Deducciones autonómicas del IRPF en la renta 2024 / 2025 en Canarias

Descubre las 25 deducciones que puedes aprovechar en Canarias.

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Como cada comunidad autónoma, Canarias cuenta con una serie de deducciones autonómicas muy interesantes para los contribuyentes que allí residen. En concreto, te las podrás aplicar si has tenido como residencia fiscal el paraiso Canario al menos durante 183 días del año. Cabe destacar que Canarias es la comunidad con mayor número de deducciones. En este artículo veremos todas las deducciones en la renta en Canarias

La escala autonómica de Canarias

Antes de meterte de lleno con la declaración de la renta en Canarias, lo primero es conocer cómo funciona la escala autonómica. Esta tabla te desvela cuánto tendrás que pagar según lo que ganes. Ya sabes, cuanto más suben tus ingresos, más sube el porcentaje que te toca pagar, y a partir de ahí entran en juego las deducciones. ¡Así que prepárate para desglosar números!

La Comunidad de Canarias cambia este año la escala autonómica, quedando de la siguiente manera:

Base Liquidable € Cuota íntegra € Resto base liquidable € Porcentaje de gravamen
0 0 13.465 9%
13.465 1.211,85 5.557 11,50%
19.022 1.850,91 16.163 14%
35.185 4.113,73 21.197 18,50%
56.382 8.035,17 34.968 23,50%
91.350 16.252,65 29.850 25%
121.200 23.715,15 En adelante 26%

Y también cambia los mínimos por ascendientes y descendientes:

Mínimo por descendientes

Número Mínimo
2.424
2.727
4.040

Mínimo por ascendiente

Edad del ascendiente Mínimo 2023 y 2024
Mayore de 65 años 1.162
Mayor de 75 años 2.576

Estas son las deducciones autonómicas que puedes pedir en Canarias

Deducciones por gastos de enfermedad (general)

¿Qué es?

Deducción destinada a aquellas personas que hayan solicitado una prestación de servicios sanitarios por motivo de enfermedad, salud dental, embarazo y nacimiento de hijos, accidentes e invalidez.

Cantidad que puedes deducirte.

  • El 12% de los gastos y honorarios profesionales.
  • El límite anual es de 500€ en tributación individual, y 700€ en tributación conjunta.

Que se incrementarán en:

  • 100€ si haces la tributación individual cuando el contribuyente sea una persona con discapacidad y acredite un grado de discapacidad igual o superior al 65%.
  • 100€ por cada contribuyente con dicha discapacidad en el caso de tributación conjunta.

Requisitos

  • Podrás deducirte:
    • Consultas, tratamientos y diagnósticos médicos.
    • Salud dental.
    • Gastos relacionados con embarazo y parto.
    • Atención por accidentes e invalidez.
    • Gastos en aparatos y complementos médicos como:
      • Gafas graduadas y lentillas.
      • Otros dispositivos que corrijan deficiencias físicas.
    • No puedes deducir:
      • Cirugías o tratamientos estéticos, salvo si son reparaciones por accidentes o intervenciones médicas.
      • Tratamientos relacionados con la identidad sexual (esto sí se puede deducir).
      • Primas de seguros médicos o cualquier gasto reembolsado por la Seguridad Social o aseguradoras privadas.
  • No puedes ganar más de 45.500€ si haces la tributación individual, y 60.500€ en tributación conjunta.
  • Hay justificar esta deducción con facturas satisfechas mediante tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en cuentas en entidades de crédito, a las personas o entidades que presten los servicios. No valdrá nada pagado en efectivo.
  • A partir de 2024, debes incluir el NIF del médico o centro y el importe anual en tu declaración.

Donaciones con finalidad ecológica

¿Qué es?

¿Te has planteado que tus donaciones a causas ecológicas pueden ser recompensadas? Si vives en Canarias, tienes la oportunidad de deducir tus donaciones con finalidad ecológica en la declaración de la renta. Aquí te contamos todo lo que necesitas saber para aprovechar esta ventaja.

