¿Estás pensando en comprar un vehículo eléctrico? Si tu respuesta es sí y vives en La Rioja, ¡estás de suerte! La Rioja ofrece una atractiva deducción fiscal por la compra de vehículos eléctricos nuevos. Esta oportunidad es especialmente valiosa si consideramos el creciente interés en la sostenibilidad, la reducción del impacto ambiental y sobre todo, el ahorro en nuestro bolsillo, que la gasolina está muy cara. ¡Sigue leyendo para conocer todos los detalles y cómo puedes aprovechar esta deducción!
¿Qué Deducción Puedes Obtener?
Al comprar un vehículo eléctrico nuevo, puedes beneficiarte de una deducción del 15% del coste del vehículo en tu Declaración de la renta. Esto aplica a diversos tipos de vehículos eléctricos, siempre que cumplan con ciertos requisitos.
El límite máximo de la deducción es de 300 euros para la mayoría de vehículos eléctricos y de 225 euros para bicicletas eléctricas de pedaleo asistido.
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Requisitos
Para ser elegible para esta deducción, hay varios criterios que debes cumplir:
- Uso Personal: El vehículo debe ser para uso personal y no para actividades profesionales.
- Coste del Vehículo: El precio de compra no debe superar los 50000 euros.
- Tipos de Vehículos Permitidos: La deducción cubre varios tipos de vehículos, incluyendo turismos, furgonetas ligeras, motocicletas, triciclos, cuadriciclos y bicicletas eléctricas, siempre que estos sean propulsados exclusivamente por motores eléctricos.
- Un Vehículo por Persona y Periodo Fiscal: Solo puedes aplicar esta deducción para un vehículo por persona y solo en el año fiscal en que se matricule el vehículo.
A continuación te dejamos una tabla con los vehículos permitidos:
ategoría | Descripción del Vehículo | Masa Máxima | Potencia Máxima | Velocidad Máxima |
---|---|---|---|---|
M1 | Turismos para transporte de personas (hasta 8 plazas) | - | - | - |
N1 | Furgonetas o camiones ligeros para transporte de mercancías | ≤ 3.5 toneladas | - | - |
L1e | Ciclomotores de dos ruedas | - | ≤ 4 kW | ≤ 45 km/h |
L2e | Triciclos | - | ≤ 4 kW | ≤ 45 km/h |
L6e | Cuadriciclos ligeros | ≤ 350 kg | ≤ 4 kW | ≤ 45 km/h |
L7e | Cuadriciclos pesados | ≤ 400 kg (550 kg para transporte) | ≤ 15 kW | - |
L3e | Motocicletas de dos ruedas sin sidecar | - | - | > 45 km/h |
L5e | Vehículos de tres ruedas simétricas | - | - | > 45 km/h |
Bicicletas Eléctricas | Bicicletas de pedaleo asistido por motor eléctrico | - | - | - |
Detalles Adicionales para Vehículos de Categorías M y N:
- Vehículos Eléctricos: Pueden ser eléctricos puros (BEV), eléctricos de autonomía extendida (REEV) o propulsados por combustibles alternativos como GLP/Autogas, GNC o GNL.
Detalles Adicionales para Categorías L y Bicicletas Eléctricas:
- Motorización: Deben ser propulsados exclusivamente por motores eléctricos.
- Baterías: En el caso de las motocicletas eléctricas (L3e y L5e), deben tener baterías de litio de al menos 3 kWh y una autonomía mínima de 70 km en modo eléctrico.
- Bicicletas Eléctricas: Deben cumplir con la Norma UNE-EN 15194:2009.
Excepciones a la Regla
La vida puede ser impredecible y, en caso de que necesites cambiar tu residencia antes de cumplir los tres años por motivos justificados como un traslado laboral, obtención de un empleo más ventajoso, separación matrimonial, o incluso el fallecimiento del contribuyente, no perderás automáticamente el derecho a esta deducción. Esto te proporciona una cierta flexibilidad en situaciones imprevistas.
En qué casilla puedes encontrar esta deducción
En tu Declaración de la renta, la deducción por la compra de un vehículo eléctrico en La Rioja se encuentra ubicada entre las casillas 1061 a 1082 y 1165 a 1167. Aquí podrás ver claramente esta y otras deducciones disponibles para los residentes de La Rioja.
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