Resumiendo, que es gerundio
Una declaración complementaria corrige errores u omisiones en la declaración de la renta original, perjudicando a Hacienda. Puede presentarse dentro del plazo sin sanciones, o fuera de él con recargos del 5% al 20%. Es necesaria para rectificar errores como ingresos no declarados o deducciones mal aplicadas. Presentar una declaración complementaria ayuda a evitar sanciones futuras y regulariza la situación fiscal del contribuyente.
Declaraciones de la renta rectificativas, declaraciones de la renta complementarias… ¡qué lío! Seguro que has escuchado hablar de ellas, pero, no sabes realmente qué son, qué diferencias existen entren todas ellas, ni que implicaciones fiscales tiene presentarlas antes la Administración.
Si alguna vez te has preguntado cómo corregir una declaración de la renta, tienes que hacer dos cosas: una, mantener la calma porque no es un proceso muy complicado y, lo segundo, leer este artículo dónde te explicamos TO-DO sobre la declaración de la renta complementaria.
¿Qué es una declaración complementaria?
Empecemos por el principio. Por su parte, una declaración complementaria es una declaración que básicamente perjudica a Hacienda. Y es que su propio nombre lo indica, ya que es una declaración que va a complementar o añadir algo que en la original no aparece o cambiar algún importe.
Tiene como meta final subsanar un error u omisión de la declaración original previa. Por ejemplo, que la cantidad a devolver deba ser menor, o la cantidad a ingresar mayor. Así cómo que se haya perdido el derecho a alguna reducción o exención, lo que hace que varíe el resultado en contra del contribuyente.
Pueden ocurrir dos cosas:
- Que se presente dentro de los plazos establecidos para hacer la declaración de la renta original. Esto no supone ninguna multa o recargo. Menos mal.
- O que se presente fuera de este, siendo esta última, una declaración extemporánea y suele implicar recargos de entre el 5 y el 20%.
Más concretamente:
- Hasta los tres meses: 5 %, sin intereses de demora.
- Entre los tres y los seis meses: 10 %, sin intereses de demora.
- Entre los seis y los doce meses: 15 %, sin intereses de demora.
- Más allá de los doce meses: 20%, con intereses de demora
el tiempo!
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Por qué hacer una declaración complementaria del IRPF
La razón es simple: cualquier persona se puede equivocar. Por ejemplo, puede ser que una declaración ya presentada sea incorrecta o incompleta al darte cuenta de que has contabilizado una factura mal o se hayan cobrado atrasos de años anteriores.
Entonces, antes de que sea demasiado tarde y Hacienda te requiera y, por tanto, tengas que pagar por ello (en muchas ocasiones, demasiado caro). Es mejor, regularizar la situación por ti mismo. Todo ello, en estos casos, por medio de la declaración complementaria.
Cómo modificar una declaración ya presentada
Paso 1
Lo primero que hay que hacer es entrar al portal web de la Agencia Tributaria e identificarse para realizar toda la gestión.
Paso 2
El siguiente paso es comprobar que la declaración esté presentada en “Estado de la Tramitación” y dentro de “Servicios disponibles” hacer clic en “Modificar declaración”.
Si por algún caso, se han presentado varias declaraciones, no te preocupes, porque también se puede elegir aquella declaración de la renta que se quiera modificar.
Paso 3
Después de estos primeros pasos, es muy importante saber lo que hemos comentado anteriormente: Si hay que presentar una declaración complementaria o rectificativa. Si el error es perjudicial para ti como contribuyente lo tendrás que rectificar en la casilla 127. Si es una complementaria, se debe de señalar la casilla 107.
Desde ese mismo momento que seleccione cualquier de las dos opciones, ya se pueden modificar o cambiar los datos que se consideren sin la necesidad de empezar desde cero. Esto es algo que resulta realmente muy cómodo para el contribuyente.
Paso 4
Por último, saldrá una lista en la que habrá que señalar el motivo por el que se está presentado una declaración modificativa y se le da a “Presentar declaración”.
Juan se acaba de ahorrar 482€ en su declaración.
¿Qué diferencia hay entre una rectificativa, una complementaria y una sustitutiva?
