Deducciones de gastos de guarderías para padres en 2023 / 2024

Publicado el 04/05/2023 por
Juncal De Haro
Categoría
Deducciones y ayudas
Contenidos:
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Tener un hijo/a es una gran aventura que te llenará de alegrías, sorpresas, disgustos y alguna que otra ventaja fiscal, ¡como las deducciones de gastos de guarderías!

No pierdas detalle de cómo se hace porque si hay algo que sorprende durante los primeros meses como madre o padre, es saber los abusivos precios de las guarderías. Menos mal que podrás incorporarlos en tu declaración para pagar un poquito menos de IRPF 

En qué consiste esta deducción

Antes de comenzar a hablar de ello en profundidad, vamos a ponernos puristas para que se note que se nos dan bien los temas fiscales, que por eso nos dedicamos a ello. Y es que hay que aclarar que NO existe una deducción de gasto por la guardería. No, no, no. Para ser más exactos en términos fiscales, de lo que estamos hablando es de un incremento de la deducción por maternidad por gastos de guardería o centros de educación infantil.  

O dicho en estas palabras: es una prestación adicional a la deducción por maternidad y te permite deducir hasta 1.000€ en tu declaración de la renta. Ni tan mal.  

Si sumas la deducción por maternidad y estas deducciones por gastos de guardería adicionales, podrás deducirte… ¡hasta 2.200€! Esta cifra no te sacará de pobre ni tampoco evitará que cambies cinco pañales al día, pero al menos sí te dará una alegría cuando hagas tu declaración de la renta. 

Además, hay que distinguir entre la deducción de gasto de guardería de ámbito estatal y de ámbito autonómico. Son totalmente complementarias y podrás acogerte a ambas si reúnes los requisitos. 

Toda la información que vamos a mostrarte a continuación está relacionada con las deducciones de gastos de guarderías de ámbito estatal, aunque al final del artículo te mostraremos las cantidades que recibirías con las autonómicas. 


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Requisitos para pedirla

¿Qué se necesita para acogerte a las deducciones de gastos de la guardería de tus hijos/as? Son fundamentalmente cinco. Toma nota: 

  1. Ser mujer y tener un hijo/a menor de tres años: Si eres padre, solo puedes acceder a ella en determinados casos muy concretos que te contamos más abajo.
  2. Tener derecho a la deducción por maternidad:Si quieres más información, puedes echar un ojo a este artículo donde te contamos todo sobre esta deducción. Y si no quieres, te vamos a contar de manera resumida los requisitos para acceder a esta deducción: eres madre trabajadora, o has estado dada de alta en la Seguridad Social o Mutualidad al menos 30 días desde que nació el niño.
  3. Estar empleada por cuenta ajena o cuenta propia: Si estás en paro, solo tendrás derecho a esta deducción por el año 2023, año en el que cambiaron los requisitos.
  4. Estar dada de alta en la Seguridad Social: O, si eres trabajadora por cuenta propia, estar dada de alta en tu mutualidad correspondiente.  
  5. Haber dado de alta al hijo/a en una guardería o centro de educación infantil: Es una obviedad, porque si estamos hablando de deducción de gastos por guardería… ¡tendrás que haber llevado a tu hijo/a a la guarde! Antes, solo podías beneficiarte si eran centros autorizados. ¡Pero ya no! Ahora el Tribunal Supremo ha dicho que esto no es así y podrán deducirse en el IRPF todas las guarderías y centros de educación infantil. (Siempre y cuando sean legales, ejem). Y otro dato importante: estos gastos tienen que producirse por meses completos y no tienen que tener la consideración de rendimientos del trabajo en especie. Esto último es importante para tenerlo en cuenta, ya que muchas empresas ofrecen a sus empleados la posibilidad de pagar la guardería a modo de retribución flexible.  
Niños jugando con la profesora en una guardería. Sus padres podrían deducirse este gasto

Cómo saber cuánto te puedes deducir

Si eres un lector o lectora perspicaz, te habrás fijado que a lo largo del artículo hemos escrito siempre la frase puedes deducirte HASTA 1.000€”. Ese ‘hasta’ que se utiliza muchas veces de forma maliciosa en publicidad es la clave, porque no siempre podrás deducirte el máximo.  

