Resumiendo, que es gerundio
La bonificación del IBI por discapacidad en Andalucía ofrece un alivio fiscal a quienes tienen una discapacidad reconocida de al menos el 33%. Este beneficio reduce el IBI de la vivienda habitual, variando el descuento según el grado de discapacidad. Es necesario cumplir ciertos requisitos y presentar la solicitud en el ayuntamiento correspondiente. Te contamos todo a continuación.
¿Estás al tanto de la bonificación del IBI por discapacidad en Andalucía? Si vives en esta comunidad autónoma y tú o alguien de tu familia es discapacitada, esta información podría interesarte y beneficiarte económicamente. En Andalucía, las personas con discapacidad pueden acceder a una bonificación en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), lo que representa un alivio significativo en sus finanzas personales. ¡Vamos a descubrir cómo puedes aprovechar esta oportunidad!
¿Qué es la bonificación del IBI por discapacidad?
Actualización 24/06/2024: Actualmente está bonificación del IBI no se encuentra disponible en ningún ayuntamiento de Andalucía. Si en el futuro volviese a estar disponible, añadiremos toda la información necesaria en este artículo.
Requisitos para acceder a la bonificación
Para ser beneficiario de esta bonificación, debes cumplir con ciertos criterios:
- Grado de discapacidad: Tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
- Residencia habitual: La propiedad sujeta al IBI debe ser tu residencia habitual.
- Titularidad: Debes ser titular de la vivienda, ya sea como propietario o usufructuario.
Proceso de solicitud
Solicitar la bonificación es un proceso sencillo pero requiere que aportes la documentación necesaria:
- Certificado de discapacidad: Deberás presentar el documento que acredite tu grado de discapacidad.
- Escritura de propiedad: Demostrar que eres titular de la vivienda.
- Solicitud formal: Rellenar y presentar el formulario específico en tu ayuntamiento.
Beneficios concretos
La bonificación puede variar según el grado de discapacidad:
- Discapacidad del 33% al 64%: Podrías acceder a una reducción en el IBI que oscila generalmente entre el 30% y el 50%.
- Discapacidad del 65% o superior: La bonificación podría incrementarse, llegando en algunos casos hasta el 95%.
La bonificación del IBI por discapacidad no está disponible en todos los ayuntamientos, por lo que deberás preguntar en el de tu ciudad para saber si existe esta ayuda en tu municipio.
Recuerda, estar informado es el primer paso para acceder a los beneficios que te corresponden. ¡Aprovecha esta oportunidad y mejora tu bienestar y el de tu familia!
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Buenos dias, en mi ayuntamiento de Roquetas de Mar, Almeria me dicen que esto de la bonificación del IBI por discapacidad entre el 33% al 64% no existe, que no sabe de donde lo habeis sacado.
Hola, Encarnación.
Por desgracias, todos los ayuntamientos de Andalucía no tienen disponible esta ayuda.
Un saludo 🙂
Buenos días. Me gustaría saber qué normativa regula la bonificación de IBI por discapacidad, por favor. Gracias de antemano.
¡Hola, Patricia!
La bonificación del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) por discapacidad está regulada por las ordenanzas fiscales de cada ayuntamiento. Cada municipio puede establecer sus propios requisitos y condiciones para esta bonificación.
Te recomendamos consultar la ordenanza fiscal de tu ayuntamiento específico para obtener la información exacta.
Si necesitas más información, puedes contactar con nosotros a través de support@taxdown.es, una vez que contrates alguno de nuestros planes, y estaremos encantados de ayudarte.
Un saludo 🙂