Casilla 1043

Descubre cómo desgravar hasta 1.237,20€ de tu alquiler si eres menor de 40 años y cumples los requisitos de la Comunidad de Madrid.

Actualizado en:
25/3/2026
Resumiendo:
La casilla 1043 te permite deducir el 30% del alquiler en Madrid (máximo 1.237,20€) si tienes menos de 40 años. Necesitarás el resguardo de la fianza y no superar ciertos límites de renta.

La casilla 1043 es una deducción específica para aquellos que viven de alquiler, permitiéndote desgravar hasta el 30% de las cantidades pagadas por el arrendamiento, con un máximo de 1.237,20 euros. Te contamos cómo funciona y cómo puedes beneficiarte de ella.

Contenidos:

La reclamación económico-administrativa es un procedimiento gratuito para impugnar decisiones de Hacienda cuando crees que se han equivocado. Tienes 1 mes desde la notificación para presentarla, no necesitas abogado y la resuelve un tribunal independiente. Debes explicar claramente tu caso, aportar pruebas y ser específico en lo que pides. Aunque debería resolverse en 1 año, suele tardar más. Si te deniegan la reclamación, puedes seguir reclamando por otras vías. Es tu derecho como contribuyente y puede ahorrarte mucho dinero.

¿Qué es la Casilla 1043?

Esta deducción de alquiler está dirigida a contribuyentes menores de 40 años que vivan de alquiler en la Comunidad de Madrid. La Ley 5/2024, de 20 de noviembre, amplió el ámbito de esta deducción, que anteriormente estaba restringida a menores de 35 años (o de 40 solo en casos de desempleo con cargas familiares).

Cantidad que Puedes Deducirte

Con la deducción de la casilla 1043, podrás deducirte el 30% de las cantidades satisfechas por el arrendamiento de tu vivienda habitual. El límite máximo de esta deducción es de 1.237,20 euros, aplicable tanto en tributación individual como conjunta. Esto significa que, independientemente de cómo presentes tu declaración de la renta, este es el máximo que podrás deducir.

Requisitos para Aplicar la Casilla 1043

Para beneficiarte de la deducción de la casilla 1043, debes cumplir con ciertos requisitos específicos:

  1. Edad del contribuyente: Debes tener menos de 40 años a la fecha de devengo del impuesto (31 de diciembre del ejercicio).
  2. Suma de las bases imponibles: La suma de las bases imponibles general y del ahorro no debe superar:
    • 26.414,22 euros en tributación individual.
    • 37.322,20 euros en tributación conjunta.

    Además, la suma de las bases imponibles de todos los miembros de la unidad familiar no puede superar los 61.860 euros. Las cantidades pagadas por el alquiler deben ser superiores al 20% de la suma de estas bases.

  3. Documentación requerida: Debes tener una copia del resguardo del depósito de la fianza en la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid, formalizado por el arrendador. Alternativamente, puedes presentar una copia de la denuncia presentada ante dicho organismo por no haberte entregado el justificante el arrendador.
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**Se incluyen hasta 3 declaraciones automáticas. La FED es un trámite distinto y puede requerir otros documentos.

Preguntas frecuentes sobre la casilla 1043 de la declaración de la renta

Resolvemos las dudas más comunes sobre esta deducción por alquiler de vivienda en la Comunidad de Madrid.

¿Quién puede beneficiarse de la deducción de la casilla 1043?

Desde la Ley 5/2024, esta deducción está abierta a todos los contribuyentes menores de 40 años que vivan de alquiler en la Comunidad de Madrid. Ya no es necesario estar en situación de desempleo ni tener cargas familiares si tienes entre 35 y 40 años. Tu vivienda debe ser de alquiler y tiene que ser tu residencia habitual.

¿Cuánto dinero puedo ahorrarme con esta deducción?

Puedes deducirte el 30% de lo que hayas pagado de alquiler durante el año, con un tope máximo de 1.237,20 euros. Este límite es el mismo tanto si haces la declaración individual como conjunta.

¿Qué límite de ingresos no puedo superar para aplicar esta deducción?

La suma de tus bases imponibles (general y del ahorro) no puede superar los 26.414,22 euros en individual, o los 37.322,20 euros en conjunta. Además, la suma de las bases de todos los miembros de tu unidad familiar no puede superar los 61.860 euros. Lo que pagues de alquiler debe representar más del 20% de tus bases imponibles.

¿Qué documentos necesito para justificar esta deducción?

Es imprescindible que tengas una copia del resguardo del depósito de la fianza en la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid, formalizado por tu arrendador. Si tu casero no te lo ha entregado, también vale con una copia de la denuncia presentada ante ese organismo. Además, guarda los justificantes de los pagos mensuales.

¿Puedo aplicar esta deducción si comparto piso?

Sí, siempre que el contrato de alquiler esté a tu nombre y cumplas todos los requisitos de edad, ingresos y documentación. Podrás deducirte el 30% de la parte proporcional que tú pagues, respetando el límite máximo de 1.237,20 euros.

Otras cosas que debes tener en cuenta

  1. Contrato de Alquiler: Asegúrate de que esté a tu nombre y sea de tu vivienda habitual, y que el arrendador haya depositado la fianza.
  2. Pagos Comprobables: Deben haberse realizado por transferencia, tarjeta u otro medio verificable. Guarda los justificantes.
  3. Plazos: Verifica los plazos de la campaña de la renta e incluye toda la documentación al presentar.

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Autor
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