Cantidad que puedes deducirte

  • Se deducen el 10% de las donaciones dinerarias puras y simples efectuadas a cualquiera de estas organizaciones:
    • Entidades públicas de la Comunidad Autónoma de , cabildos insulares o corporaciones municipales de Canarias.
    • Entidades sin fines lucrativos si su fin exclusivo es la defensa del medio ambiente y estén inscritas en los registros correspondientes.
    • Los límites máximos de esta deducción son el 10% de la cuota íntegra autonómica o 150€, en la declaración individual como en conjunta.

Requisitos

  • Tener la certificación en la que figure, además del número de identificación fiscal y de los datos de identificación personal del donante y de la entidad donataria, fecha y destino del donativo, y su importe cuando este sea dinera
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Donaciones para la rehabilitación o conservación del patrimonio histórico de Canarias

¿Qué es?

Es una deducción por haber donado para la rehabilitación o conservación del patrimonio histórico de Canarias.

Cantidad que puedes deducirte

La deducción es del 20% de las cantidades donadas para conservar o rehabilitar el patrimonio histórico de Canarias. Las entidades deben ser:

  • Administraciones públicas.
  • Iglesias o comunidades religiosas que tengan acuerdos con el Estado.
  • Fundaciones y asociaciones que cumplan con los requisitos necesarios e incluyan la reparación y restauración del patrimonio histórico.

Requisitos

  • El importe máximo de la deducción es del 10% de la cuota autonómica, o de 150€ tanto en la declaración individual o autonómica.
  • Tener la certificación en la que figure, además del número de identificación fiscal y de los datos de identificación personal del donante y de la entidad donataria, fecha y destino del donativo, y su importe cuando este sea dinerario.
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Aprovechar las deducciones en Canarias es como encontrar un hueco libre en Las Teresitas: complicado, pero cuando lo logras, ¡qué alegría!

Por donaciones y aportaciones para fines culturales, deportivos, investigación o docencia

¿Qué es?

Es una deducción por haber hecho donaciones con fines culturales, deportivos, investigación o docencia.

Cantidad que puedes deducirte

Puedes deducirte el 15% del importe de las donaciones hechas a las siguientes entidades: Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, Corporaciones locales y Entidades públicas de carácter cultural, deportiva o investigación. Lo máximo que podrás deducirte será de 50.000€.

Requisitos

  • También se aplicará para donaciones de empresas culturales con fondos menores a 300.000€, y cuya actividad sea: cinematográfica, artes escénicas, música, pintura y otras artes audiovisuales. En este caso, el máximo para deducirte es de 3.000€.
  • Por otro lado, las donaciones realizadas a universidades públicas o privadas, centros de investigación y centros superiores de enseñanzas artísticas también pueden deducirse, siempre y cuando estén destinadas a programas que tengan como objetivo actividades de investigación o docencia. El máximo es de 50.000€.
  • Si se tratan de aportaciones de capital a empresas tecnológicas creadas a partir de patentes o por proyectos de investigación de universidades , el máximo que podrás deducirte es de 50.000€
  • El límite de esta deducción es el 5% de la cuota íntegra autonómica.

Deducción por donaciones a entidades sin ánimo de lucro

¿Qué es?

Es una deducción por haber donado a entidades sin ánimo de lucro.

Cantidad que puedes deducirte

Se aplica una deducción del 20% hasta 150€ y del 15% a partir de más. En el caso de haber reiteración de donaciones a una misma entidad, se aplica un 17,5%. El total de esta deducción no puede ser más del 10% de la cantidad sobre la que calculas tus impuestos.

Requisitos

  • Tener la certificación en la que figure, además del número de identificación fiscal y de los datos de identificación personal del donante y de la entidad donataria, fecha y destino del donativo, y su importe cuando este sea dinerario.
  • Esta deducción no es compatible con la de “Donaciones con finalidad ecológica” ni “Por donaciones y aportaciones para fines culturales, deportivos, investigación o docencia”.

Deducción por cantidades destinadas por sus titulares a la restauración, rehabilitación o reparación de bienes inmuebles declarados de interés cultural

¿Qué es?

Es una deducción por haber invertido en la restauración, rehabilitación o reparación de inmuebles de interés cultural.

