Fechas para presentar la declaración de la renta 2023 / 2024

Publicado el 08/02/2022 por
Juncal De Haro
Categoría
Declaración de la Renta
Contenidos:
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Unos de los trámites anuales a los que nos tenemos que enfrentar todos los contribuyentes es la presentación de la declaración de la renta. Un proceso tedioso, complicado y, en la mayoría de los casos, difícil por la gran cantidad de aspectos que hay que tener en cuenta para que no existan errores en el resultado final.  

Pero Taxdown hace de ese proceso, el más sencillo, cómodo y fácil del mundo. Por esta razón en este artículo vamos a destacar todas las fechas importantes para presentar la declaración de la renta en tiempo y forma. Vamos a por ello. 

¿Cuál es el plazo para presentar la declaración de la renta en 2024?

La primera fecha importante que nos tenemos que grabar a fuego en la mente es el inicio de Campaña de la renta: miércoles 3 de abril de 2024. Desde esa fecha todos los contribuyentes pueden presentar sus declaraciones de la renta por Internet ante Hacienda.  

Ten en cuenta que, para acceder al borrador de Renta Web, la página de la Agencia Tributaria se tiene que tener el certificado digital, Cl@ve PIN y el número de referencia. Este último número se obtiene gracias a la casilla 505 de la declaración del ejercicio anterior. 

¿Y hasta cuándo se puede presentar la renta? Hasta el 1 de julio de 2024. Y esta es la segunda fecha importante que marca el fin del plazo establecido. Por lo que toda declaración que se presente después estaría fuera de plazo y conllevará intereses de demora o posibles sanciones como las que veremos en el siguiente apartado. 

Por tanto, no lo olvides: del 3 de abril al 1 de junio de 2024 tendrá lugar la Campaña de la Renta 2023 – 2024 y en Taxdown estaremos esperándote encantados. 

Otras fechas a tener en cuenta son: 

  • Jueves 5 de mayo: Inicio de la opción para presentar las declaraciones por teléfono, con obligación de tener una cita previa.
  • Lunes 27 de junio: Es el último día para domiciliar la cuenta bancaria.  Por lo que las declaraciones que salgan a pagar a Hacienda después de esa fecha no se podrán domiciliar y se tendrán que pagar en el propio banco o mediante NRC. En este momento recordamos el refrán de: “no dejes para mañana lo que puedas hacer hoy” para tu mayor comodidad. TaxConsejito. 
Mujer con su declaración y un reloj preguntándose cuáles son las fechas para la declaración de la renta

 

¿Qué pasa si me he pasado de fecha?

Pues verás, todo dependerá de dos aspectos: si Hacienda lo requiere mediante notificación o si el contribuyente lo declara de forma voluntaria. Además, también habrá que tener en cuenta, cuánto tiempo se tarda en presentarla ya que el recargo que se impondría no sería el mismo.  

Como hemos dicho en el apartado anterior, el día 30 de junio finaliza el plazo para la presentación de la declaración en período voluntario ante la Agencia Tributaria. Por consiguiente, toda fecha posterior supondrá que la declaración estará presentada fuera de plazo.  

A continuación, diferenciamos dos posibles consecuencias que se pueden dar, en función de si ésta sale a pagar o a devolver.

Si tu declaración sale a pagar:

  1. Si Hacienda todavía no ha requerido el pago y lo hace el contribuyente voluntariamente, el recargo será mayor cuanto más tiempo se tarde en presentar. 
  • Dentro de los 3 meses siguientes al término del plazo establecido para ello, el recargo será del 5%.
  • Entre los 3 y 6 meses, el recargo será del 10%.
  • Entre los 6 y 12 meses, el recargo será del 15%.
  • A partir de 12 meses, el recargo será del 20 % y también se exigirá los intereses de demora (3,75 %) por el periodo transcurrido desde el día siguiente al término de los 12 meses hasta la presentación de la declaración.

Además, según el art. 27.5 Ley General Tributaria, el recargo notificado por declaración extemporánea si se ingresa en periodo voluntario y si no se recurre, se reducirá en un 25%. 

  1. Si Hacienda ha emitido algún requerimiento, la infracción conlleva una sanción entre el 50 y el 150 % del total de la deuda. Todo esto dependiendo de si se ha causado perjuicio económico a Hacienda o si se han cometido de forma repetida otras infracciones tributarias.

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En estos casos es posible aplicar una reducción del 30% si se acepta la sanción impuesta (conocida como ‘reducción por conformidad’). O una reducción del 25% si se ingresa la sanción en el período voluntario de pago señalado en la notificación (llamada ‘reducción por pago’).   

En este punto hay que tener en cuenta que, si el resultado de la declaración de la renta sale a pagar, el pago se efectúa de forma automática el 30 de junio el 60%. El segundo pago tiene lugar el 5 de noviembre el 40%.  

Si en algún caso no se efectúa en ese segundo pago debido a que, por ejemplo, no se tenga dinero en la cuenta bancaria, se tendrá que pagar a Hacienda lo que corresponda del segundo plazo (el 40%) del total de la deuda, más:

  • Un 5% sobre esa cantidad si lo ingresas en Hacienda antes de que requiera (que emitan una carta para que se pague).
  • Un 10% sobre esa cantidad si Hacienda requiere, y se paga en el plazo que establezca.
  • Un 20% sobre esa cantidad si Hacienda requiere, y no se efectúa el pago en el plazo que establezca. En este caso, se genera otra cantidad a pagar adicional llamada interés de demora, que es del 3,75% sobre la cantidad que no se ha pagado.   
Persona feliz haciendo la declaración de la renta en fecha

Si tu declaración sale a devolver:

Si Hacienda todavía no ha requerido el pago y lo hace el contribuyente voluntariamente, se tendrá que abonar una multa de 100 euros. 

Por el contrario, si Hacienda ha emitido requerimiento, la multa asciende a 200 euros. 

 En resumen, el procedimiento para presentar la declaración de la renta fuera de plazo es el mismo si estuvieras en él. ¡Taxdown se encarga de ello! 

La Administración tiene un plazo de cuatro años para reclamar esas cantidades pendientes de pagar. Por lo que uno no se debe confiar porque durante ese periodo Hacienda puede tocar a tu puerta. ¡En Taxdown también nos encargamos de esos requerimientos y además podemos revisar que las declaraciones de años anteriores estén presentadas correctamente! 

¿Qué más argumentos se necesitan para usar Taxdown? Evita no retrasar la presentación de la declaración de la renta. Ya que así se podrá evitar o minimizar una sanción económica que, como hemos visto, puede alcanzar el 150% de la deuda pendiente a la Agencia Tributaria. 

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