Si tú o alguien de tu familia tiene enfermedad celíaca y vivís en Asturias, ahora podéis deduciros los gastos asociados en vuestra declaración de la renta. Una nueva deducción que reconoce el sobrecoste de vivir sin gluten.
La reclamación económico-administrativa es un procedimiento gratuito para impugnar decisiones de Hacienda cuando crees que se han equivocado. Tienes 1 mes desde la notificación para presentarla, no necesitas abogado y la resuelve un tribunal independiente. Debes explicar claramente tu caso, aportar pruebas y ser específico en lo que pides. Aunque debería resolverse en 1 año, suele tardar más. Si te deniegan la reclamación, puedes seguir reclamando por otras vías. Es tu derecho como contribuyente y puede ahorrarte mucho dinero.
La Ley del Principado de Asturias 5/2025, de 31 de diciembre, introduce una nueva deducción por los gastos asociados a la enfermedad celíaca. Los contribuyentes con diagnóstico de celiaquía, o que tengan familiares celíacos convivientes, pueden deducirse los gastos derivados de esta condición en su declaración de la renta.
La deducción forma parte de la apuesta de varias comunidades autónomas por reconocer el sobrecoste que supone la alimentación sin gluten para las familias afectadas.
Incluye los gastos en las casillas autonómicas de Asturias (883-897) de tu declaración de la renta. Si usas TaxDown, nuestros asesores te ayudarán a aplicarla correctamente y a no dejarte ningún gasto sin deducir.
Resolvemos las dudas más comunes sobre esta nueva deducción para personas celíacas en el Principado de Asturias.
Cualquier contribuyente con residencia habitual en Asturias que tenga un diagnóstico oficial de enfermedad celíaca, o que conviva con un familiar celíaco. Es necesario que la base imponible no supere los 35.000€ en individual o 45.000€ en conjunta.
Los gastos derivados de la enfermedad celíaca, principalmente el sobrecoste de los productos sin gluten respecto a sus equivalentes con gluten, así como otros gastos médicos o dietéticos relacionados con el diagnóstico.
Sí, necesitas un certificado médico oficial que acredite el diagnóstico de celiaquía, además de conservar las facturas de los productos y gastos asociados. Si la enfermedad la padece un familiar, también necesitarás acreditar la convivencia.
Esta deducción fue introducida por la Ley 5/2025, de 31 de diciembre, del Principado de Asturias. Se aplica por primera vez en la declaración de la Renta 2025, que se presenta en la campaña de abril a junio de 2026.
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