante.

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