Cantidad que puedes deducirte

Se aplica una deducción del 10% de las cantidades que se hayan pagado en restauración de bienes inscritos en el Registro Canario de Bienes de Interés Cultural, o incluidos en la declaración de Bien de Interés Cultural, o que hayan sido autorizadas por el cabildo insular o el ayuntamiento que corresponda.

Requisitos

  • El límite es del 10% de la cuota íntegra autonómica.
  • Además de ello, la suma del importe junto al resto de deducciones de inversiones en vivienda habitual no podrá ser superior al 15% de la cuota íntegra autonómica.

Deducción por gastos de estudios

La deducción que se aplica en este caso es de 1.500€ por descendiente o adoptado. En caso de que la base liquidable del contribuyente sea menor de 33.007,20€, la deducción será de 1.600€. Esta deducción será aplicable siempre y cuando el descendiente sea menor de 25 años, dependan económicamente de sus progenitores, no hayan recibido rentas superiores a 8.000€, cursen estudios de educación superior y no exista una oferta educativa presencial en la isla que residan. El límite de esta deducción no podrá ser mayor del 40% de la cuota íntegra autonómica.

Por gastos de educación superior

¿Qué es?

Es una deducción por haber tenido gastos de estudios.

Cantidad que puedes deducirte

La deducción que se aplica en este caso es de 1.800€ por hijo nacido o adoptado. Si tus ingresos ajustados (base liquidable) son menores de 36.300€, la deducción será de 1.920€. Para aplicar esta deducción, tu hijo debe ser menor de 25 años, depender económicamente de ti, soltero, ganar menos de 8.000€ al año, estar estudiando en la universidad o un nivel similar, y vivir en una isla donde no haya disponibilidad de estos estudios de manera presencial. Además, el total que deduzcas no puede ser más del 40% de lo que debes pagar en el tramo autonómico de tus impuestos.

Requisitos

  • La deducción se aplicará en la declaración correspondiente al año en que se inicie el curso académico.
  • El hijo/a tiene que depender económicamente del contribuyente, y no haya cumplido 25 años a 31 de diciembre.
  • Que los hijos nacidos o adoptados, tutelados o acogidos se hallen cursando estudios de educación superior.
  • Que en la Isla de residencia del contribuyente no exista oferta educativa pública.

Deducción por gastos de estudios no superiores

¿Qué es?

Es una deducción por haber tenido gastos de estudios en educación infantil, primaria, enseñanza secundaria obligatoria, bachillerato y formación profesional de grado medio.

Cantidad que puedes deducirte

Se deducen el 100% de las cantidades derivadas a la adquisición de material escolar, libros de texto, transporte, uniformes, comedores escolares y actividades de refuerzo. El límite de esta deducción es de 133€ para el primer hijo (nacido o adoptado), y de 66€ por los siguientes.

Requisitos

  • El menor debe estar escolarizado en:
    • Educación Infantil (1º y 2º ciclo).
    • Educación Básica.
    • Educación Secundaria postobligatoria (como Bachillerato o FP de grado medio).
  • El gasto se justificará por factura, que debe guardarse durante ese año para adjuntar la copia a la hora de aplicar la deducción.
  • En caso de que dos o más contribuyentes tengan derecho a la deducción, esta se dividirá entre partes iguales.
  • No debes ganar más de 45.500€ al año, ni 60.500€ si haces la declaración conjunta.

Documentación necesaria

  • Factura válida de los gastos escolares (debe cumplir la normativa fiscal).
  • Si hay dos padres/tutores y declaran por separado, pueden usar una copia de la factura.

Deducción por traslado de residencia habitual por actividad laboral o económica

¿Qué es?

Es una deducción por trasladar la residencia a otra isla del archipiélago por trabajo.

Cantidad que puedes deducirte

Si te mudas de una isla a otra dentro del Archipiélago Canario por motivos de trabajo (ya sea por cuenta ajena o como autónomo), puedes deducirte 300€ en tu declaración de la renta.

El máximo que puedes deducir no puede ser más alto que lo que corresponde a la parte de tus impuestos que van a la comunidad autónoma, y esto solo sobre el dinero que ganas por tu trabajo y por cualquier actividad económica que realices. Es decir, la deducción está limitada a no sobrepasar lo que pagas de impuestos a tu comunidad autónoma por los ingresos que recibes de tu trabajo y de tus negocios o actividades profesionales.

