Impuesto sobre la Renta de no Residentes (IRNR) en Bizkaia

El impuesto que grava las rentas obtenidas en Bizkaia cuando no resides aquí.

Actualizado en:
22.06.2026

¿Vives fuera pero obtienes ingresos en Bizkaia, o al revés? Entonces te interesa conocer el Impuesto sobre la Renta de no Residentes (IRNR). Es un impuesto algo menos conocido que el IRPF, pero igual de importante si tu situación cruza fronteras. Hoy te lo explicamos fácil.

En Bizkaia lo regula la Hacienda Foral de Bizkaia a través de su normativa foral propia. Vamos a ver a quién afecta y cómo funciona.

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¿Qué es el IRNR?

El IRNR (Impuesto sobre la Renta de no Residentes) es un impuesto directo que grava la renta obtenida en territorio de Bizkaia por personas físicas y entidades que no son residentes aquí.

Dicho fácil: si el IRPF es el impuesto de quienes residen en Bizkaia, el IRNR es su equivalente para quienes no residen pero sí obtienen ingresos en el territorio. Son dos impuestos complementarios: cada persona tributa por uno u otro según dónde tenga su residencia fiscal.

💡 La idea clave: lo que importa para el IRNR no es tu nacionalidad, sino dónde resides fiscalmente y dónde se generan tus rentas.

¿Quién es «no residente» y a quién afecta?

Para saber si te aplica el IRNR, lo primero es determinar tu residencia fiscal. Con carácter general, se considera que una persona reside fiscalmente en territorio español (y, dentro de él, en Bizkaia) si se da alguna de estas circunstancias:

  • 📆 Permanece más de 183 días al año en el territorio.
  • 🏢 Tiene aquí el centro principal de sus actividades o intereses económicos.

Si no cumples esos criterios pero obtienes rentas en Bizkaia, eres no residente y tributas por el IRNR por esas rentas concretas. Afecta tanto a personas físicas como a empresas extranjeras con ingresos en el territorio.

¿Cómo tributan los no residentes: con o sin establecimiento permanente?

El IRNR distingue dos grandes situaciones, y la forma de tributar cambia bastante de una a otra:

  • 🏗️ Con establecimiento permanente: cuando el no residente opera en Bizkaia a través de una instalación fija (una sucursal, una oficina, una fábrica…). En este caso tributa por el conjunto de la renta de esa actividad, de forma parecida a una empresa residente.
  • ✈️ Sin establecimiento permanente: cuando obtiene rentas puntuales sin una base fija aquí (por ejemplo, el alquiler de un inmueble). Entonces tributa renta a renta, normalmente a través de una retención.

Esta distinción es la columna vertebral del impuesto: define qué declaras, cuándo y cómo.

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Normativa foral y convenios: por qué conviene mirar tu caso

En Bizkaia el IRNR tiene normativa foral propia. Las dos referencias clave son:

  • 📘 La Norma Foral 12/2013, de 5 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de no Residentes.
  • 📑 El Decreto Foral 48/2014, de 15 de abril, que aprueba su Reglamento.

Además, un factor decisivo son los convenios para evitar la doble imposición que España tiene firmados con muchos países: pueden cambiar dónde y cuánto tributa una renta. Por eso, para los tipos y detalles concretos conviene revisar la norma y tu situación particular.

Un ejemplo para verlo claro

Imagina a Thomas, residente en Alemania, que tiene un piso alquilado en Bilbao. Por esas rentas de alquiler obtenidas en Bizkaia tributa por el IRNR sin establecimiento permanente, aunque el convenio entre España y Alemania puede matizar cómo se reparte ese gravamen.

Preguntas
frecuentes

¿Qué es el IRNR en Bizkaia?
El IRNR, o Impuesto sobre la Renta de no Residentes, es un impuesto directo que grava las rentas obtenidas en Bizkaia por personas físicas y entidades que no residen aquí. Es el equivalente al IRPF, pero para quienes no tienen su residencia fiscal en el territorio y, aun así, generan ingresos en él.
¿Cuándo se considera que una persona no es residente?
Con carácter general, eres residente fiscal si permaneces más de 183 días al año en el territorio o si tienes aquí el centro principal de tus actividades o intereses económicos. Si no cumples esos criterios pero obtienes rentas en Bizkaia, eres no residente y tributas por ellas a través del IRNR.
¿Qué diferencia hay entre tributar con o sin establecimiento permanente?
Si operas mediante una instalación fija en Bizkaia, como una sucursal u oficina, tributas por el conjunto de la renta de esa actividad, de forma parecida a una empresa residente. Si obtienes rentas puntuales sin base fija, como un alquiler, tributas renta a renta, normalmente mediante una retención.
¿Los convenios internacionales afectan al IRNR?
Sí, y mucho. España tiene firmados convenios para evitar la doble imposición con numerosos países, y esos acuerdos pueden cambiar dónde y cuánto tributa una renta. Por eso, antes de declarar, conviene revisar tanto la normativa foral como el convenio aplicable a tu país de residencia.

En resumen: el IRNR, el IRPF de quien no reside aquí

El IRNR en Bizkaia grava las rentas que obtienen en el territorio las personas y entidades no residentes, distinguiendo entre quienes actúan con o sin establecimiento permanente. Lo regula la normativa foral (Norma Foral 12/2013) y, muy a menudo, los convenios internacionales tienen la última palabra sobre tu caso.

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Fuente oficial

Autor
Iciar García
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Iciar García es asesora fiscal especializada en tributación para extranjeros y expatriados en TaxDown. Experta en Ley Beckham, 7p y fiscalidad internacional, ayuda a profesionales extranjeros en España y españoles en el exterior a optimizar su situación tributaria. Con amplia experiencia en planificación fiscal transfronteriza, Iciar guía a expatriados, nómadas digitales y residentes extranjeros en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales en España, incluyendo la aplicación del régimen de impatriados y convenios de doble imposición. Desde TaxDown, hace la compleja fiscalidad internacional más comprensible y accesible.

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