¡Ay Dios mio! La temporada de impuestos… ese momento mágico del año en que toca enfrentarse al temido borrador de la renta. Pero no te preocupes, que aquí estamos para desglosarlo de una manera que hasta tu primo, el de las teorías conspirativas, podría entender.
Pero si hay una fecha que debes marcar con rotulador fosforescente en tu calendario, esa es el 3 de abril. Ese día se abre la veda para solicitar el borrador de la Renta. Y puedes hacerlo sin moverte del sofá, vía internet, o dando la chapa por teléfono.
Si esto te suena a chino o simplemente prefieres evitar dolores de cabeza, ¿por qué no dejas que TaxDown maneje tus números? Olvídate del estrés fiscal aquí
Fechas que debes tener en cuenta
Para que no te pille el toro, aquí tienes las fechas clave que debes marcar. Del 3 de abril al 1 de julio de 2024, podrás presentar tus declaraciones de Renta y Patrimonio 2023 por Internet. Así que, prepara tu mejor pijama y acomódate en tu sofá porque vas a poder hacer todo desde la comodidad de tu casa.
Si la tecnología no es lo tuyo, tranquilo. Del 7 de mayo al 1 de julio de 2024, la Agencia Tributaria te ofrece la posibilidad de que ellos mismos te confeccionen la declaración por teléfono. Eso sí, para acceder a este servicio necesitas pedir cita previa, la cual puedes solicitar desde el 29 de abril hasta el 28 de junio de 2024. Así que no te duermas en los laureles y apunta bien estas fechas.
Con esta información, ya estás más que preparado para enfrentarte a los impuestos como todo un campeón. Pero recuerda que si este proceso se te hace bola… TaxDown puede ayudarte en lo que necesites, regístrate aquí
Cómo entregar el borrador
Con respecto a la forma de entregar el borrador, la presentación se realiza por internet mediante el DNI electrónico, Clave PIN, con el certificado o número de referencia.
No obstante, la opción de la Clave PIN y n.º de referencia solo se pueden usar por medio de personas físicas.
Estos métodos de identificación, también valen para realizar tu declaración con TaxDown, así que… ¡más fácil no te lo podemos poner! Regístrate aquí
Cómo se debe presentar el borrador
Presentar el borrador de la renta es más fácil de lo que parece, y se hace, cómo no, a través de internet. Para ello, puedes utilizar tu DNI electrónico, Clave PIN, certificado electrónico, o simplemente el número de referencia. Vamos, que tienes opciones para dar y regalar.
Eso sí, un detalle importante: la Clave PIN y el número de referencia son exclusivos para personas físicas. Así que, si eso te suena a chino, probablemente sea porque necesitas otro método.
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Ahora, ¿quién necesita presentar esta declaración? Bueno, si tus ingresos del trabajo superan los 22,000 euros con un solo pagador, o 15,000 euros con varios pagadores, Hacienda te está esperando. Y si eres autónomo, más te vale ponerte las pilas porque vas a tener que presentarla, independientemente de tus impuestos.
Recuerda que en TaxDown tenemos expertos fiscales en todas las especialidades, autónomos, declaraciones conjuntas, inversores, propietarios, etc. Así que, si tu situación fiscal es complicada ¡o no! sea como sea, puedes contar con nosotros.
La calculadora de AEAT
Por otro lado, la Agencia Tributaria tiene para todos sus contribuyentes una excelente herramienta, la cual facilita mucho este proceso.
Esta es la calculadora virtual, con ella sabrás en qué estado se encuentra la declaración para dicho año a tramitar. La misma indica si es a devolver o a pagar.
¡Pero vamos! Que también puedes calcular tu resultado gratis con TaxDown, se te aplicarán todas las deducciones posibles. ¿Quieres? Hazlo desde aquí
Para esto es muy importante estar debidamente registrado en la web e ingresar todos los datos personales. Después de ello, hay que poner la información fiscal y todos los ingresos, así el programa te dará una cifra bastante orientativa.
