¿Tienes hijos pequeños y te enfrentas a los gastos de conciliación? Si vives en Baleares, esta deducción puede ayudarte a ahorrar en tu declaración de la renta. Aquí te explicamos cómo funciona.
La reclamación económico-administrativa es un procedimiento gratuito para impugnar decisiones de Hacienda cuando crees que se han equivocado. Tienes 1 mes desde la notificación para presentarla, no necesitas abogado y la resuelve un tribunal independiente. Debes explicar claramente tu caso, aportar pruebas y ser específico en lo que pides. Aunque debería resolverse en 1 año, suele tardar más. Si te deniegan la reclamación, puedes seguir reclamando por otras vías. Es tu derecho como contribuyente y puede ahorrarte mucho dinero.
Para beneficiarte de esta deducción, debes cumplir con los siguientes criterios:
Asegúrate de tener:
Si tienes hijos pequeños y vives en Baleares, es normal que te surjan dudas sobre cómo aprovechar esta deducción. Aquí resolvemos las preguntas más comunes para que puedas ahorrar en tu declaración de la renta.
Puedes deducirte el 40% de los gastos anuales con un límite de 660€. Sin embargo, si eres menor de 36 años, tienes una discapacidad igual o superior al 33%, o formas parte de una familia numerosa o monoparental, el porcentaje sube al 50% con un tope de 900€ al año.
Puedes incluir gastos de guarderías y escuelas infantiles para niños de 0 a 3 años, así como servicios de custodia, comedor y actividades extraescolares para niños de 3 a 6 años. También son deducibles los gastos de contratar a una persona empleada del hogar para el cuidado de tus hijos, siempre que esté dada de alta en la Seguridad Social.
No, es imprescindible que todos los pagos se realicen con tarjeta. Los pagos en efectivo no son válidos para aplicar esta deducción, así que asegúrate de guardar los comprobantes de pago con tarjeta.
Sí, para poder aplicar la deducción, la suma de tus bases imponibles no puede superar los 33.000€ si presentas la declaración individual, o los 52.800€ si la presentas de forma conjunta. Si superas estos límites, no podrás beneficiarte de esta ayuda.
Sí, si contratas a alguien para el cuidado de tus hijos en casa, esa persona debe estar dada de alta en el régimen especial de empleados del hogar de la Seguridad Social. Sin este requisito, no podrás deducirte esos gastos.
Debes conservar todos los recibos o comprobantes de pago que demuestren que has pagado con tarjeta. Además, si has contratado a una persona empleada del hogar, necesitarás la documentación que acredite su alta en la Seguridad Social. Hacienda puede solicitarte estos documentos en cualquier momento.
Esta deducción se incluye en las casillas 898 a 915 de tu declaración de la renta. Si tienes dudas sobre cómo rellenarlas correctamente, es recomendable que consultes con un asesor fiscal o utilices herramientas especializadas que te guíen en el proceso.
Sí, puedes aplicar la deducción por los gastos realizados hasta que tu hijo cumpla los 6 años. Los gastos posteriores a esa fecha ya no serían deducibles bajo este concepto, así que es importante que separes bien los periodos en tu documentación.
Incluye esta deducción en las casillas 898 – 915 de tu declaración de la renta. Asegúrate de que los gastos cumplen con los requisitos y que puedes justificar los pagos si Hacienda los solicita.
No, los pagos deben realizarse con tarjeta para que sean deducibles.
Sí, si contratas a alguien, debe estar dada de alta en el régimen especial de la Seguridad Social.
No, solo si no superas los límites de renta: 33.000 euros en individual o 52.800 euros en conjunta.
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