Si has entregado tu vivienda habitual al banco en una dación en pago y has firmado un contrato de arrendamiento con opción a compra, podrías beneficiarte de una deducción en tu declaración de la renta. Aquí te explicamos cuánto puedes deducir, los requisitos y el proceso para que no te dejes ningún ahorro sin aplicar.
La deducción es del 10% de los pagos que hayas realizado durante el año por el arrendamiento de tu vivienda habitual, vinculada a la dación en pago. Sin embargo, el importe máximo que puedes deducir es de 4.800 euros anuales. Esto significa que, aunque pagues más, solo se aplicará el 10% hasta ese límite.
Para poder aplicar esta deducción en tu declaración, debes cumplir con los siguientes requisitos:
Si cumples todos estos requisitos, podrás aplicar la deducción y reducir la carga fiscal en tu declaración.
Es importante tener a mano la documentación que podría requerir la Agencia Tributaria para justificar la deducción:
Conserva estos documentos, ya que serán necesarios si Hacienda realiza una revisión o solicita pruebas adicionales.
Para aplicar esta deducción, ve al apartado de deducciones autonómicas de Aragón en las casillas 866 a 882 de tu declaración de la renta. Asegúrate de indicar correctamente la deducción por arrendamiento vinculado a dación en pago y de no superar el límite máximo permitido de 4.800 euros.
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