Casilla 1050: qué se pone y por qué no va sin la 2016

Qué se pone en la casilla 1050 de la Comunidad de Madrid, dónde está en el modelo 100 y por qué esa fila no se rellena sola: el modelo pide al lado la casilla 2016 del código de cuenta de cotización.

Actualizado en:
8/9/2026
Resumiendo:

En la casilla 1050 del modelo 100 va el importe ya calculado de la deducción autonómica madrileña por cuidado de hijos menores de 3 años, mayores dependientes y personas con discapacidad: el 25 % de las cuotas ingresadas al Sistema Especial de Empleados de Hogar, con el límite de 463,95 euros al año, o el 40 % con el límite de 618,60 euros si eres titular de familia numerosa. Ojo con la base: no son las cuotas de los doce meses, sino las de los meses en los que concurre alguna de las cuatro circunstancias del artículo 11 bis.2 de la norma madrileña, y además la renta de tu unidad familiar tiene su propio tope. Está en el anexo B.6, bloque «Comunidad de Madrid», y va emparejada en la misma línea con la casilla 2016, «Código cuenta de cotización».

¿Tienes el anexo de deducciones autonómicas abierto, has llegado a la casilla 1050 de la Comunidad de Madrid y no sabes si ahí va lo que le pagas a tu empleada de hogar, lo que cotizas por ella o el resultado de una cuenta?

Te lo resumimos en una línea: en la 1050 va el importe ya calculado de la deducción, no las cuotas en bruto y mucho menos el sueldo. Y hay un detalle que se le pasa a mucha gente: esa casilla viene emparejada con otra, la 2016, en la misma línea del formulario.

Hoy te contamos qué rótulo tiene esa línea, en qué anexo y en qué página está, qué número acaba escrito ahí y qué pasa si te equivocas. La deducción explicada de arriba abajo la tenemos aparte y te la enlazamos: aquí vamos al número.

Contenidos:

¿Qué es la casilla 1050 y dónde está en el modelo 100?

La casilla 1050 recoge el importe de una de las deducciones autonómicas de la Comunidad de Madrid. Su rótulo en el formulario es literal y largo: «Por cuidado de hijos menores de 3 años, mayores dependientes y personas con discapacidad».

Si tienes la declaración delante, esto es lo que estás buscando:

  • 📄 El anexo B.6 del modelo 100, el de «Deducciones autonómicas». No está en el cuerpo principal de la declaración, así que si la buscas por ahí no vas a dar con ella.
  • 📍 Dentro de ese anexo, el bloque encabezado por «Comunidad de Madrid».
  • 🔢 En la lista de ese bloque, entre la casilla 1049 («Por donativos a fundaciones y clubes deportivos») y la casilla 1115 («Por cuidado de ascendientes»).
  • 📚 Si quieres verlo en el original, esa página del modelo es la 45936 del BOE número 76, de 27 de marzo de 2026.

Y aquí llega el detalle que casi nadie ve venir. La 1050 no va sola en su línea. El propio formulario parte esa fila en dos huecos: primero pide «Código cuenta de cotización: 2016» y después «Importe de la deducción ....... 1050». Están impresos uno al lado del otro, en la misma línea del anexo.

👀 Traducido: el modelo te pregunta dos cosas a la vez. Cuánto te deduces, que es la 1050, y por qué cuenta de cotización de la Seguridad Social te lo deduces, que es la 2016. Si contestas solo a la primera, la línea se queda coja.

Una vez rellenada, la 1050 no se queda quieta ahí: se acumula con el resto de deducciones madrileñas en la casilla 0564, «Total deducciones autonómicas», que en el bloque de Madrid suma las casillas 1039 a 1051, las 1115 a 1120 y unas cuantas más de la continuación del anexo. O sea que un número mal puesto aquí arrastra el total.

Y un requisito previo a todo lo demás, que el propio anexo enuncia en su cabecera: las deducciones autonómicas son «aplicables únicamente por los residentes en 2025 en las Comunidades Autónomas que se indican». Si en 2025 no fuiste residente en la Comunidad de Madrid, la 1050 no es tu casilla, por mucho empleo de hogar que tengas contratado. Es el aviso que ordena el caso que más se falla: el de quien se mudó a mitad de año.

Si lo que necesitas es la deducción explicada de arriba abajo (quién tiene derecho, qué situaciones valen, qué papeles hacen falta), eso vive en la ficha de la deducción de Madrid por cuidado de hijos menores de 3 años, mayores dependientes y personas con discapacidad. Esta página es solo el número.

¿Qué se pone exactamente en la casilla 1050?

