Reconocimiento de deuda con solicitud de aplazamiento, qué debes hacer

Publicado el 27/11/2023 por
Alvaro Icaza
Categoría
Declaración de la Renta
Contenidos:
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En el temido mundo fiscal, el Reconocimiento de Deuda con Solicitud de Aplazamiento puede ser una pequeña tabla de salvación para quienes buscan flexibilidad en el pago de sus obligaciones fiscales.

Este nombre tan largo es, básicamente, una opción que te permite, bajo ciertas condiciones marcadas por la Agencia Tributaria, aplazar la cantidad que debes al fisco. De esta manera podrás respirar con más tranquilidad si llegas justo a fin de mes.

Pero claro, ¿cómo se pide este aplazamiento? Justo en este artículo resolveremos esa duda, y no solo eso, sino que también hablaremos sobre las deudas que puedes aplazar, sus posibles intereses y cosas importantes que tienes que tener en cuenta antes de pedirle un “favor” a Hacienda. ¡Vamos con ello!

¿Qué es un aplazamiento con Hacienda?

Venga, empezamos por lo sencillo. El aplazamiento con Hacienda es un recurso que tienes como contribuyente y que te permitirá aplazar la fecha de pago de tus deudas tributarias. Esto es, básicamente, una oportunidad para mejorar la liquidez de tu economía y así atender otras necesidades financieras urgentes.

Pero no te creas que aplazar es sinónimo de no pagar. No, no, no. Estamos hablando de la Agencia Tributaria. Y podemos decir que es como los Lanniester: siempre paga sus deudas.

El aplazamiento será una especie de respiro. Imagínate que estás pasando por una situación financiera delicada y justo coincide la presentación de un impuesto que te sale a pagar. Pedir un aplazamiento te servirá para desahogar las penas de forma temporal.

Por cierto, se pueden solicitar el aplazamiento no solo en la declaración de la renta, también en las liquidaciones del IVA, el Impuesto de Sucesiones, Sociedades, etc.

¿Qué deudas se pueden aplazar con Hacienda?

Vale, ya sabemos más o menos qué deudas se pueden aplazar: todas las tributarias de naturaleza pública cuya titularidad corresponda a la Agencia Tributaria. Básicamente, las que te mencionábamos en el párrafo de más arriba pero que te volvemos a mencionar:

  • Declaración de la renta: sí, el IRPF permite fraccionar la deuda en dos pagos: uno (el 60% del total) el 1 de julio que tendrás que pagar mediante cargo en cuenta o domiciliación bancaria; y un segundo pago (del 40% restante) que se hace el 5 de noviembre.  Este fraccionamiento es el aplazamiento más sencillo, ya que puedes solicitarlo directamente al completar tu declaración. Y lo mejor es que no implica pagar un interés.
  • La declaración trimestral del IVA: el modelo 303, dada la suposición de Hacienda de que el IVA a presentar aún no ha sido cobrado, también se puede aplazar.
  • Impuesto de Sociedades: ¡sí, también se puede!

Pero en este apartado hay que hacer un pequeño inciso que afecta a autónomos y pequeñas y medianas empresas. Si ese es tu caso, puedes aplazar deudas inferiores a 50.000€ sin presentar avales o garantías. Esto es una novedad reciente bastante positiva, ya que antes el límite estaba en 30.000€. ¿Ves? El mundo no siempre va a peor. Vale, en general, sí. Pero hay veces que nos encontramos con pequeñas mejoras como ésta y que honestamente, merecen ser celebradas (¡chupito!).

Persona encadenada a una fajo de billetes representando las deudas con Hacienda

Ya hemos visto las deudas que podemos aplazar, ¡bien! Ahora vamos con las que NO podemos aplazar, ¡oh, oh!

  • Deudas de sellos: Si debes dinero por concepto de sellos o timbres fiscales, no podrás aplazar ese pago. No es el caso más común, la verdad.
  • Retenciones e ingresos a cuenta: Si eres el responsable de retener impuestos de otros (como por ejemplo si eres un empleador que retiene el impuesto sobre la renta de sus empleados), no puedes aplazar el pago de estos impuestos retenidos a Hacienda.
  • Deudas en caso de quiebra: Si una empresa está en quiebra, hay ciertas deudas con Hacienda que deben pagarse antes que otras (son lo que se llama «créditos contra la masa», vaya nombrecito), y estas deudas no se pueden aplazar.
  • Recuperación de ayudas de Estado: Si has recibido ayudas del Estado que tienes que devolver en algún momento, no podrás aplazar el pago.
  • Deudas de resoluciones desfavorables: Si has tenido un litigio con Hacienda y has perdido, las deudas que resulten de esa resolución desfavorable no se pueden aplazar, especialmente si ya se habían suspendido los pagos durante el litigio.
  • Tributos repercutidos: Si debes impuestos que legalmente debían ser pagados por otra persona o entidad pero que no han pagado, no puedes aplazar el pago de estos impuestos a no ser que puedas demostrar que realmente no se te ha pagado.
  • Pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades: Si eres una empresa y debes hacer pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades, no puedes aplazar estos pagos.