Entonces, ¿cómo sabes la cantidad que puedes deducirte? Pues depende de lo que hayas pagado por la guardería y el número de meses que haya estado el niño/a matriculado. Son 83,33€ por mes matriculado. Y a esa cifra total tendrás que restarle las ayudas autonómicas, las posibles subvenciones o el llamado cheque guardería de las empresas. 

Por otra parte, los gastos que te puedes desgravar son tres: matrícula, asistencia y comedor. 

¡Ah! Nota importante: si solo has pagado medio mes… ¡esa cifra no contará para el total!  

Cómo solicitar la deducción de guarderías

Ojalá pudieras solicitarla en cualquier momento… ¡pero no! Solo puedes pedirla a la hora de hacer la declaración de la renta y rellenando su casilla correspondiente.  

Una vez rellenes los datos correspondientes, Hacienda los cruzará con los de la guardería de tu hijo/a para comprobar que todo es correcto. 

Lo más importante para solicitar la deducción de guarderías es asegurarte de que el centro infantil rellena el modelo 233. La fecha tope para hacerlo suele ser finales de enero principios de febrero.  

Preguntas frecuentes:

Cheques guardería

Antes de nada, ¿qué es el cheque guardería? Se conoce como el salario en especie que la empresa otorga al empleado y cuya cifra está exenta de pagar IRPF. Hay muchas personas que eligen esta retribución flexible en lugar del abono de transporte o los tickets restaurante. Si tú has elegido el cheque guardería como retribución flexible, tienes que tener en cuenta que Hacienda lo considera como una especie de subvención. ¿Y eso qué quiere decir? Pues que esa cantidad que te dan no te cuenta para hacer el cálculo del total gastado. El resto de lo que pagas (que probablemente seguirá siendo mucho), sí que podrás contabilizarlo para acogerte a la deducción.  

¿Cuándo se cobra?

Como ya hemos mencionado con anterioridad, la única manera de acogerte a esta deducción es haciendo la declaración de la renta, cuyo periodo suele ir desde abril hasta junio de cada año. Lamentablemente, no puedes solicitar el pago de esta deducción por adelantado. ¡Ohhh! Bueno, no todo pueden ser buenas noticias. 

Si tu declaración te sale a devolver (¡suerte con ello!), lo más probable es que recibas el ingreso 6 meses después de presentar tu declaración. Pero esto es orientativo. Con Hacienda nunca se sabe y a veces te paga pronto, algunas veces te paga tarde y otras te paga MUY tarde.  

¿Tiene que hacer algo la guardería?

Tienes que aplicarlo tú en tu declaración de la renta. Para ello, tendrás que aplicarte la deducción por maternidad más este incremento. Antes, la guardería tiene que rellenar y enviar a Hacienda el modelo 233, que es el modelo que tienen que presentar los centros autorizados con los datos personales de la madre, del padre y del hijo/a, etc. Pero ahora, como se amplía a todos los centros, podrás solicitarlo en tu renta, y además, modificar las declaraciones anteriores de hasta 4 años atrás e incluirte este incremento.

Guardería por la que unos padres podrán deducirse sus gastos

¿Puede deducirlo el padre?

La deducción por maternidad siempre va destinada a la madre. El padre solo puede acceder a estas ayudas si la madre ha fallecido o si la custodia del hijo/a la tiene en padre en exclusiva. Si quieres saber más sobre las posibles deducciones por paternidad, te recomendamos leer este artículo. 

En el caso de la deducción estatal por gastos de guardería, pasa lo mismo. El padre solo puede aplicársela si ha beneficiado de la deducción por maternidad. En caso contrario, no podrá deducirse estos gastos.

Deducciones autonómicas

Todo lo que te hemos contado hasta ahora está relacionado con las deducciones de gastos de guardería de ámbito estatal. Pero, ¿qué pasa con las comunidades autónomas? Pues que también hay algunas a las que puedes acogerte.  

Como somos tan majos, vamos a ponerte un listado con cada una para que sepas la cantidad exacta: 

Comunidad autónomaCantidad máxima
Andalucía 250€ 
Aragón 250€  
Asturias 330€  660€ en zona con riesgo de despoblación 
Baleares 600€ 
Canarias 400€ 
Cantabria 600€ 
Castilla-La Mancha 250€ hijos menos de 3 años  125€ hijos con 3 años 
Castilla y León322€ 
Extremadura 400€ 
Galicia 400€ un hijo  600€ dos o más hijos 
Madrid 400€  500€ familia numerosa 
Murcia 1.000€ 
La Rioja 600€ 
Comunidad Valenciana 270€ 

Recuerda que puedes aplicarte la deducción por gastos de guardería, tanto de ámbito estatal como autonómico, de manera manual a través de Renta Web; o, si decides hacer la declaración de la renta con TaxDown, nosotros te la aplicamos de forma automática. 

