¿Sabías que si vives de alquiler en las Islas Baleares puedes aplicar una deducción en tu declaración de la renta? Aquí te explicamos cómo funciona para que no dejes escapar este ahorro.
La reclamación económico-administrativa es un procedimiento gratuito para impugnar decisiones de Hacienda cuando crees que se han equivocado. Tienes 1 mes desde la notificación para presentarla, no necesitas abogado y la resuelve un tribunal independiente. Debes explicar claramente tu caso, aportar pruebas y ser específico en lo que pides. Aunque debería resolverse en 1 año, suele tardar más. Si te deniegan la reclamación, puedes seguir reclamando por otras vías. Es tu derecho como contribuyente y puede ahorrarte mucho dinero.
Si cumples con los requisitos, puedes deducirte el 15% de lo que pagas de alquiler cada año, hasta un máximo de 530 euros si eres menor de 36 años o mayor de 65 en situación de desempleo. Pero si eres menor de 30 años, tienes una discapacidad, igual o menor al 33% formas parte de una familia numerosa o monoparental, la deducción sube al 20% con un máximo de 650 euros.
Para acceder a esta deducción, debes cumplir con lo siguiente:
Para aplicar la deducción, necesitarás:
Resolvemos las dudas más comunes sobre cómo aplicar esta deducción en tu declaración de la renta si vives de alquiler en las Islas Baleares.
Depende de tu situación personal. Si eres menor de 36 años o mayor de 65 en desempleo, puedes deducirte el 15% de tu alquiler anual, con un máximo de 530 euros. Pero si eres menor de 30 años, tienes una discapacidad del 33% o más, o formas parte de una familia numerosa o monoparental, la deducción sube al 20% y puedes llegar hasta 650 euros de ahorro.
No, uno de los requisitos clave es que se haya constituido un depósito de fianza a favor del arrendador. Sin este registro, no podrás beneficiarte de la deducción.
No puedes aplicar la deducción si algún familiar es titular de una vivienda a menos de 70 kilómetros de tu residencia habitual. Esta norma existe para asegurar que la deducción se destina a quienes realmente necesitan alquilar por no tener alternativas cercanas.
No, esta deducción es incompatible con cualquier otra deducción por inversión en vivienda habitual. Tendrás que elegir la que más te beneficie según tu situación.
Sí, la suma de tus bases imponibles no puede superar los 33.000 euros en declaración individual o 52.800 euros en conjunta. Si eres menor de 30 años, tienes discapacidad o perteneces a una familia numerosa o monoparental, estos límites se amplían hasta 39.600 euros.
Necesitarás el contrato de alquiler, los justificantes de pago del alquiler, y el comprobante de que se ha depositado la fianza. Es importante guardar todos estos documentos por si Hacienda te los solicita.
Deberás incluirla en las casillas 898 a 915 de tu declaración de la renta, que están reservadas específicamente para las deducciones autonómicas de Baleares.
Sí, el contrato debe ser de tu vivienda habitual y tener una duración de 1 año o más. Los alquileres temporales o de corta duración no dan derecho a esta deducción.
Deberás incluir esta deducción en tu declaración de la renta dentro de las casillas 898 – 915, que están reservadas para las deducciones autonómicas de Baleares. Asegúrate de tener toda la documentación que acredite tu derecho a la deducción, y recuerda revisar que tu base imponible no supere los límites establecidos.
No, uno de los requisitos clave es que se haya constituido un depósito de fianza a favor del arrendador.
No puedes aplicar la deducción si algún familiar es titular de una vivienda a menos de 70 kilómetros de tu residencia habitual.
No, es incompatible con cualquier deducción por inversión en la vivienda habitual.
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