El importe ya calculado de la deducción. Es decir, el resultado de una cuenta que tienes que hacer tú antes, no un dato en bruto que copies de un recibo y pegues ahí.

Y esa cuenta sale de las cuotas, no del sueldo. Ojo con esto, porque es el error más caro de toda la casilla:

  • Sí entra: las cuotas que ingresaste por cotizaciones al Sistema Especial de Empleados de Hogar del Régimen General de la Seguridad Social.
  • No entra: el salario de la persona que trabaja en tu casa. Ni la nómina, ni las pagas extra, ni el finiquito.

Sobre esas cuotas se aplica el porcentaje: el 25 %, con un límite de deducción de 463,95 euros anuales, o el 40 % con un límite de 618,60 euros si eres titular de una familia numerosa. Son las cuantías que fija el artículo 11 bis.1 del Decreto Legislativo 1/2010 de la Comunidad de Madrid, la norma que crea la deducción, y las mismas que recoge el manual práctico de Renta 2025 de la Agencia Tributaria.

Vamos con el ejemplo, que es donde se entiende de golpe. En los tres, la cifra de partida son ya las cuotas de los meses que dan derecho a la deducción, no las de los doce meses del año:

  1. Las cuotas de esos meses suman 1.840 euros. El 25 % son 460 euros y se queda por debajo del límite, así que en la 1050 escribes 460.
  2. Las cuotas de esos meses suman 2.400 euros. El 25 % son 600 euros, pero el límite es 463,95. En la 1050 escribes 463,95, no 600.
  3. Las mismas cuotas de 2.400 euros, pero eres titular de familia numerosa. El 40 % son 960 euros y el límite sube a 618,60. En la 1050 escribes 618,60.
💡 Cuando el porcentaje se pasa del límite, lo que va en la casilla es el límite. Y no se guarda nada «para el año que viene»: en el bloque de Madrid solo hay casillas de importe pendiente de aplicación en ejercicios siguientes para otra deducción, la de nuevos contribuyentes procedentes del extranjero. Para esta, no existen.

¿Y de dónde saco las cuotas del año? De la Seguridad Social, no del extracto del banco a ojo. Las cuotas de empleo de hogar se cargan el mes siguiente al de la prestación del servicio, y desde tu área personal de Import@ss puedes consultar la cuota y cuándo se carga en tu cuenta. Sumas las de los meses que dan derecho a deducción y ya tienes la base del cálculo.

Porque «los meses que dan derecho» no son automáticamente los doce: la deducción se aplica solo por las cotizaciones correspondientes a los meses del periodo impositivo en los que concurrió alguna de las cuatro circunstancias del artículo 11 bis.2 de la norma madrileña. Cuáles son exactamente, con sus requisitos y su casuística, lo tienes en la ficha de la deducción.

Y guarda los papeles. Las deducciones de esa sección de la norma madrileña, la 1050 incluida, «requerirán justificación documental adecuada», así que conserva lo que acredite las cuotas ingresadas y tu alta como empleador titular del hogar familiar.

¿Qué es la casilla 2016 y por qué va pegada a la casilla 1050?

La casilla 2016 tiene un rótulo de cuatro palabras: «Código cuenta de cotización». Comparte línea con la 1050 en el anexo B.6 y no es un campo de adorno: es la mitad de la información que el modelo pide en esa fila.

El código de cuenta de cotización, el CCC, es el número que la Seguridad Social asigna al empleador cuando contrata por primera vez a una persona en empleo de hogar. Es tu carné de empleador, dicho en fácil.

Tres cosas que conviene tener claras antes de escribirlo:

  • 🏠 Es tuyo como empleador titular del hogar familiar, no de la persona contratada. Su número de la Seguridad Social es otra cosa y no vale aquí.
  • 🗺️ Tiene carácter provincial: si contratas empleo de hogar en provincias distintas, la Seguridad Social te asigna un CCC en cada una de ellas.
  • 🔍 Lo encuentras en «Mi perfil de empleador» de tu área personal de Import@ss. Es el número con el que la Seguridad Social te identifica en los distintos trámites de empleo de hogar.
🧩 Dato que sale del propio formulario: en todo el bloque de la Comunidad de Madrid, la 2016 es la única casilla de código de cuenta de cotización. Otras líneas madrileñas piden un dato acompañante (la 1119 pide precio y año de adquisición en las casillas 2017 y 2018, y la 1120 pide la fecha de efectos del título de familia numerosa en la 2019), pero de cuenta de cotización solo hay una en toda la comunidad.

