Si eres propietario o usufructuario y has decidido alquilar una vivienda que llevaba más de un año vacía, puedes aplicarte una deducción en la renta.
Gracias a la Ley 1/2025, de 3 de abril, esta deducción se ha ampliado significativamente para la Renta 2025:
Para beneficiarte de este ahorro, debes cumplir estas reglas:
Cuando hagas la declaración de la renta, solo tienes que incluir esta deducción en las casillas 1010 – 1020 y asegurarte de que los datos del alquiler están bien reflejados.
Si eres propietario de una vivienda vacía en Extremadura, alquilarla no solo contribuye a movilizar el parque de viviendas, sino que además obtienes un importante beneficio fiscal.
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