Deducción en Madrid por nacimiento o adopción de hijos

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Tener un hijo es una alegría… y también un gasto importante. Para aliviar un poco el impacto en el bolsillo, Hacienda te permite aplicar una deducción en la renta por nacimiento o adopción. Y si han sido gemelos o parto múltiple, el beneficio es aún mayor.

¿Cuánto puedes deducir?

  • Recibirás 721,70 euros por cada hijo nacido o adoptado desde el 1 de enero de 2023. En partos o adopciones múltiples, esta cantidad se incrementa en 721,70 euros por cada niño desde el primer año.
  • Para nacimientos o adopciones antes de 2023, la deducción es de 600 euros por hijo.

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Condiciones para aplicar la deducción

  • La deducción aplica durante el año de nacimiento o adopción y los dos años siguientes.
  • Debes convivir con tu hijo o hija para calificar.
  • Si los padres viven juntos y declaran por separado, deben dividir la deducción por igual entre sus declaraciones.
  • Hay límites de ingresos para aplicar: no más de 30.930 euros en tributación individual o 37.322,20 euros en tributación conjunta. Además, la suma de las bases imponibles de todos los miembros de la familia no debe superar los 61.860 euros.
  • Los límites se ajustan según la estructura familiar, ya sea conyugal o monoparental, y consideran los ingresos de todos los miembros de la familia.
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¿Has hecho ya la declaración de la renta?

Documentación necesaria

  • Libro de familia o certificado de nacimiento/adopción.
  • Declaración de la renta, para comprobar los ingresos y requisitos.
  • Certificado de empadronamiento, si es necesario acreditar la convivencia.

Cómo aplicar la deducción

Puedes aplicar esta deducción en el apartado de deducciones autonómicas de Madrid, dentro de las Casillas 1039 – 1051 de tu declaración de la renta. Verifica que todos los datos sean correctos y que la documentación esté actualizada.

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Preguntas frecuentes

¿Puedo aplicar la deducción si mi hijo nació en 2022?

Sí, pero la cantidad es de 600 € en lugar de 721,70 €.

¿Qué pasa si mis ingresos superan los límites?

Si tu renta o la suma de las bases imponibles de la familia superan los límites establecidos, no podrás aplicar la deducción.

¿Puedo aplicar esta deducción si comparto la custodia con el otro progenitor?

Sí, pero cada uno se deduce el 50% si hacen la declaración por separado.

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