Deducción en Madrid para el fomento del autoempleo de jóvenes menores de 35 años

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Si tienes menos de 35 años y te has dado de alta por primera vez como autónomo, puedes beneficiarte de una deducción de 1.031 € en la renta. Un pequeño empujón para fomentar el autoempleo y que empezar tu negocio sea un poco más fácil.

¿Cuánto puedes deducir?

Es de 1.031€ para los contribuyentes:

  • Que sean menores de 35 años.
  • Que causen alta por primera vez en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores

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Condiciones para aplicar la deducción

  • La deducción se practicará en el año en que se produzca el alta en el Censo.
  • Que la actividad se desarrolle principalmente en el territorio de la Comunidad de Madrid.
  • Mantenerse en el citado Censo durante al menos un año desde el alta.
  • En la tributación conjunta no se multiplicará el importe de la deducción por el número de miembros de la unidad familiar.
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¿Has hecho ya la declaración de la renta?

Documentación necesaria

  • Justificante de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.
  • Declaración de la renta, para comprobar que cumples los límites de ingresos.

Cómo aplicar la deducción

Cuando hagas la declaración de la renta, solo tienes que incluir esta deducción Casillas 1039 – 1051 de tu declaración de la renta. Asegurarte de que los datos están bien reflejados.

Preguntas frecuentes

¿Puedo aplicar la deducción si ya había estado dado de alta antes?

No, solo aplica si es tu primera vez en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.

¿Qué pasa si me doy de baja antes de cumplir un año?

Si no te mantienes en el censo al menos un año, puedes perder la deducción y tener que devolverla.

¿Puedo aplicar esta deducción si tributo en conjunto con mi familia?

Sí, pero el importe de la deducción no se multiplica por el número de miembros de la unidad familiar.

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