Deducción en Andalucía por inversión en vivienda habitual protegida y por personas jóvenes

Descubre cómo deducir el 6% de tu inversión en vivienda protegida o por ser joven menor de 35 años en Andalucía.

Actualizado en:
25/3/2026
Deducción autonómica en Andalucía para vivienda habitual protegida o jóvenes menores de 35 años: puedes deducirte el 6% de lo pagado en la compra o rehabilitación. Te contamos los requisitos de ingresos y cómo aplicarla en tu declaración.

Si has invertido en una vivienda habitual protegida o eres una persona joven comprando tu primera casa, podrías beneficiarte de una deducción autonómica en Andalucía. Aquí te explicamos cuánto puedes deducir, los requisitos que debes cumplir y cómo aprovechar esta ventaja fiscal.

Contenidos:

La reclamación económico-administrativa es un procedimiento gratuito para impugnar decisiones de Hacienda cuando crees que se han equivocado. Tienes 1 mes desde la notificación para presentarla, no necesitas abogado y la resuelve un tribunal independiente. Debes explicar claramente tu caso, aportar pruebas y ser específico en lo que pides. Aunque debería resolverse en 1 año, suele tardar más. Si te deniegan la reclamación, puedes seguir reclamando por otras vías. Es tu derecho como contribuyente y puede ahorrarte mucho dinero.

¿Cuánto puedes deducir?

Puedes deducirte el 6% de las cantidades pagadas durante el año por la compra o rehabilitación de tu vivienda habitual. Para acceder a esta deducción, debes cumplir al menos uno de estos requisitos:

  • Que la vivienda tenga la consideración de protegida conforme a la legislación autonómica.
  • Que seas menor de 35 años a la fecha de devengo del impuesto.

Condiciones para aplicar la deducción

Para poder aplicar esta deducción, debes cumplir con al menos una de las siguientes condiciones en la fecha de devengo del impuesto:

  1. Vivienda protegida: La casa debe tener la calificación de protegida según la normativa de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
  2. Persona joven: Debes ser menor de 35 años. En caso de declaración conjunta, al menos uno de los cónyuges o, en el caso de familias monoparentales, el padre o la madre debe cumplir con el requisito de edad.
  3. Límite de ingresos: La suma de la base imponible general y la base del ahorro no debe superar:
    • 25.000 euros en tributación individual.
    • 30.000 euros en tributación conjunta.

Documentación necesaria

Es importante que guardes la documentación que acredite tu derecho a esta deducción:

  • Escritura de la vivienda: Que demuestre la adquisición o rehabilitación y, si es el caso, su calificación como vivienda protegida.
  • Justificantes de pago: Como transferencias o recibos bancarios que acrediten las cantidades pagadas.
  • Documentos que prueben la edad: Como el DNI o cualquier documento que demuestre que cumples con el requisito de ser menor de 35 años.

Mantener esta documentación es crucial para justificar la deducción en caso de que la Agencia Tributaria lo solicite.

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Preguntas frecuentes sobre la deducción por vivienda habitual en Andalucía

Resolvemos las dudas más comunes sobre esta deducción autonómica para que puedas aprovecharla al máximo en tu declaración de la renta.

¿Qué cantidad puedo deducirme por la compra de mi vivienda?

Puedes deducirte el 6% de las cantidades que hayas pagado durante el año por la compra o rehabilitación de tu vivienda habitual. Por ejemplo, si has pagado 10.000 euros en el año, podrás deducirte 600 euros.

¿Puedo aplicar la deducción si compré la vivienda con mi pareja y solo uno de nosotros es menor de 35 años?

Sí. Si hacéis declaración conjunta, es suficiente con que uno de los dos sea menor de 35 años en la fecha de devengo del impuesto.

¿Cómo sé si mi vivienda tiene la calificación de protegida?

La calificación de vivienda protegida debe aparecer en la escritura de compraventa. Es una categoría oficial que otorga la Junta de Andalucía.

¿Hay límite de ingresos?

Sí, la suma de la base imponible general y del ahorro no debe superar 25.000 euros en individual o 30.000 euros en conjunta.

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