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33 thoughts on “Deducciones de gastos de guarderías para padres en 2023 / 2024

  1. Muy bueno el articulo aunque me crea una duda. Cuando pones sin embargo, en el caso de las deducciones por gastos de guardería, el padre sí se podrá desgravar siempre que haya pagado la guardería desde su cuenta corriente, quiere decir que nos deducimos tanto la madre como el padre si se paga con la cuenta del padre? O solo se deduciria el padre en ese caso?
    Muchas gracias

    1. ¡Hola Laura!

      Es importante saber que solo te puedes deducir lo que hayas pagado. Si Hacienda te exige comprobarlo debes ser capaz de demostrar qué cantidad exacta abonaste. Si procede de la cuenta de otra persona, debes poder demostrar que esa cuenta era conjunta, o que le realizaste una transferencia por dicha cantidad. Por ello, la administración suele presumir que solo tienes derecho a deducirte lo que hayas pagado individualmente, haciendo excepciones de interpretación en cuentas compartidas o en casos de matrimonios casados en el régimen de gananciales, donde se presume la ganancialidad de los bienes.

      Cualquier otra duda, escríbenos. Te ayudaremos encantados. Un saludo!

  2. Hola,

    ¿Pagar mes a mes la guardería de un niño mediante Tickets Guardería, es equivalente a desgrabarse esa misma cantidad en la Renta IRPF?

    Según comentáis, la deducción por gastos de guardería en la Renta tiene un límite de 1000€.
    Sin embargo, en mi empresa no tengo esa limitación para pagar la guardería de mi hijo a través de Tickets Guardería.
    Es decir, a través de Tickets Guardería puedo pagar una mensualidad de 400€/mes, lo que saldrían 4800€/año libres de impuesto IRPF (por pagar a través de Ticket Guardería).

    ¿Qué sucede con las personas cuyas empresas no ofrecen la posibilidad de usar Ticket Guardería?
    ¿Están en discriminación al no poder desgrabarse nada más que 1000€ anuales de la Renta?

    Gracias

    1. ¡Hola, Marce! ¡Gracias por dejar tu duda! En cuanto a tu comentario, no puedes incluir en la declaración de la Renta los importes de guardería que pagues con tickets de guardería. ¡Saludos!

  3. hola!veo que la Catalunya no está…no existe subvención/deducción en Catalunya para guardería en la renta?Gracias.Un saludo!

    1. ¡Hola Daniela!

      Qué felices nos hace que nos comentes. Verás, en Cataluña, existe una deducción por 150 euros por el nacimiento o adopción de un hijo o 300 euros en caso de declaración conjunta de ambos progenitores.

      De todas maneras, te animamos a hacer el flujo de preguntas de TaxDown y te pongas en contacto con nosotros para que te asesoremos sobre tu caso personal y encontremos el resultado más beneficioso en tu declaración 🙂

      Un saludo!

  4. Si se hace declaración conjunta, sólo el padre trabaja y tenemos 1 hija en guardería, podríamos solicitar la deducción? Hay que avisar a la guardería para que lo tramite? Es mejor pagar la guardería desde una cuenta en la que solo figure el padre? Gracias

    1. ¡Hola Cristina, buenos días! Muchas gracias por comentarnos.

      Si hacéis declaración conjunta y solo el padre trabaja y tenéis una hija en guardería, es posible que podáis solicitar la deducción fiscal por gastos en guardería. Para poder acceder a esta deducción, es necesario cumplir ciertos requisitos, como estar empadronado en Cataluña, tener un hijo menor de 3 años y contratar un servicio de guardería o asistencia a la infancia acreditado por la administración.

      Es posible que la guardería pueda ayudarte a facilitarte los documentos necesarios para hacerlo.

      Si tienes alguna duda, si quieres que te ayudemos con tu declaración o cualquier otro trámite, estaremos encantados de ayudarte 🙂 Un saludo!