Por otro lado, tal y cómo explicamos en otro artículo del blog dedicado a ella, una declaración rectificativa es una declaración de impuestos que sirve para corregir los errores cometidos y que perjudican al contribuyente. Por ejemplo:
- Que la cantidad a devolver deba ser mayor a la concedida.
- O la cantidad a ingresar deba ser menor a la que corresponde.
- Que se haya realizado un pago por duplicado.
- O que se haya pagado deuda prescrita.
En estos casos, Hacienda tiene un plazo de 6 meses para decidir si la reclamación es correcta reembolsando el importe correspondiente o no. Transcurrido dicho plazo sin haberse notificado expresamente una resolución, se puede entender desestimada.
Otro tema es la declaración sustitutiva es una declaración que básicamente es completamente nueva y que anula por completo a la original. Este tipo de declaraciones tiene lugar cuando se comenten demasiados errores que no es suficiente con una complementaria.
¿Cómo se paga una declaración complementaria?
Buenísima pregunta esta con fácil respuesta: con este tipo de declaraciones no se puede pagar mediante domiciliación bancaria, sino mediante cargo en cuenta o con tarjeta bancaria.
¿Me pueden sancionar por presentar una declaración de la renta?
La respuesta es negativa. Hacienda no te puede sancionar si se presenta dentro del periodo voluntario de pago. Si, por el contrario, se presenta ante la Administración pasado este periodo voluntario, tampoco te pueden multar si no se ha abierto ningún procedimiento sancionador sobre ti. Pero lo que sí que puede pasar es que te impongan los recargos del 5% al 20% si no existe requerimiento previo, que hemos visto anteriormente.
¿Sabes que puedes hacer una complementaria con nosotros?
Puede suceder que ya hayas presentado tu declaración a Hacienda y que después hayas decidido hacer el borrador con TaxDown y descubrir que con nosotros te sale mejor de lo que te salió con Hacienda.
Si este es tu caso y quieres presentarla con nosotros, aunque ya exista una presentación anterior por tu parte, puedes realizarlo sin ningún problema. En este caso lo que hacemos para poder presentar tu declaración es que nuestro equipo de fiscal presente una rectificativa de tal manera que será esta última la que constará como definitiva.
Así que ya sabes, si no sabes no por dónde empezar, ni eres capaz de hacerlo todo por tu cuenta, ponte en contacto con nosotros. Somos conscientes que estos trámites son un rollo, pero para eso estamos nosotros, para hacer de lo difícil algo fácil, rápido y bien hecho.
Presenta fuera de plazo tu declaración de la renta con nosotros, es fácil, rápido y te aplicarás todas las deducciones que te pertenecen. Calcula gratis tu resultado,.
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Hacen declaracion por loo atrasos complemento matrnidad
¡Hola, Ángel!
Claro que sí. Sin problema.
Estamos a tu disposición.
Un saludo.
Y si se ha hecho dos errores? Uno que perjudica a hacienda (que se debe arreglar en casilla 107 2º opcion/opcion entre casilla 107 y 127 sin numero) y otro que no afecta al resultado (seria casilla 127)? En este caso hay que hacer dos declaraciones complementarias?
¡Hola, Lizzy!
En caso de haber cometido dos errores en tu declaración de la renta, uno que perjudica a Hacienda y otro que no afecta al resultado, generalmente solo necesitas presentar una declaración complementaria para corregir ambos errores. Aquí te dejo una breve guía:
– Error que perjudica a Hacienda: este se debe corregir en la casilla correspondiente, como indicas.
– Error que no afecta al resultado: también se corrige en la casilla correspondiente.
Si necesitas más información, puedes contactar con nosotros a través de support@taxdown.es, una vez que contrates alguno de nuestros planes, y estaremos encantados de ayudarte.
Un saludo 🙂
Buenas, yo he cobrado los atrasos del complemento de paternidad el pasado mes de febrero y me gustaria saber si las complementarias las tengo que presentar este año o al próximo.Muchas gracias
¡Hola, Manuel!
En tu caso, si has cobrado los atrasos del complemento de paternidad en febrero, las complementarias deberías presentarlas este año, antes del 30 de junio.
Para asegurarte de hacerlo correctamente y evitar problemas, te recomendamos contratar alguno de nuestros planes.
Un saludo 🙂