Deducción en Baleares por gastos relativos a ascendientes mayores de 65 años

Deduce hasta 660 € al año por cuidar de tus padres o abuelos mayores de 65 años. Te contamos cómo aplicar esta ventaja fiscal.

Actualizado en:
9/2/2026
Resumiendo:
Deducción en Baleares por gastos en ascendientes mayores de 65 años: puedes deducirte el 40% de los gastos en centros de día, custodia o cuidadores, con un límite de 660 € anuales. Te contamos los requisitos y cómo aplicarla.

Si tienes a tu cargo un ascendiente mayor de 65 años y cubres gastos de centro de día, custodia, comedor o cuidadores, puedes aplicarte una deducción en la renta.

Contenidos:

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¿Cuánto puedes deducir?

Puedes deducirte el 40% de los gastos, con un límite de 660 € anuales.

Este descuento fiscal también se aplica si el ascendiente tiene una discapacidad, sin importar la edad.

Requisitos para Aplicar a la Deducción

Para aplicar esta deducción, asegúrate de cumplir con lo siguiente:

  • El gasto debe ser: en centros de día, servicios de custodia o contratación de cuidadores (deben estar dados de alta en la Seguridad Social).
  • Base imponible: general y del ahorro no debe superar los 33.000 euros en tributación individual ni los 52.800 en tributación conjunta.
  • Si varios contribuyentes tienen derecho a la deducción, se prorratea entre ellos.
  • No compatible con la deducción por gastos en descendientes menores de 6 años.
  • Los pagosdeben realizarse: con tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en cuenta (es decir, nunca en efectivo).

Documentación necesaria

Asegúrate de tener:

  • Facturas de los gastos, donde se detallen los servicios prestados
  • .Justificante de pago, que demuestre que se realizó con tarjeta, transferencia o cheque.
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**Se incluyen hasta 3 declaraciones automáticas. La FED es un trámite distinto y puede requerir otros documentos.

Preguntas frecuentes sobre la deducción por gastos de ascendientes mayores de 65 años en Baleares

Si cuidas de un familiar mayor y quieres saber cómo beneficiarte de esta deducción fiscal, aquí resolvemos las dudas más comunes de forma clara y sencilla.

¿Qué cantidad puedo deducirme por estos gastos?

Puedes deducirte el 40% de los gastos que hayas pagado en centros de día, custodia o cuidadores para tu ascendiente mayor de 65 años, con un límite máximo de 660 euros al año. Es una ayuda importante que puede reducir considerablemente lo que pagas en tu declaración de la renta.

¿Qué requisitos debe cumplir mi ascendiente para que yo pueda aplicar la deducción?

Tu ascendiente debe tener más de 65 años, aunque también puedes aplicar la deducción si tiene una discapacidad reconocida independientemente de su edad. Además, tú debes estar cubriendo gastos relacionados con su cuidado, como centros de día, servicios de custodia o cuidadores profesionales dados de alta en la Seguridad Social.

¿Hay límite de ingresos para poder aplicar esta deducción?

Sí, tu base imponible (general y del ahorro) no puede superar los 33.000 euros si haces la declaración individual, o los 52.800 euros si la haces conjunta. Si superas estos límites, no podrás beneficiarte de esta deducción.

¿Qué tipo de gastos son deducibles exactamente?

Solo puedes deducir gastos relacionados con centros de día, servicios de custodia o la contratación de cuidadores que estén dados de alta en la Seguridad Social. No valen otros gastos como medicamentos, ropa o alimentación fuera de estos servicios específicos.

¿Cómo debo pagar estos servicios para poder deducirlos?

Es muy importante que no pagues en efectivo. Hacienda solo acepta pagos realizados con tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en cuenta. Guarda siempre los justificantes de pago porque te los pueden pedir.

¿Qué pasa si varios hermanos pagamos los gastos de nuestro padre o madre?

En ese caso, la deducción se reparte proporcionalmente entre todos los contribuyentes que tengan derecho a ella, según lo que cada uno haya pagado. Es importante que os pongáis de acuerdo y que cada uno declare correctamente su parte.

¿Puedo combinar esta deducción con otras deducciones autonómicas?

Esta deducción no es compatible con la deducción por gastos en descendientes menores de 6 años. Sin embargo, puedes combinarla con otras deducciones autonómicas siempre que cumplas los requisitos de cada una.

¿Qué documentos necesito guardar para justificar la deducción?

Debes conservar las facturas detalladas de los servicios prestados y los justificantes de pago que demuestren que pagaste con un medio aceptado por Hacienda (tarjeta, transferencia o cheque). Es fundamental tener todo bien documentado por si te lo requieren.

¿En qué casilla de la declaración de la renta debo incluir esta deducción?

Esta deducción se incluye en las casillas 898 a 915 de tu declaración de la renta, en el apartado de deducciones autonómicas de Baleares. Si usas un programa como TaxDown, el sistema te guiará automáticamente para aplicarla correctamente.

¿En qué casilla puedes aplicarte la deducción?

Si pagas servicios de cuidado para un mayor de 65 años, aprovecha esta deducción y paga menos impuestos. Inclúyela en las casillas 898 – 915 de tu declaración de la renta. Ten en cuenta los límites de renta y el prorrateo si aplica.

En TaxDown nos aseguramos de que apliques todas las ventajas fiscales posibles y consigas el máximo ahorro.

Preguntas frecuentes

¿Puedo deducir cualquier tipo de gasto en mayores de 65 años?

No, solo los relacionados con centros de día, custodia y cuidadores dados de alta en la Seguridad Social.

¿Qué pasa si mi hermano/a también paga estos gastos?

La deducción se reparte entre los contribuyentes que tengan derecho a ella.

¿Puedo pagar en efectivo y luego deducirlo?

No, Hacienda solo acepta pagos con tarjeta, transferencia, cheque o ingreso en cuenta.

¿Tienes más dudas?

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