Deducción en Aragón por nacimiento o adopción del primer o segundo hijo en municipios de menos de 10.000 habitantes

Descubre cómo deducir hasta 300 euros en tu declaración si vives en un pueblo pequeño y has tenido o adoptado a tu primer o segundo hijo.

Actualizado en:
10/6/2026
Resumiendo:
Deducción por nacimiento o adopción en municipios de menos de 10.000 habitantes en Aragón: hasta 100-150€ por hijo (o 200-300€ si tienes rentas bajas). Solo aplica el año del nacimiento y requiere empadronamiento previo.

Si has tenido o adoptado a tu primer o segundo hijo en un municipio pequeño, puedes acceder a una deducción especial en la declaración de la renta. Esta ayuda fiscal está pensada para quienes viven en poblaciones de menos de 10.000 habitantes. Aquí te explicamos cuánto puedes deducir, qué requisitos debes cumplir y cómo aplicar esta deducción en tu declaración.

Contenidos:

¿Cuánto puedes deducir?

El importe de la deducción varía en función del número de hijos y de tus ingresos:

  • 100 euros si es el primer hijo.
  • 150 euros si es el segundo hijo.

Estos importes y los límites de renta están recogidos en el manual de deducciones autonómicas del IRPF 2025 de la Agencia Tributaria.

    Para quienes tienen ingresos más bajos, el importe de la deducción aumenta:

    • 200 euros por el primer hijo o 300 euros por el segundo, siempre que la base imponible (la suma de tus ingresos) no supere:
      • 23.000 euros en declaración individual.
      • 35.000 euros en declaración conjunta.

    Condiciones para aplicar la deducción

    Para beneficiarte de esta deducción, es importante que cumplas con los siguientes requisitos:

    1. Residencia en un municipio pequeño: Tanto en el año del nacimiento o adopción como en el anterior, debes haber residido en un municipio con menos de 10.000 habitantes. La Agencia Tributaria exige residencia en el año del nacimiento o adopción y en el anterior en municipios aragoneses cuya población de derecho sea inferior a 10.000 habitantes.
    2. Aplicable solo en el año del nacimiento o adopción: La deducción solo es válida durante el ejercicio fiscal en el que ocurre el nacimiento o adopción del hijo.
    3. Prorrateo en caso de varios contribuyentes: Si el hijo convive con más de un contribuyente (por ejemplo, los dos padres), la deducción se divide en partes iguales, tal y como recoge la Agencia Tributaria.
    4. Compatibilidad con otras deducciones: Esta deducción no es compatible con la deducción por nacimiento o adopción de un hijo con discapacidad.

    Documentación necesaria

    Para asegurarte de que la Agencia Tributaria valide esta deducción, conserva la siguiente documentación:

    • Certificado de empadronamiento que acredite tu residencia en el municipio pequeño.
    • Libro de familia o documentos oficiales que prueben el nacimiento o adopción del hijo.

    Estos documentos pueden ser solicitados para verificar el cumplimiento de los requisitos.

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    Preguntas
    frecuentes

    ¿Cuánto dinero puedo deducirme por tener un hijo en un pueblo pequeño?
    La cuantía depende del orden del descendiente y de los ingresos del contribuyente. Por el primer hijo la deducción autonómica aragonesa es de 100 € y por el segundo de 150 €. Si los ingresos son inferiores a 23.000 € (individual) o 35.000 € (conjunta), las cuantías se elevan a 200 € (primer hijo) y 300 € (segundo).
    ¿Qué requisitos debo cumplir para acceder a esta deducción?
    Los requisitos son: residir en municipio de Aragón con población inferior a 10.000 habitantes durante el ejercicio del nacimiento o adopción y el ejercicio anterior; aplicar la deducción solo en el ejercicio del hecho causante; y si conviven dos contribuyentes con derecho a la deducción, dividir el importe a partes iguales entre ambos progenitores.
    ¿Puedo combinar esta deducción con otras ayudas por hijos?
    La deducción autonómica aragonesa por nacimiento o adopción del primer o segundo hijo en municipios pequeños es compatible con la mayoría de deducciones por descendientes. No obstante, es incompatible con la deducción específica por nacimiento o adopción de un hijo con discapacidad del 33% o superior. En este caso el contribuyente debe elegir una de las dos.
    ¿Necesito presentar algún documento especial al hacer la declaración?
    No es necesario adjuntar documentación al presentar la declaración del IRPF. Conviene conservar el certificado de empadronamiento que acredite la residencia en el municipio elegible, libro de familia o resolución de adopción y demás documentación acreditativa. La Agencia Tributaria puede requerirla con posterioridad en un procedimiento de comprobación durante el periodo de prescripción fiscal.

    Cómo aplicar la deducción

    Esta deducción se aplica en el apartado de deducciones autonómicas de Aragón, específicamente en las casillas 866 a 882, junto con otras deducciones autonómicas de la comunidad. Asegúrate de seleccionar correctamente la deducción por nacimiento o adopción en municipios de menos de 10.000 habitantes y el importe adecuado según tu situación familiar e ingresos.

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