Calculadora del Impuesto de Sucesiones en Cataluña

Descubre cuanto tendrás que pagar de impuesto de sucesiones rapidamente

Actualizado en:
13/2/2026

¿Has recibido una herencia en Cataluña y no tienes ni idea de cuánto te toca pagar? Tranquilo, con nuestra calculadora de impuesto de sucesiones en Cataluña lo sabrás en segundos. Solo introduce algunos los datos y tendrás tu resultado rapidamente.

1 Introduce los datos del heredero

2 Introduce los datos de la herencia

Esta calculadora es meramente orientativa y no sustituye el asesoramiento de un profesional. Asegúrate de cumplir con la normativa vigente en Cataluña.

¿Qué es el Impuesto de Sucesiones en Cataluña y quién debe pagarlo?

Es el dinero que hay que pagar cuando heredas algo, ya sea una casa, dinero o cualquier bien. En Cataluña, las reglas son diferentes a las de otras comunidades, así que hay que hacer bien los cálculos para no pagar de más.

📌 ¿Cuándo hay que pagarlo?
Tienes seis meses desde el fallecimiento para presentar el impuesto. Si ves que no llegas, puedes pedir seis meses más, pero tienes que hacerlo antes de que pasen cinco meses desde el fallecimiento.

Contenidos:

La reclamación económico-administrativa es un procedimiento gratuito para impugnar decisiones de Hacienda cuando crees que se han equivocado. Tienes 1 mes desde la notificación para presentarla, no necesitas abogado y la resuelve un tribunal independiente. Debes explicar claramente tu caso, aportar pruebas y ser específico en lo que pides. Aunque debería resolverse en 1 año, suele tardar más. Si te deniegan la reclamación, puedes seguir reclamando por otras vías. Es tu derecho como contribuyente y puede ahorrarte mucho dinero.

¿Cómo se calcula el Impuesto de Sucesiones en Cataluña?

El impuesto se calcula en varios pasos:

  • Calcular la masa hereditaria (sumando todos los bienes y restando deudas).
  • Aplicar las reducciones según tu parentesco y otras condiciones.
  • Calcular la base liquidable tras aplicar las reducciones.
  • Aplicar la tarifa del impuesto, que varía según el importe heredado.
  • Ajustar con coeficientes multiplicadores (dependiendo de tu patrimonio).
  • Aplicar bonificaciones finales, si las hay.

Vamos a ver cada paso con detalle y con ejemplos.

Paso 1: Determina la masa hereditaria

Lo primero es saber cuánto vale todo lo que heredas. Para ello, hay que sumar todas las propiedades, dinero y bienes que te dejan y restar las posibles deudas o cargas deducibles.

💡 Ejemplo:

  • Vivienda: 200.000 €
  • Coche: 15.000 €
  • Dinero en cuenta: 30.000 €
  • Total: 245.000 €

Si el fallecido tenía 5.000 € en deudas, la masa hereditaria será:
➡️ 245.000 € – 5.000 € = 240.000 €

Paso 2: Aplicar reducciones según el parentesco

Dependiendo de tu relación con el fallecido, podrás aplicar diferentes reducciones antes de calcular el impuesto. En Cataluña, estas reducciones son bastante generosas en algunos casos.

Reducción por parentesco

Las reducciones te permiten pagar menos impuestos. En Cataluña, dependen de quién eres para el fallecido y si aplican otros beneficios adicionales.

Grupo de herederos Reducción
Hijos menores de 21 años100.000 € + 12.000 € por cada año que falte para los 21 (máx. 196.000 €)
Cónyuge100.000 € o 275.000 € si es mayor de 75 años (incompatible con reducción por discapacidad)
Otros descendientes (hijos, nietos mayores de 21 años)100.000 € o 275.000 € si tienen más de 75 años
Ascendientes (padres, abuelos)50.000 € o 275.000 € si tienen más de 75 años
Hermanos, sobrinos, tíos30.000 € (o 275.000 € si son mayores de 75 años)
Primos y otros familiares lejanosNo tienen reducción
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**Se incluyen hasta 3 declaraciones automáticas. La FED es un trámite distinto y puede requerir otros documentos.

💡 Ejemplo:
Si eres hijo mayor de 21 años, puedes restar 100.000 €.