¿Y para qué tanta insistencia? Por algo más simple de lo que parece: el modelo pide ese código justo al lado del importe, en la misma fila. No es un requisito extra de la deducción, no aparece entre las condiciones que enumera el manual de la Agencia Tributaria para Madrid: es, literalmente, la otra mitad de la línea.

Así que la regla es de las fáciles: esa fila se rellena entera. El importe en la 1050, el código de cuenta de cotización en la 2016, y a otra cosa.

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¿Qué pasa si rellenas mal la casilla 1050?

Cuatro errores, y el primero es el que deja la línea a medias, porque el formulario pide dos datos en esa fila y no uno.

ErrorQué pasa
Dejar la casilla 2016 vacíaEl modelo imprime esa fila con dos huecos, el código de cuenta de cotización y el importe. Si rellenas uno y no el otro, la línea queda incompleta.
Aplicar el porcentaje al sueldo en vez de a las cuotasMultiplicas la base y sale una deducción muy superior a la que te corresponde. Deducción improcedente.
Contar meses que no dan derecho, o servicio por debajo de 40 horas mensualesInflas la base con cotizaciones que no computan, o directamente incumples el requisito de las 40 horas mensuales de servicio que exige el artículo 11 bis.4.a) de la norma madrileña.
Pasarte del límite de renta de la unidad familiarNo hay deducción, por mucho que hayas cotizado: el límite es 30.930 euros multiplicados por el número de miembros.

Sobre el último, un aviso que vemos fallar mucho: ese límite se mide sobre la base imponible, no sobre la liquidable. Lo que se suma es la base imponible general y la del ahorro (las casillas 0435 y 0460) del contribuyente y del resto de miembros de su unidad familiar, y ese total no puede superar los 30.930 euros multiplicados por el número de miembros. Lo fija el artículo 18.2 del Decreto Legislativo 1/2010, que es donde viven los límites de renta de las deducciones madrileñas. Si haces la cuenta con la base liquidable, que es más baja porque ya lleva reducciones aplicadas, te dará que cumples cuando puede que no cumplas.

No confundas la 1050 con estas casillas del mismo modelo

Media docena de deducciones madrileñas suenan parecidas y viven a dos líneas de distancia. Estas son las que más se cruzan:

  • Casilla 1115, «Por cuidado de ascendientes»: es otra deducción madrileña, en el mismo anexo y justo debajo de la 1050. Cuidar de un ascendiente y tener contratada a una persona de empleo de hogar no son la misma cosa ni la misma casilla.
  • Casilla 1042, «Por acogimiento no remunerado de mayores de 65 años y/o con discapacidad»: suena parecido y no tiene nada que ver con el empleo de hogar. La tienes explicada en la ficha del acogimiento no remunerado de mayores de 65 años.
  • Casilla 1120, «Por obtención de la condición de familia numerosa»: ser titular de familia numerosa sube tu 1050 del 25 % al 40 %, pero la deducción por obtener esa condición es otra casilla distinta, en la continuación del anexo y con su propia fecha de efectos del título en la casilla 2019.
  • Casilla 0611, la deducción por maternidad: es estatal, no madrileña, y ni siquiera vive en el anexo de deducciones autonómicas, sino en el apartado de cuota diferencial y resultado de la declaración, junto con el incremento por gastos de guardería. Te la contamos en deducciones por maternidad.
  • El cheque guardería de la Comunidad de Madrid: el cheque en sí es una ayuda con su propia solicitud, no una casilla. Pero ojo con la conclusión fácil, porque la guardería sí tiene sitio en el anexo madrileño: los gastos de escolaridad del primer ciclo de Educación Infantil van a la casilla 1044, «Por gastos educativos», con un límite de 1.031 euros por hijo y contando solo las cantidades que no se abonen mediante precios públicos ni precios privados autorizados por la Administración. Y esa base se minora en el importe de las becas y ayudas obtenidas de la Comunidad de Madrid o de cualquier otra Administración Pública que cubran esos gastos. Lo tienes desarrollado en la ficha de la deducción por gastos educativos de Madrid, y aquí te explicamos cómo pedir el cheque guardería en Madrid.

¿La casilla 1050 es siempre la 1050?

No, y esto importa si has llegado hasta aquí con la declaración de otro año delante. El número 1050 corresponde al modelo 100 de la Renta 2025, el aprobado por la Orden HAC/277/2026. Los anexos de deducciones autonómicas se reordenan de un ejercicio a otro, así que en otra campaña ese mismo concepto puede llevar otro número.

