¡Ay Dios mio! La temporada de impuestos… ese momento mágico del año en que toca enfrentarse al temido borrador de la renta. No te preocupes, presentar el borrador de la renta para el ejercicio 2025/2026 puede ser más sencillo de lo que imaginas. Vamos a desglosar todo lo que necesitas saber para que este trámite no se convierta en una pesadilla.
Pero si hay una fecha que debes marcar con rotulador fosforescente en tu calendario, esa es el 8 de abril. Ese día se abre la veda para solicitar el borrador de la Renta. La Agencia Tributaria ha establecido las siguientes fechas clave para esta campaña de la renta, según el calendario oficial de la Agencia Tributaria:
Con esta información, ya estás más que preparado para enfrentarte a los impuestos como todo un campeón. Pero recuerda que si este proceso se te hace bola… TaxDown puede ayudarte en lo que necesites, regístrate aquí.
Si no sabes cómo entregar el borrador, sigue estos pasos:
Estos métodos de identificación, también valen para realizar tu declaración con TaxDown, así que… ¡más fácil no te lo podemos poner! Regístrate aquí.
La obligación de presentar el borrador de la renta y, en consecuencia, la declaración, depende principalmente de los ingresos obtenidos durante el año fiscal y de otras circunstancias personales y económicas. Aquí te explicamos quiénes están obligados:
1. Trabajadores por cuenta ajena
2. Personas que reciben prestaciones por desempleo
Conviene aclarar una novedad de última hora. La obligación universal que se había anunciado (que todos los beneficiarios de prestaciones por desempleo declarasen con independencia de la cuantía) quedó suprimida por el Real Decreto-ley 16/2025, de 23 de diciembre. Así, para la declaración de la Renta 2025, que se presentará en 2026, los perceptores de prestaciones por desempleo solo están obligados a declarar si superan los límites generales del IRPF, según confirma la Agencia Tributaria.
3. Autónomos y profesionales
Todos los autónomos deben presentar la declaración, independientemente de los ingresos obtenidos. Como trabajador por cuenta propia, deberás incluir todos tus rendimientos, ya sea por actividades económicas o profesionales.
4. Personas con rendimientos del capital mobiliario
Si tus inversiones, como depósitos bancarios, dividendos de acciones o fondos de inversión, te han generado rendimientos superiores a 1.600 euros al año, tienes que declarar. También aplica si obtuviste ganancias patrimoniales superiores a 1.000 euros.
5. Pensionistas y jubilados
No están exentos por defecto. Si tus pensiones o prestaciones superan los umbrales indicados (22.000 euros o 15.876 euros con varios pagadores), también tendrás que hacer la declaración.
6. Otros casos particulares
Algunas situaciones que también te obligan a declarar:
Recuerda que en TaxDown tenemos expertos fiscales en todas las especialidades, autónomos, declaraciones conjuntas, inversores, propietarios, etc. Así que, si tu situación fiscal es complicada ¡o no! sea como sea, puedes contar con nosotros.
Por otro lado, la Agencia Tributaria tiene para todos sus contribuyentes una excelente herramienta, la cual facilita mucho este proceso. Con es la calculadora online, sabrás en qué estado se encuentra la declaración para dicho año a tramitar. La misma indica si es a devolver o a pagar. Si el resultado es a devolver, significa que tienes un resultado negativo y Hacienda te devuelve dinero.
¡Pero vamos! Que también puedes calcular tu resultado gratis con TaxDown, donde se te aplicarán todas las deducciones posibles de forma automática, algo que no tiene la calculadora de Hacienda. ¿Quieres probar? Hazlo desde aquí.
Desde el miércoles 8 de abril, podrás presentar tu declaración de forma online mediante el programa Renta Web o la app móvil de la agencia. Si prefieres la comunicación directa, el miércoles 6 de mayo se abre la opción de hacerlo por teléfono, aunque debes pedir cita previa desde el 29 de abril hasta el 29 de junio, según la Agencia Tributaria.
Para los que optan por el trato cara a cara, el lunes 1 de junio empieza la presentación presencial en las oficinas de la agencia, recordando que es necesario agendar una cita entre el 29 de mayo y el 29 de junio, según la Agencia Tributaria. Atención al jueves 25 de junio, último día para presentar la declaración online si resulta en un ingreso con domiciliación en cuenta, según la Agencia Tributaria.
Finalmente, el martes 30 de junio marca el cierre definitivo de la campaña de renta. Este día es el último plazo para presentar todas las declaraciones. Con estas fechas claras, puedes organizar tu agenda para cumplir con tus obligaciones fiscales a tiempo y evitar sorpresas de última hora.
Recuerda que con TaxDown puedes hacerla y presentarla antes de la fecha oficial de Hacienda, y podrás contar con un experto a tu lado ayudándote en todo lo que necesites cuando quieras. ¡Contrata un plan con nosotros aquí!
Los autónomos deben prestar especial atención a las siguientes fechas en 2026:
Además, la declaración de la renta para los autónomos en 2026 deberá presentarse entre el 8 de abril y el 30 de junio, al igual que todos los contribuyentes.
Presentar el borrador de la renta 2025/2026 no tiene por qué ser un dolor de cabeza. Mantente atento a las fechas clave, reúne toda la documentación necesaria y elige la modalidad de presentación que mejor se adapte a tus necesidades.
Si necesitas ayuda adicional, nuestros asesores fiscales están disponibles para echarte un cable y asegurarse de que tu declaración esté libre de errores. ¡No te compliques la vida y confía en nosotros para hacer tu declaración sin problemas! Si no te lo crees, compruébalo tú mismo desde aquí 😉
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