Las rentas exentas de IRPF

Te contamos todo lo que necesitas saber sobre las rentas que están exentas en el IRPF.

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En España, determinadas rentas no tienen que tributar por diferentes motivos como pueden ser pensiones de cierto tipo, becas, ayudas... esto es lo que conocemos como rentas exentas.

Las rentas que no tienen que pagar IRPF varían dependiendo de lo publicado en los Presupuestos Generales del Estado (PGE) ya que pueden actualizar supuestos, añadirlos o suprimirlos. Y la realidad es que esta es una práctica común, por lo que en este artículo vamos a explicarte de manera sencilla cómo afecta en este año 2024.

¿Qué rentas están exentas de pagar el IRPF?

Lo normal es que si declaras este tipo de ingresos Hacienda no los tenga en cuenta. Ahora bien, sí que te interesa, a priori, saber qué rentas tributan y cuáles no. Más que nada, a efectos laborales, de negociación con la empresa o, simplemente, en procesos de divorcio.

Aunque esta es la excepción, y no la norma, lo cierto es que en España hay varias excepciones. El artículo 7 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas señala las siguientes:

1. Indemnizaciones por despido

Las indemnizaciones por despido que estén contempladas en el Estatuto de los Trabajadores están exentas de tributar. Ahora bien, sí que se aplicará gravamen a aquellas cantidades que excedan los 180.000 euros.

En la práctica, el porcentaje de trabajadores que tienen que pagar es marginal.

2. Indemnizaciones por seguros de accidente

Las indemnizaciones por seguros de accidente también están exentas de IRPF, pero en determinadas condiciones. Y es importante comprobar las exenciones porque es común que haya controversia por ello.

Aquí se hará extremadamente importante contar con un buen asesoramiento legal.

3. Ayudas para afectados por enfermedades

Las ayudas para los afectados por determinadas enfermedades crónicas no tributarán. Algunas de las dolencias que se incluyen en estos casos son el VIH o la hepatitis.

En este caso, se extendería la exención para cualquier cantidad porque se entiende que es una cuestión de salud.

4. Prestaciones para víctimas del terrorismo

Las prestaciones para víctimas del terrorismo están, con carácter general, exentas del IRPF. Hay que añadir, además, que en caso de pagos extraordinarios también se extiende esta exención.

En ocasiones, el Gobierno decreta nuevas prestaciones y por ello es importante tenerlo en cuenta.

Exención de impuestos en la renta

5. Pensiones por incapacidad permanente o gran invalidez

La incapacidad permanente o gran invalidez es un supuesto especial de retiro. No en vano, además de estar fuera de la lógica de las jubilaciones ordinarias, se da por una circunstancia sobrevenida.

Las pensiones que estén afectadas por estos supuestos no van a tributar porque se consideran situaciones excepcionales.

6. Permisos de paternidad, maternidad o adopción

Los permisos de paternidad, maternidad o adopción están exentos de cualquier pago del IRPF. Eso sí, durante el tiempo que dure esta situación antes de reincorporarte. Este detalle es importante de señalar porque supondrá un paréntesis con respecto a lo que pagues normalmente.

7. Prestaciones por Ley de Dependencia

Las prestaciones por Ley de Dependencia no tributan, pero están sujetas a un condicionante. Como norma general, tienes que tener una persona a tu cargo para poder acogerte a las exenciones. Si es así, no pagarás impuestos por lo que recibas.

Recuerda que la Ley de Dependencia tiene varias peculiaridades, por lo que deberías comprobar a qué supuestos puedes acogerte.


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8. Prestaciones de desempleo

Las prestaciones por desempleo están concebidas como una situación de emergencia provisional. Esta es la razón por la que no van a tributar en ningún caso, sea cual sea la cantidad que recibas.

Durante el tiempo que cobres esa prestación, no tendrás que pagar impuestos por ella.

9. Prestaciones por acogida

El acogimiento temporal puede suponer unos gastos extraordinarios y para ello se pueden pagar unas prestaciones. No en vano, la acogida está concebida como una situación no permanente.

En este caso, no tendrás que tributar por esas cantidades que, se entiende, son para un horizonte temporal provisional.

10. Becas

Las becas tienen como objetivo facilitar la igualdad de oportunidades. Esto supone, por ejemplo, que si se cobra un dinero en ese concepto no habrá que pagar por ello.

Y, por supuesto, lo que se cobre es compatible con los rendimientos del trabajo.

11. Rentas de inserción

Las rentas de inserción es un mecanismo que aplican diversas Comunidades Autónomas para colectivos desamparados.

Por lo general, son cantidades reducidas, de entre 300 y 500 euros mensuales. Estos ingresos están exentos de tributar por el IRPF.

Eso sí, recuerda que la cuantía de la renta variará según el territorio. Es por ello que tendrás que consultar antes.

Persona exenta del IRPF haciendo la declaración de la renta

12. Pensiones alimenticias

Las pensiones alimenticias son una solución dictaminada por los jueces para garantizar el derecho a la manutención de los hijos tras un divorcio.

Esto supone que si cobras un dinero para esta finalidad no lo tendrás que declarar para el pago del IRPF.

13. Trabajos en el extranjero

Los trabajos en el extranjero están exentos de tributación, pero por debajo de una cantidad. Las rentas inferiores a 60.100 euros anuales estarán libres del IRPF. Eso sí, a partir de esa cantidad sí que tendrás que pagar impuestos aunque vivas en España.

Esto es interesante, por ejemplo, si eres un trabajador o profesional que realiza trabajos en el extranjero y vive en España. Hay varios casos de este tipo y es importante saberlo.

14. Premios

En primer lugar, los galardones literarios o artísticos están libres de impuestos. Los premios de loterías no tributarán si son inferiores a 40.000 euros. Por otra parte, aquellos premios de Cruz Roja u ONCE tampoco tributarán si son inferiores a esa cantidad.

Hay que señalar que este margen de gravamen se ha ido modificando año tras año. De hecho, hasta 2012 la lotería no tributaba en ningún caso. Ahora mismo, cuando el premio es superior a 40.000 euros, se aplica una retención del 20 %.

Las rentas exentas del IRPF son varias y contar con un asesoramiento profesional te ayudará a ahorrar impuestos.

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