Hay una segunda cosa que despista todavía más: la numeración va por bloques de comunidad autónoma, no por concepto. En el mismo anexo se ve clarísimo con el arrendamiento de vivienda habitual, que es la casilla 1043 en el bloque de Madrid y la 0991 en el de la Región de Murcia. Misma deducción de nombre, casillas distintas.

Y no es solo el número lo que cambia de un año a otro. Los porcentajes y los límites también tienen su propia fecha de efectos: el 25 % con 463,95 euros y el 40 % con 618,60 euros son de aplicación a los periodos impositivos que se inicien a partir del 1 de enero de 2023. Para ejercicios anteriores la norma madrileña llevaba otros porcentajes y otros límites, así que si vas a rectificar un año viejo hay que ir a la redacción que estuviera vigente en aquel ejercicio, no a estas cifras.

⚠️ Regla práctica: no busques «tu» casilla por el número que recuerdas del año pasado. Busca primero el bloque de tu comunidad dentro del anexo de deducciones autonómicas, después el rótulo de la deducción, y el número al final. Es el único orden que no falla entre ejercicios.

Si quieres ver el patrón con otra casilla madrileña ya resuelta, échale un ojo a la casilla 1043 de Madrid, la del alquiler, y al resto de casillas de la declaración de la renta. Y si lo que quieres es el mapa completo de lo que puedes deducirte viviendo allí, ahí tienes las deducciones autonómicas de Madrid.

¿Y si ya presentaste la declaración sin rellenar la casilla 1050?

Primero el calendario: la campaña de la Renta 2025 fue del 8 de abril al 30 de junio de 2026 y ya está cerrada.

Si te has dado cuenta tarde de que te tocaba esta deducción, no te rayes, porque la vía sigue pasando por rellenar la 1050. Lo que cambia es el envoltorio: se presenta una autoliquidación rectificativa del modelo 100. Es el cauce que fija el artículo 67 bis del Reglamento del IRPF para rectificar, completar o modificar una declaración ya presentada.

Con la declaración entera delante, son tres gestos:

  1. Marcas con una «X» la casilla 103, la que dice que esta autoliquidación es rectificativa de otra anterior.
  2. Consignas en la casilla 104 el número de justificante de la declaración que quieres rectificar.
  3. Señalas el motivo si te toca. El modelo reserva la casilla 107 a la «autoliquidación rectificativa cuando no proceda ninguna de las casillas siguientes», o sea, cuando lo tuyo no es ninguno de los supuestos concretos que lista debajo (atrasos, cláusula suelo, cambio de residencia...). La Agencia Tributaria exige señalar el motivo concreto de corrección cuando el resultado de la rectificativa sea un importe a ingresar superior o a devolver inferior al de la declaración inicial, que no es el caso de quien solo recupera una deducción que se dejó.

Y sí, la 1050 se rellena ahí, con su 2016 al lado. La rectificativa incorpora la totalidad de los datos: los que no cambian, los que cambian y los de nueva inclusión.

⏳ Plazo: se puede presentar mientras no haya prescrito, y esos plazos de prescripción son de cuatro años, que empiezan a contarse desde el día siguiente a aquel en que finalizó el plazo reglamentario de declaración. Fuera del plazo de declaración tiene «carácter de extemporánea», que es la palabra que usa la norma. Y cuando de la rectificativa sale una cantidad a devolver, con presentarla ya se entiende solicitada la devolución: no hay que pedirla por separado.

Y el aviso que suele faltar, porque esto va en las dos direcciones. Si lo que descubres es lo contrario, que te aplicaste la 1050 y no te tocaba, la rectificativa sigue siendo el cauce, pero el resultado cambia de signo: cuando de la rectificación resulte un importe a ingresar superior o una cantidad a devolver inferior a la de la autoliquidación anterior, se aplica el régimen previsto para las autoliquidaciones complementarias en el artículo 122.2 de la Ley General Tributaria, y hay que señalar el motivo concreto de corrección.

En Renta Web el camino es «Modificar declaración presentada» y, ahí dentro, elegir la opción de autoliquidación rectificativa.