  5. Buenas,
    Me surgen varias dudas después de leer el artículo. Cuánto hay que declarar como pago de guardería para tener derecho a desgravarse los 1000€? Si tanto mi marido como yo tenemos retribución flexible, podríamos beneficiarnos tanto de los 1.000€ como de la retribución flexible? Y la deducción autonómica de Andalucía, es compatible con las 2 anteriores? Muchas gracias

    1. ¡Hola María!

      Te aconsejamos que te pongas en contacto con nuestro equipo fiscal que son los profesionales y especializado en la materia. El mail es: support@taxdown.es o por el chat gratuito de nuestra web.

      Un saludo

  6. Buenos días,

    Si a la madre ya no le pueden devolver más dinero aún teniendo pendiente de incorporar los gastos por guardería, ¿podría el padre poner en su declaración el total de los gastos de la guardería?. Estos han sido pagados desde una cuenta compartida.

    Un saludo

    1. Hola Marta!

      En el caso concreto que planteas, si la madre ya ha incluido los gastos de guardería en su declaración de la renta y ha alcanzado el límite máximo de deducción permitido, el padre no podría incluir los mismos gastos en su declaración ya que se consideraría una doble deducción y podría ser objeto de una posible comprobación por parte de la Agencia Tributaria.

      Sin embargo, si la madre no ha incluido los gastos de guardería en su declaración de la renta y todavía tiene margen para aplicar la deducción correspondiente, el padre podría incluir los mismos gastos en su propia declaración siempre y cuando pueda justificar debidamente el pago y acreditar que los gastos corresponden a la atención y cuidado de sus hijos menores de 3 años.

      En cualquier caso, te recomiendo que nos consultes para obtener una orientación más precisa y detallada sobre la tributación de los gastos de guardería en tu situación particular y las posibilidades de deducción en la declaración de la renta de cada progenitor.

      Un saludo, Marta!

  7. Hola! Somos de Aragón así que he puesto la deducción autonómica a mano, y la estatal que ya salía. Mi duda es: la autonómica, ¿me la pongo a mi el 100% de las cantidades? ¿puedo ponerle también el 100% de las cantidades al padre por pagar desde una cuenta conjunta? ¿o tiene que ser 50-50? Gracias!!

    1. Hola Andrea!

      Si los gastos de la guardería han sido pagados desde una cuenta conjunta y uno de los progenitores ha soportado la totalidad de los gastos, dicho progenitor podrá aplicar la deducción autonómica por el 100% de las cantidades satisfechas. Si los gastos han sido compartidos al 50% entre ambos progenitores, cada uno podrá aplicar el 50% de la deducción autonómica correspondiente.

      Si tienes cualquier otra duda, pregúntanos por el chat de nuestra web 😊

  8. Hola!! Tengo una duda, el centro autorizado puede ser público o tienes que ser privado , o es en los dos casos cuando te puedes deducir el incremento de las guarderías. A mí primera hija la tuve en el primer ciclo de infantil en un centro infantil privado y me lo pude deducir en la declaración, con mi segundo hijo que viene en camino tenemos dudas si en el público también es deducible.

    Muchas gracias!

    1. Hola Paula!

      Si el centro público o concertado al que asistirá tu segundo hijo cumple con los requisitos para ser considerado un centro autorizado, es posible que puedas deducirte los gastos correspondientes en tu declaración de la renta. Sin embargo, te recomiendo que nos consultes para obtener una respuesta más precisa y actualizada, ya que las normativas pueden variar en cada territorio.

      Un saludo!

  9. En el caso de las Comunidades que tambien tienen dedicción (en mi caso Cantabria) ¿Imputas el gasto en ambas casillas (maternidad y autonómica)? ¿Solo una de ellas?

    1. Hola Silvia!!

      Sii, son compatibles ambas. Te recomendaríamos ponerte en contacto con nosotros a través del chat de la web para analizar tu caso personal. Un saludo!

  10. Buenas noches: tengo una pregunta sencilla…Si solo trabajé algunos meses del año, entiendo que sólo me puedo deducir los gastos de guardería abonados los meses que estuve trabajando, y no los meses que estuve en paro. ¿Es así?¿Tengo que pedirle a la guardería un certificado de lo abonado solo los meses en los que yo estaba trabajando?(en el modelo que ellos habrán rellenado para Hacienda, solo habrán puesto gastos totales, sin distinción de meses).
    Muchas gracias

    1. Hola Celia!

      Sí, en principio solo podrías deducir los gastos de guardería correspondientes a los meses en los que has estado trabajando y que se correspondan con el período impositivo que se está declarando. Si los gastos de guardería no se distribuyen por meses, sino que se informan de forma global, deberías solicitar a la guardería un certificado en el que se detalle los meses en los que efectivamente se ha utilizado el servicio de guardería y se han abonado los gastos correspondientes, para que puedas justificar adecuadamente los gastos deducibles en tu declaración de la Renta.

