¿El seguro de impago de alquiler es deducible?
Si has sufrido impagos, esto te interesa ya que podrías conseguir una deducción.
Calcula tu resultado GRATISSi eres propietario y alquilas una vivienda, te habrás preguntado si el seguro de impago de alquiler es deducible en tu declaración de la renta. Buenas noticias: sí, este seguro es uno de los gastos que puedes desgravar al calcular los rendimientos de tu propiedad.
Sigue leyendo para saber cómo deducirlo correctamente y qué otros gastos relacionados con el alquiler puedes incluir en tu declaración. ¡Vamos allá!
¿Se puede deducir el seguro de impago de alquiler?
La respuesta es clara: sí, el seguro de impago de alquiler es deducible. Este seguro, que cubre posibles impagos por parte del inquilino, se considera un gasto necesario para la obtención de los rendimientos de capital inmobiliario, es decir, el beneficio que obtienes al alquilar tu vivienda.
Por lo tanto, al incluirlo como gasto deducible en tu declaración de la renta, podrás reducir la base imponible y pagar menos impuestos.
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Cómo desgravar este seguro en tu declaración
Para desgravar el seguro de impago de alquiler correctamente en tu declaración de la renta, deberás seguir estos pasos:
- Recopila la documentación: Asegúrate de tener la póliza del seguro y los justificantes de pago. Solo podrás desgravar los importes efectivamente pagados durante el ejercicio fiscal.
- Declara los ingresos: En tu declaración de la renta, deberás incluir los ingresos brutos obtenidos por el alquiler de la vivienda.
- Desgrava el seguro como un gasto: En la sección de gastos deducibles relacionados con el alquiler de bienes inmuebles, debes incluir el importe pagado por el seguro de impago de alquiler. Este gasto ayudará a reducir los ingresos netos sobre los que tributarás.
Recuerda que solo podrás deducir el importe del seguro correspondiente al año fiscal que estés declarando. Si has contratado el seguro por varios años, deberás prorratear el gasto y deducir solo la parte correspondiente a cada año.

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¿Qué otros gastos son deducibles al alquilar una vivienda?
Además del seguro de impago de alquiler, existen otros gastos que también puedes deducir en tu declaración de la renta si tienes una vivienda alquilada:
- Intereses de la hipoteca: Si la vivienda alquilada tiene una hipoteca, los intereses pagados pueden deducirse.
- Gastos de mantenimiento y reparación: Incluye aquellos gastos necesarios para mantener la vivienda en condiciones habitables, como reparaciones de fontanería o pintura.
- Suministros: Si como propietario pagas suministros como agua o electricidad, también son deducibles.
- Gastos de gestión del alquiler: Si gestionas el alquiler a través de una agencia, las comisiones y honorarios son deducibles.
- Seguros del hogar: Además del seguro de impago, puedes desgravar el seguro de hogar que cubre la vivienda alquilada.
Preguntas frecuentes
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Si alquilas una vivienda, puedes desgravar tanto el seguro de impago de alquiler como el seguro de hogar. Ambos se consideran gastos necesarios para la obtención de ingresos por alquiler y, por lo tanto, son deducibles en tu declaración de la renta.
No hay un límite específico para desgravar el seguro de impago de alquiler. Sin embargo, los gastos totales que deduzcas no pueden superar los ingresos obtenidos por el alquiler. Es decir, no puedes generar pérdidas artificiales mediante la deducción de gastos.
Si el inquilino deja de pagar, el seguro de impago te ayudará a cubrir las rentas impagadas. En ese caso, es importante notificarlo a la aseguradora para iniciar el proceso de reclamación. Además, podrías incluir en tu declaración las cantidades que no has recibido del inquilino como «deuda incobrable», si puedes demostrar que es imposible recuperarlas.
Para terminar…
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