Deducción en Madrid por inversión y participaciones sociales de nuevas entidades o de reciente creación

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Si has apostado por una empresa nueva o de reciente creación en Madrid, puedes beneficiarte de una deducción en la renta de hasta el 50% de tu inversión. Es una forma de incentivar a quienes apoyan el emprendimiento y la innovación.

¿Cuánto puedes deducir?

  • El 40% de tu inversión en acciones o participaciones de nuevas sociedades anónimas o de responsabilidad limitada, hasta un máximo de 9.279 euros al año.
  • El 50% si inviertes en sociedades anónimas laborales, de responsabilidad limitada laborales, o cooperativas, con un límite de 12.372 euros.
  • También el 50% para inversiones en empresas vinculadas a universidades o centros de investigación, con el mismo límite de 12.372 euros.

Condiciones para aplicar la deducción

  • Tu participación no debe superar el 40% del capital o derechos de voto de la empresa en ningún momento del año.
  • Debes mantener la inversión por al menos tres años.
  • La empresa debe tener su domicilio en Madrid y desarrollar una actividad económica, no solo gestionar patrimonio.
  • Para inversiones en empresas nuevas, estas deben tener al menos un empleado a jornada completa desde el primer año.
  • En ampliaciones de capital, la empresa debe haber sido creada en los últimos tres años, y su plantilla debe aumentar tras la inversión y mantenerse así por dos años adicionales.

Para aplicar la deducción, deberás proporcionar detalles específicos en tu declaración de impuestos, incluyendo el NIF de la empresa y el importe invertido.

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¿Has recibido un requerimiento de Hacienda?

Documentación necesaria

  • Justificante de la inversión (acciones, participaciones sociales…).
  • Escritura de constitución de la empresa, si aplica.
  • Certificado de domicilio fiscal de la empresa en Madrid.

Cómo aplicar la deducción

Puedes aplicar esta deducción en el apartado de deducciones autonómicas de Madrid, dentro de las Casillas 1039 – 1051 de tu declaración de la renta. Verifica que todos los datos sean correctos y que la documentación esté actualizada.

En TaxDown, hacemos que todo el proceso sea más fácil. Nos encargamos de que no se te escape ninguna deducción y de que tu declaración se gestione sin errores, maximizando tu ahorro.

Preguntas frecuentes

¿Puedo aplicar la deducción si vendo mi participación antes de 3 años?

No, debes mantener la inversión durante al menos 3 años para beneficiarte de la deducción.

¿Qué pasa si la empresa no tiene empleados el primer año?

Si es una empresa nueva, debe contratar al menos un empleado a jornada completa desde el primer año.

¿Puedo aplicar esta deducción si mi participación en la empresa supera el 40%?

No, si en algún momento del año superas el 40% de capital o derechos de voto, pierdes la deducción.

¿Quieres aplicar esta deducción sin complicaciones? En TaxDown, te ayudamos a aprovechar todas las deducciones posibles, incluyendo esta para contribuyentes con discapacidad. Haz tu declaración con nosotros.

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¿Qué dicen quienes ya apostaron por TaxDown?

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María

"Pensaba que solo era que te hacían la declaración y ya. Para mi sorpresa, ¡me orientan fiscalmente a lo largo de todo el año! Una verdadera pasada"

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Roberto

"Quise empezar a invertir en acciones y crypto y desconocía la relación fiscal que tendría y no dudé en aprovechar la suscripción para que me orientaran...muy útil!"

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Alicia

"iba a comprarme una casa y no sabía si me repercutiría fiscalmente, y me han aclarado absolutamente todo. Top!"

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Gloria

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Ernesto

"me asesoraron en cómo y cuándo vender mi casa para ahorrar fiscalmente, no tenía ni idea!"

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Ricardo

"prácticamente por el mismo precio que me cuesta un asesor, además de la renta tengo asesoría fiscal todo el año gratis...merece la pena"

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