¿Has comprado o rehabilitado tu primera vivienda en un núcleo rural de menos de 3.000 habitantes? Entonces podrías acceder a una deducción autonómica en tu declaración de la renta. Te explico cuánto puedes deducir, los requisitos que debes cumplir y cómo aplicar esta ayuda fiscal para obtener el máximo beneficio.
La reclamación económico-administrativa es un procedimiento gratuito para impugnar decisiones de Hacienda cuando crees que se han equivocado. Tienes 1 mes desde la notificación para presentarla, no necesitas abogado y la resuelve un tribunal independiente. Debes explicar claramente tu caso, aportar pruebas y ser específico en lo que pides. Aunque debería resolverse en 1 año, suele tardar más. Si te deniegan la reclamación, puedes seguir reclamando por otras vías. Es tu derecho como contribuyente y puede ahorrarte mucho dinero.
La deducción es del 7,5% del gasto que hayas realizado en la compra o rehabilitación de tu vivienda habitual durante el año fiscal. Este porcentaje se aplica sobre el importe pagado, lo que supone un ahorro significativo si cumples con las condiciones.
Para poder beneficiarte de esta deducción, debes cumplir con varios requisitos importantes:
Si cumples con estos requisitos, podrás aplicar la deducción y disfrutar del beneficio fiscal.
Resolvemos las dudas más comunes sobre esta deducción autonómica para jóvenes que compran o rehabilitan su primera vivienda en pueblos pequeños.
Puedes deducirte el 7,5% de lo que hayas pagado durante el año por la compra o rehabilitación de tu vivienda. Por ejemplo, si has pagado 10.000 euros en el año, podrás deducirte 750 euros en tu declaración de la renta.
Se considera núcleo rural cualquier municipio o localidad que tenga menos de 3.000 habitantes. Debe ser la población oficial del municipio donde está ubicada tu vivienda.
Sí, si ambos cumplís los requisitos (menores de 36 años, primera vivienda, límite de ingresos), cada uno puede aplicar la deducción de forma individual sobre la parte que le corresponda del pago.
Debes establecer tu residencia habitual en la vivienda, lo que significa empadronarte y vivir allí de forma permanente. Generalmente, se considera vivienda habitual aquella en la que resides al menos 3 años de forma ininterrumpida.
Puedes seguir aplicando la deducción cada año mientras sigas pagando por la vivienda (hipoteca, por ejemplo) y cumplas todos los requisitos, especialmente el de edad y límite de ingresos.
Si superas este límite, no podrás aplicar la deducción ese año. La base imponible es el resultado de restar a tus ingresos las reducciones legales, y suele equivaler aproximadamente a unos 23.000 euros de ingresos brutos.
Sí, todos los gastos relacionados con la adquisición de la vivienda pueden incluirse en la base de la deducción, incluyendo notaría, registro, gestoría e impuestos como el ITP o el IVA.
Debes tener menos de 36 años a 31 de diciembre del año fiscal. Si cumples 36 años durante ese año, ese será el último año en el que podrás aplicar la deducción.
Asegúrate de conservar la siguiente documentación para justificar la deducción si la Agencia Tributaria te la solicita:
Tener todo esto preparado es importante en caso de que Hacienda necesite comprobar que cumples los requisitos.
Esta deducción se aplica en el apartado de deducciones autonómicas de Aragón, dentro de las casillas 866 a 882 en tu declaración de la renta. Al realizar tu declaración, asegúrate de indicar el importe correcto y de cumplir con todos los requisitos. Si compartes la vivienda con otra persona que también cumple las condiciones, cada uno puede aplicar la deducción de forma individual.
Si te resulta complicado o no quieres preocuparte por los detalles, en TaxDown podemos ayudarte a aplicar todas las deducciones disponibles y a realizar tu declaración sin errores.
No, solo se aplica a viviendas adquiridas después del 1 de enero de 2012.
No, es necesario ser menor de 36 años para beneficiarte de esta deducción.
No, pero es importante conservarla por si la Agencia Tributaria necesita realizar una verificación.
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