¿Cómo solicitar el aplazamiento de deuda?

Todo depende del tipo de deuda que tengas. Aquí no podemos hablar de cada caso concreto, pero sí podemos decirte que, como norma general, la web de la Agencia Tributaria te permite realizar el aplazamiento de tu deuda.

Lo más normal es que puedas solicitar el aplazamiento de la deuda justo en el momento en el que has presentado el modelo concreto. En plan: “mira, estoy cumpliendo con mis obligaciones fiscales presentando este modelo en el periodo establecido. Me ha salido a pagar pero no puedo asumir dicho pago”. Como norma general, tendrás la opción de aplazamiento en este siguiente enlace de la Agencia Tributaria.

Cuando hagas esto, Hacienda te pedirá una serie de datos, como tu cuenta bancaria, el número de aplazamientos… e incluso te puede llegar a preguntar por el motivo del aplazamiento.

Personas preocupadas por una deuda que tienen con la Agencia Tributaria

¿Cómo funciona el aplazamiento de una deuda con la AEAT?

Como te decíamos en el párrafo anterior, puedes hacerlo online desde la comodidad de tu casa al momento de presentar el modelo concreto. Normalmente, en tu solicitud te pedirán esto:

  • Papeleo necesario. Aunque a nadie le gusta el papeleo, tendrás que juntar algunos documentos. Necesitarás algo que respalde que realmente estás en aprietos económicos, como un aval de un banco o una sociedad de garantía recíproca, y otros papeles que muestren tu situación financiera. También, si alguien te representa, necesitarás los documentos que lo acrediten.
  • Revisión de tu solicitud. Una vez que entregues todo, alguien en la AEAT se pondrá a revisar tu solicitud, verificando tu falta de liquidez y si las garantías que presentas son suficientes. Durante este tiempo, tendrás que ir pagando las cuotas que hayas propuesto.
  • Respuesta de Hacienda. La AEAT te enviará una respuesta detallada sobre si acepta o no tu solicitud, especificando cómo y cuándo deberás pagar. Si no cumples con lo acordado, la AEAT retomará el proceso para cobrarte la deuda, ya sea en parte o en total.

Y si no estás de acuerdo con la respuesta, siempre puedes presentar una queja o recurso.

¿Qué intereses tiene el aplazamiento de deuda con Hacienda?

Como normal general, la tasa de interés de demora a partir del 2023  es del 4,0625%. El año pasado era del 3,75%, así que esto no es un progreso a mejor. Este interés se aplica sobre la cantidad de la deuda que tienes y la cual quieres aplazar.

De todas formas, dependiendo de cada caso, pueden aplicarse otros recargos extras por el aplazamiento. En ese caso, la propia Hacienda debería comentarte su coste.

En cualquier caso, la Agencia Tributaria dispone de una calculadora online para comprender bien cuáles serán los intereses que tendrás que pagar. Pulsa aquí para acceder.

FAQs sobre los aplazamientos de deuda

¿Se puede aplazar el pago de la declaración renta?

¡Sí, claro! Como te decíamos, si quieres aplazarlo no hay problema siempre que lo hagas en dos pagos. En el momento de presentar tu declaración, seleccionas la opción y chinpún. Felices todos. Hasta ahí, todo en orden.
Ahora bien, ¿y si quiero/necesito aplazar el pago de mi deuda en más plazos? Podrías, pero es más complejo. Te lo contamos en el siguiente apartado.

¿Cómo se aplaza el pago de la renta?

Para aplazar el pago de la renta, deberás seguir un procedimiento similar al del aplazamiento de otras deudas tributarias. Presentarás los modelos correspondientes y seleccionarás la opción de aplazamiento, proporcionando toda la información necesaria para que Hacienda evalúe y, en su caso, apruebe tu solicitud.

Qué coste tiene el aplazamiento de deudas

El coste del aplazamiento se traduce en los intereses que Hacienda aplicará sobre el monto adeudado. Es prudente calcular estos costes y compararlos con los beneficios de aplazar el pago, para tomar la mejor decisión.

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