      Pregúntanos por el chat de la web para que te demos una respuesta más concreta a tu caso personal!! Un saludo

  11. Mi hijo estuvo en la guardería los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2022, le concedieron el BONO INFANTIL de la generalitat Valenciana pero yo pago el comedor. Al ver mi borrador veo que figuran estos 4 meses y la cantidad que me subvencionan unos 580 euros, le doy a que si deseo que se incluya en mi declaración. Mi pregunta es, estos 580 euros en que casilla quedan reflejados??por qué yo le he dicho que sí pero realmente no veo donde van esos 580 en mi declaración, solo veo que siguen marcados los 4 meses en el apartado correspondiente. ¿O debo ponerlo yo a mano en alguna casilla.¿Y el comedor?puedo deducirme el importe pagado estos 4 meses? En que casilla se colocaría? Y si mi hijo también fue a guardería en el mes de julio, no subvencionado, donde pague, todo, asistencia y comedor. También se incluiría??

    1. ¡Hola Laura!

      Te aconsejamos que te pongas en contacto con nuestro equipo fiscal que son los profesionales y especializado en la materia. El mail es: support@taxdown.es o por el chat gratuito de nuestra web.

      Un saludo!

  12. Si mi conyuge no tiene derecho a la deduccion autonomica por gastos de guarderia x superar el límite estabelcido de la suma de las casillas 500 y 501 , yo puedo deducirme la cantidad total o solo el 50 % ?
    Es decir si pudiese deducirme el maximo de 270€ , me corresponde deducirme el 100% o el 50% ?

    1. Hola Angostina!

      Te aconsejamos que te pongas en contacto con nuestro equipo fiscal que son los profesionales y especializado en la materia. El mail es: support@taxdown.es o por el chat gratuito de nuestra web

  13. Hola,

    En los casos que la empresa te ofrezca la posibilidad de Cheque Guardería como retribución flexible.
    ¿Seria más interesante tomar esta opcion que degravarse de la declaración?

    Gracias por su ayuda

    1. Hola Alberto,

      Los planes de retribución flexible siempre son muy interesantes a la hora de poder ahorrar algo de dinero. En cualquier caso, la aplicación o no de deducciones fiscales, depende de la situación personal y los límites que se tengan.

      Te aconsejamos ponerte en contacto con nosotros a través del chat de nuestra web, estaremos encantados de ayudarte! Un saludo!

  14. Tengo varias dudas:
    1-si la guardería ha declarado todos los importes pagados durante todo el año a nombre de la madre (vuelcan los datos fiscales automáticamente en mi borrador) y en el del padre NO ha declarado nada la guardería, sé que toda la deducción por gastos de guardería ESTATAL se la puede deducir la madre durante los meses que ha trabajado, pero en el caso de la deducción AUTONÓMICA, al estar el certificado de la guardería a nombre de la madre únicamente (aunque la cuenta bancaria es común o de cotitularidad de ambos padres), puede deducirse autonómicamente el 100 % de los gastos la madre (es decir los 500 € si llegamos al máximo) o por el contrario debe declararse 250 € de deducción autonómica en la renta de la madre y otros 250 € de deducción autonómica en la renta del padre (los dos progénitores tienen derecho al mínimo por descendientes),pero al estar el certificado únicamente a mi nombre, mi gestor me ha puesto toda la deducción autonómica a mi nombre (En la renta de la madre) y nada en la del padre. La duda nos venía porque aunque la cuenta bancaria desde que se ha pagado la guardería es compartida, el certificado está a mi nombre (madre) únicamente. Por saber si lo hemos hecho bien.