Plazos relacionados con el borrador
Desde el miércoles 3 de abril, podrás presentar tu declaración de forma online mediante el programa Renta Web o la app móvil de la agencia. Si prefieres la comunicación directa, el martes 7 de mayo se abre la opción de hacerlo por teléfono, aunque debes pedir cita previa desde el 29 de abril hasta el 28 de junio.
Para los que optan por el trato cara a cara, el lunes 3 de junio empieza la presentación presencial en las oficinas de la agencia, recordando que es necesario agendar una cita entre el 29 de mayo y el 28 de junio. Atención al miércoles 26 de junio, último día para presentar la declaración online si resulta en un ingreso con domiciliación en cuenta y también el límite para solicitar cita para otras modalidades de declaración.
Recuerda que con TaxDown puedes hacerla y presentarla, con un experto a tu lado ayudándote en todo lo que necesites. ¡Contrata un plan con nosotros aquí!
Finalmente, el lunes 1 de julio marca el cierre definitivo de la campaña de renta. Este día es el último plazo para presentar todas las declaraciones. Con estas fechas claras, puedes organizar tu agenda para cumplir con tus obligaciones fiscales a tiempo y evitar sorpresas de última hora. ¡No dejes que los impuestos te sorprendan!
Fechas importantes para los autónomos
Es muy importante destacar que en el mes de abril se realizan dos citas sumamente importantes para todos y cada uno de los autónomos.
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Únicamente lo deben presentar todos los trabajadores que se encuentren por cuenta propia y que hayan hecho actividades económicas mayores a 3.005,06 euros con los clientes.
¿Sabías que en TaxDown tenemos expertos fiscales especializados en la materia de autónomos? Ellos te ayudarán a ahorrar todo lo que el estado no te lo permite. Si no te lo crees, compruébalo tú mismo desde aquí
Después, para el día 20 del mes de abril, deberán entregar o formalizar los siguientes modelos correspondientes al primer trimestre, los cuales son: el 111 y 115 para la declaración de IRPF, el modelo 303 y 349 son para declaración del IVA; y el formato 309 se utiliza para la declaración no periódica de IVA.
El 368 es para todos los casos que son regímenes especiales, 130 y 131 se realiza para todos los pagos fraccionados de la renta, y finalmente 202, que son para pymes de pago fraccionado con respecto al Impuesto de Sociedades.
El mes de julio será el definitivo para poder presentar todos los modelos que corresponden al segundo trimestre o periodo del año con respecto a las retenciones de IRPF y autoliquidación del IVA, pagos fraccionados y operaciones intracomunitarias, que son iguales que el 20 de abril.
El 27 de julio se terminará el plazo para que dichas empresas puedan entregar el modelo 200, que corresponde a la declaración a anual sobre el Impuesto de Sociedades.
¿Te suena raro todo esto o hay algo que no entiendas? Puedes empezar a entenderlo todo, si empiezas a contar con TaxDown… Aquí y ahora.
Nuevamente, para el día 20 del mes de octubre todos los trabajadores que están por cuenta propia tienen que presentar absolutamente todas las declaraciones trimestrales que corresponden al mes de abril y en julio.
Finalmente, para culminar el año, el día 21 del mes de diciembre se terminará el plazo para entregar el modelo 202, que corresponde al pago fraccionado que integra el Impuesto de Sociedades.
¿Estas agobiado o te preocupa no estar haciendo tus trámites fiscales bien? Te recomendamos que cuentes con una asesoría fiscal de confianza, como TaxDown! Te ayudaremos a tener todo bajo control y a que cuentes con todos los beneficios fiscales que te pertenecen. Cuenta aquí con TaxDown.
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"Quise empezar a invertir en acciones y crypto y desconocía la relación fiscal que tendría y no dudé en aprovechar la suscripción para que me orientaran...muy útil!"
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Ernesto
"me asesoraron en cómo y cuándo vender mi casa para ahorrar fiscalmente, no tenía ni idea!"
Ricardo
"prácticamente por el mismo precio que me cuesta un asesor, además de la renta tengo asesoría fiscal todo el año gratis...merece la pena"
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