Fuente oficial

Preguntas
frecuentes

¿Qué se pone en la casilla 1050 de la Comunidad de Madrid?
El importe ya calculado de la deducción autonómica madrileña por cuidado de hijos menores de 3 años, mayores dependientes y personas con discapacidad. Ese importe es el 25 % de las cuotas que ingresaste por cotizaciones al Sistema Especial de Empleados de Hogar, con un límite de 463,95 euros anuales, o el 40 % con un límite de 618,60 euros si eres titular de una familia numerosa. Y la base no son las cuotas del año entero: la norma madrileña solo deja computar las cotizaciones correspondientes a los meses del periodo impositivo en los que concurre alguna de sus cuatro circunstancias, y hay además un límite de renta de la unidad familiar. No se pone el salario de la persona empleada, ni las cuotas en bruto: se pone el resultado de la cuenta, ya comparado con el límite. La casilla está en el anexo B.6 del modelo 100, dentro del bloque de la Comunidad de Madrid.
¿Qué es la casilla 2016 y de dónde saco el código de cuenta de cotización?
La casilla 2016 se llama «Código cuenta de cotización» y va impresa en la misma línea que la 1050, así que se rellenan juntas. Ahí va tu CCC como empleador, que es el número que la Seguridad Social te asigna cuando contratas por primera vez a una persona en empleo de hogar. Tiene carácter provincial, de modo que si contratas en varias provincias tendrás un código por cada una. Lo encuentras en «Mi perfil de empleador» de tu área personal de Import@ss. No es el número de la Seguridad Social de la persona empleada.
¿En qué casilla se pone la deducción por empleada de hogar en Madrid?
En la casilla 1050 del anexo B.6 del modelo 100, dentro del bloque «Comunidad de Madrid», acompañada de la casilla 2016 con tu código de cuenta de cotización. Lo que desgrava no es el sueldo, sino las cuotas ingresadas al Sistema Especial de Empleados de Hogar del Régimen General de la Seguridad Social. Y hay requisitos previos que se cumplen o no se cumplen antes de escribir nada: estar de alta en la Seguridad Social como empleador titular de un hogar familiar y cotizar por la persona contratada, que esa persona preste servicios al menos 40 horas mensuales, no pasarse del límite de renta de la unidad familiar y, según la circunstancia por la que te la apliques, un requisito de actividad que no es el mismo en los tres casos: si te la aplicas por el hijo menor de 3 años, tú y, en su caso, el otro progenitor tenéis que realizar una actividad por cuenta propia o ajena de alta al menos 183 días del ejercicio (artículo 11 bis.4.b); si te la aplicas por convivir con un mayor dependiente o con una persona con discapacidad, vale esa misma actividad de 183 días o percibir prestaciones del sistema de protección del desempleo o pensiones de la Seguridad Social o del Régimen de Clases Pasivas (artículo 11 bis.4.c); y si te la aplicas porque el grado de dependencia o de discapacidad lo tienes tú, ese requisito de actividad no se exige. Todo eso lo dice el artículo 11 bis del Decreto Legislativo 1/2010 de la Comunidad de Madrid, la norma que crea la deducción, salvo el límite de renta de la unidad familiar, que vive en su artículo 18.2. No son todos: los tienes al detalle, con su casuística, en la ficha de la deducción.
¿La casilla 1050 es la misma en la Renta 2025 que en otros años?
El número 1050 es el del modelo 100 de la Renta 2025, aprobado por la Orden HAC/277/2026. Los anexos de deducciones autonómicas se renumeran entre ejercicios, así que en otra campaña el mismo concepto puede tener otro número. Además, la numeración va por bloques de comunidad autónoma y no por concepto: el arrendamiento de vivienda habitual, por ejemplo, es la casilla 1043 en el bloque de Madrid y la 0991 en el de la Región de Murcia. Lo fiable es localizar primero el bloque de tu comunidad y el rótulo de la deducción, y leer el número después. Y ojo, que lo mismo pasa con las cantidades: el 25 % con 463,95 euros y el 40 % con 618,60 euros se aplican a los periodos impositivos iniciados a partir del 1 de enero de 2023, y para ejercicios anteriores la norma madrileña llevaba otras cifras.

La 1050, en tres frases y una advertencia

Primera: en la casilla 1050 va el importe ya calculado de la deducción, que es el 25 % de las cuotas ingresadas al Sistema Especial de Empleados de Hogar por los meses que dan derecho, o el 40 % si eres titular de familia numerosa, siempre comparado con su límite anual.

Segunda: la 1050 no viaja sola. En la misma línea del anexo B.6 está la casilla 2016 con tu código de cuenta de cotización, así que esa fila se rellena entera o se queda a medias.

Tercera: el número depende del ejercicio y del bloque de tu comunidad, así que busca el rótulo antes que el número y no te fíes de lo que recuerdas de otra campaña.

Y la advertencia: la deducción no se gana escribiendo bien la casilla, se gana cumpliendo los requisitos que hay detrás. Si no te apetece jugártela con las cuotas, los meses que computan y el límite de renta de tu unidad familiar, empieza gratis con nosotros y lo revisamos contigo, casilla por casilla.

Autor
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