➡️ 240.000 € – 100.000 € = 140.000 € (base liquidable)

Otras reducciones:

✔️ Reducción por empresa familiar: 95% de reducción si el heredero ha trabajado en la empresa al menos 10 años y ha estado al menos 5 años en la gestión.

✔️ Reducción por vivienda habitual:

  • 95% de reducción con un límite total de 500.000 €.
  • Cada heredero puede aplicar hasta 180.000 € de reducción.
  • Condición: Hay que mantener la vivienda al menos 5 años.

✔️ Seguro de vida: Reducción del 100% hasta un máximo de 25.000 €.

Paso 3: Aplicar la tarifa del impuesto

Una vez aplicada la reducción, el impuesto se calcula con los siguientes tramos en Cataluña:

Base Liquidable Tipo Impositivo
Hasta 50.000 €7%
De 50.000 € a 150.000 €11%
De 150.000 € a 400.000 €17%
De 400.000 € a 800.000 €24%
Más de 800.000 €32%

💡 Ejemplo:
Para una base liquidable de 140.000 €:

  • Primeros 50.000 € → 7% = 3.500 €
  • Siguientes 90.000 € → 11% = 9.900 €
  • Total cuota tributaria: 13.400 €

Paso 4: Aplicar coeficientes multiplicadores

Estos coeficientes dependen del patrimonio preexistente del heredero y su parentesco con el fallecido:

  • Grupo I y II (descendientes, ascendientes y cónyuge):
    • Patrimonio hasta 500.000 €: coeficiente 1
    • De 500.000,01 € a 2.000.000 €: coeficiente 1,1
    • De 2.000.000,01 € a 4.000.000 €: coeficiente 1,15
    • Más de 4.000.000 €: coeficiente 1,2
  • Grupo III (hermanos, sobrinos, tíos):
    • Patrimonio hasta 500.000 €: coeficiente 1,1
    • De 500.000,01 € a 2.000.000 €: coeficiente 1,15
    • De 2.000.000,01 € a 4.000.000 €: coeficiente 1,2
    • Más de 4.000.000 €: coeficiente 1,25
  • Grupo IV (primos y grados más lejanos):
    • Patrimonio hasta 500.000 €: coeficiente 1,2
    • De 500.000,01 € a 2.000.000 €: coeficiente 1,25
    • De 2.000.000,01 € a 4.000.000 €: coeficiente 1,3
    • Más de 4.000.000 €: coeficiente 1,35

Ejemplo: Si eres hijo (Grupo II) y tu patrimonio preexistente es de 600.000 €: 33.200 € (cuota íntegra) x 1,1 (coeficiente) = 36.520 € (cuota tributaria)

Paso 5: Aplicar bonificaciones

En Cataluña, se aplican las siguientes bonificaciones sobre la cuota tributaria:

  • Cónyuge o pareja estable: 99%
  • Descendientes y ascendientes:
    • Base imponible hasta 100.000 €99% de bonificación
    • De 100.000,01 € a 200.000 €97% de bonificación
    • De 200.000,01 € a 300.000 €95% de bonificación
    • De 300.000,01 € a 500.000 €90% de bonificación
    • De 500.000,01 € a 1.000.000 €80% de bonificación
    • Más de 1.000.000 €60% de bonificación
  • Hermanos: No tienen bonificación sobre la cuota tributaria.
  • Sobrinos, tíos y otros familiares (Grupo III y IV): No tienen bonificación sobre la cuota tributaria.

Si eres cónyuge o hijo, con las reducciones, el importe a pagar será mucho menor.
Si eres hermano o sobrino, pagarás más porque las reducciones son menores.
Si heredas una vivienda habitual o una empresa familiar, puedes beneficiarte de reducciones importantes.

📌 Ojo: Si vendes o alquilas lo que has heredado, eso sí afectará a tu Declaración de la Renta.

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Autor
Brenda Hernández Villa
Tax Lead en TaxDown
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Contadora especializada en materia fiscal con más de 10 años de experiencia en el SAT y el sector privado. Apasionada por ayudar a las personas a cumplir con sus obligaciones tributarias de forma sencilla y ágil. Mi enfoque está en automatizar procesos fiscales y diseñar soluciones innovadoras que generen impacto real.

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