Este articulo lo vamos a dedicar a lo que más nos gusta: ¡LOS BENEFICIOS FISCALES! Y en este caso a los beneficios fiscales autonómicos de Andalucía que son ni más ni menos que 13. ¿Sabes cuáles son? Te las explicamos a continuación.
¿Qué beneficios fiscales autonómicos existen en Andalucia?
Cómo hemos comentado, Andalucia cuenta con unas cuantos beneficios fiscales para ayudar a aliviar la carga fiscal de las personas que se encuentren en determinadas situaciones y que pasamos a a explicarte a continuación:
Por nacimiento o adopción de hijos
50 euros por cada hijo
Por alquiler de la vivienda habitual
500 euros anuales.
Por inversión en vivienda habitual
Que tenga la consideración de protegida y por las personas jóvenes
- Dos tipos, normal y para menores de 35
Viviendas protegidas
30 euros
Familias monoparentales y, en su caso, con ascendientes mayores de 75 años
100 euros para contribuyentes que sean padres o madres de familia monoparental en la fecha de devengo del impuesto
Por discapacidad
100 euros por cada contribuyente que tenga la consideración legal de persona con discapacidad en grado igual o superior al 33 por 100
Por asistencia a personas con discapacidad
100 euros por cada persona con discapacidad.
500 euros anuales por contribuyente, cuando se acredite que las personas con discapacidad necesitan ayuda de terceras personas
Por adopción de hijos en el ámbito internacional
600 euros por cada hijo adoptado
Para contribuyentes con cónyuges o parejas de hecho con discapacidad
100 euros por el cónyuge o pareja de hecho
Por ayuda doméstica
No podrá superar 250 euros
Por inversión en la adquisición de acciones y participaciones sociales como consecuencia de acuerdos de constitución de sociedades o ampliación de capital en las sociedades mercantiles
El límite de deducción aplicable será de 4.000 euros anuales.
Para trabajadores por gastos de defensa jurídica de la relación laboral
El importe máximo de deducción será de 200 euros, tanto en tributación individual como conjunta.
Por las cantidades donadas al Servicio Andaluz de Salud para la lucha contra el avance del Covid-19
El importe máximo de deducción será de 500 euros anuales, por declaración (tanto individual como conjunta).
Desde 1-1-2021, los contribuyentes que tengan la consideración de miembro de familia numerosa, de conformidad con la L 40/2003 o norma que la sustituya, pueden aplicar una deducción de 200 €, en el caso de familias numerosas de categoría general, y de 400 € en el caso de familias de categoría especial.
Se requiere que la suma de las bases imponibles general y del ahorro no sea superior a 19.000 € en tributación individual o 24.000 € en tributación conjunta.
Los contribuyentes deben ostentar, a la fecha del devengo del Impuesto, el título de familia numerosa que acredita dicha condición y categoría.