    2-A la hora de poner los gastos de guardería en la deducción autonómica se debe poner todo el año o si solo he trabajado de marzo a dic.2022, debo poner lo gastado en esos meses. Gracias

    1. Hola Marian,

      1- En cuanto a la deducción autonómica por gastos de guardería, la forma en que se distribuye entre los progenitores puede variar según la legislación específica de cada comunidad autónoma. En algunos casos, es posible que se permita que la deducción se realice únicamente en la declaración de la madre si el certificado de la guardería está a su nombre. Sin embargo, en otros casos, se puede dividir la deducción entre ambos progenitores, incluso si el certificado está a nombre de uno de ellos.

      Para obtener una respuesta precisa sobre cómo se aplica esta deducción en tu comunidad autónoma, es recomendable consultar la normativa fiscal correspondiente o hablar con nosotros que estamos familiarizados con las leyes fiscales.

      2- En relación a la declaración de los gastos de guardería en la deducción autonómica, generalmente se deben declarar únicamente los gastos realizados durante el período en el que se ha trabajado y se ha generado el derecho a la deducción. Si solo has trabajado desde marzo a diciembre de 2022, debes incluir en la declaración únicamente los gastos de guardería correspondientes a esos meses.

      ¡Ponte en contacto con nosotros y te ayudamos!

  15. Hola,

    Los gastos de comedor son deducibles pero a mi me los cobra una empresa de catering que es la que da el servicio.
    No lo cobra la guarderia directamente.
    El hecho de que no lo cobre el centro autorizado hace que no sean deducibles?

    Tambien los servicios de casales/campanmentos de verano son deducibles?

    Gracias

    1. Hola Roger!

      En cuanto a la deducibilidad de los gastos de comedor y servicios de casales/campamentos de verano, es importante señalar que las regulaciones fiscales pueden variar según la comunidad autónoma donde se resida.

      En algunas, los gastos de comedor pueden ser deducibles siempre y cuando cumplan con ciertos requisitos. Estos requisitos pueden incluir que los gastos estén relacionados con la actividad laboral o profesional del contribuyente y que se documenten adecuadamente.

      En el caso de que los servicios de comedor sean proporcionados por una empresa de catering externa en lugar de ser cobrados directamente por el centro autorizado (como una guardería), podría depender de las regulaciones fiscales específicas de la comunidad. En general, lo más relevante sería que puedas demostrar que los gastos están relacionados con tu actividad laboral o profesional, y que puedas obtener la documentación correspondiente de la empresa de catering para respaldar la deducción.

      En cuanto a los servicios de casales/campamentos de verano, también puede variar según la jurisdicción fiscal. Por lo general, estos gastos pueden considerarse deducibles si están relacionados con la conciliación de la vida laboral y familiar. Sin embargo, nuevamente, es necesario verificarlo.

      En cualquier caso, no te preocupes porque te ayudaríamos a aplicarte tu mayor beneficio sobre eso. Ponte en contacto con nosotros y te ayudamos encantados! Un saludo

    1. ¡Buenos días, Rosa!

      Sí, en la Comunidad Valenciana, los gastos de ludoteca pueden ser considerados para deducciones en tu declaración de la renta, específicamente bajo la deducción por gastos de guardería o centros de educación infantil autorizados para hijos menores de 3 años. Esta deducción tiene como objetivo apoyar a las familias con niños pequeños, facilitando la conciliación de la vida laboral y familiar. Para poder aplicar a esta deducción, es importante cumplir con ciertos requisitos establecidos por la normativa de la Comunidad Valenciana, como que los gastos deben estar relacionados con la asistencia a centros autorizados y que se realicen por motivos laborales de los padres o tutores legales. Además, es necesario que ambos padres, en caso de haberlos, estén trabajando. La cantidad exacta de la deducción y los detalles específicos pueden variar, por lo que te recomendaría revisar la normativa vigente o consultar con uno de nuestros asesores fiscales una vez hayas contratado un plan con nosotros.

      En TaxDown, podemos ayudarte a maximizar tus deducciones y asegurarnos de que tu declaración de la renta esté correctamente presentada, aprovechando todas las deducciones aplicables a tu situación. Si decides contratar uno de nuestros planes, como el plan EXPERT o FULL, tendrás acceso a un asesor dedicado que podrá revisar tu caso específico y guiarte en el proceso de incluir correctamente esta y otras deducciones que puedan aplicarse a tu situación. Estamos aquí para ayudarte a navegar por el proceso de declaración de la renta y asegurarnos de que aproveches al máximo tus beneficios fiscales.
      ¡Gracias por considerar TaxDown!

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