Hacer deporte ahora tiene premio fiscal en Andalucía. Desde la Renta 2025, puedes deducirte el 15% de lo que gastas en tu gimnasio, entrenador personal o clases deportivas. ¡Y sin límite de renta!
Puedes deducirte el 15% de los gastos asociados al ejercicio físico y la práctica deportiva, tanto del contribuyente como de determinados miembros de su núcleo familiar. Esta deducción fue creada por la Ley 8/2025, de 22 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 2026, publicada en el BOE, y no tiene límite de renta.
Incluye tus gastos deportivos en el apartado de deducciones autonómicas de Andalucía, dentro de las casillas 850 a 865 de tu declaración de la renta. Con TaxDown, te ayudamos a identificarla y aplicarla automáticamente.
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