Requisitos

  • La deducción solo aplica si te trasladas a otra isla para trabajar.
  • Debes quedarte en la nueva isla durante el año de la mudanza y los tres siguientes.
  • Ingresos máximos:
    • Desde 2024: No puedes ganar más de 45.500€ si declaras individualmente o 60.500€ si lo haces conjuntamente.
    • Antes de 2024 el límite era 39.000€ (individual) y 52.000€ (conjunta).
  • Si haces declaración conjunta se aplica 300€ por cada persona que se haya mudado, con el mismo límite de ingresos.

Deducción por trasladar la residencia habitual a otra isla del Archipiélago para realizar una actividad laboral por cuenta ajena o una actividad económica

¿Qué es?

Es una deducción por trasladar la residencia a otra isla del archipiélago por trabajo.

El máximo que puedes deducir no puede ser más alto que lo que corresponde a la parte de tus impuestos que van a la comunidad autónoma, y esto solo sobre el dinero que ganas por tu trabajo y por cualquier actividad económica que realices. Es decir, la deducción está limitada a no sobrepasar lo que pagas de impuestos a tu comunidad autónoma por los ingresos que recibes de tu trabajo y de tus negocios o actividades profesionales.

Requisitos

  • La deducción solo aplica si te trasladas a otra isla para trabajar.
  • Debes quedarte en la nueva isla durante el año de la mudanza y los tres siguientes.
  • Ingresos máximos:
    • Desde 2024: No puedes ganar más de 45.500€ si declaras individualmente o 60.500€ si lo haces conjuntamente.
    • Antes de 2024 el límite era 39.000€ (individual) y 52.000€ (conjunta).
  • Si haces declaración conjunta se aplica 300€ por cada persona que se haya mudado, con el mismo límite de ingresos.

Deducción por donaciones en metálico a descendientes o adoptados menores de 35 años para la adquisición o rehabilitación de su primera vivienda habitual

¿Qué es?

Es una deducción por haber dado dinero a menores de 35 para que se compren su primera casa.

Cantidad que puedes deducirte

Se deducirá el 1% de las cantidades donadas, con el límite máximo de 240€ por cada donatario. Se aplicará el 2% en caso de donaciones realizadas por personas discapacitadas del 33% o superior, con un límite máximo de 480€ por donatario. Y en el caso de personas con discapacidad superior al 65%, la deducción será del 3% con el límite máximo de 720€ por cada donatario.

Requisitos

  • Para aplicar esta deducción hay que cumplir con los requisitos del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
  • Tiene que ser para la compra de la vivienda habitual.
  • Las personas que están en una situación de acogida familiar permanente o en una fase preadoptiva, se considerarán como si fueran adoptadas. De la misma manera, quienes cuidan de estas personas en acogida permanente o preadoptiva serán tratados igual que los padres que adoptan a un niño. Esto significa que tanto los niños en acogimiento como quienes los acogen tienen los mismos derechos a la deducción que si se tratara de una adopción formal.
  • Para aplicar esta deducción hay que cumplir con los requisitos del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

Deducción por nacimiento o adopción de hijos

¿Qué es?

Es una deducción por haber tenido o adoptado un bebé.

Cantidad que puedes deducirte

Este año las cantidades han subido. Por cada hijo nacido o adoptado en ese año (del 1 de enero a 31 de diciembre) se aplicarán:

  • 265€ si es el primer o segundo hijo.
  • 530€ si es el tercero.
  • 796€ si es el cuarto.
  • 928€ si es el quinto o sucesivos.

En el caso de que el hijo tenga una discapacidad física, psíquica o sensorial igual o superior al 65%, además de la deducción anterior, se podrá deducir las cantidades siguientes:

  • 600€ si es el primer o segundo hijo el que tenga la discapacidad.
  • 1.000€ si es el tercero o posterior el que tenga la discapacidad.

Requisitos

  • Cuando ambos progenitores o adoptantes tengan derecho, se dividirá la cantidad entre ellos por partes iguales.
  • No puedes ganar más de 45.500€ (individual) o 60.500€ (conjunta).
  • Para determinar el número de orden del hijo se atenderá a los hijos que convivan con el contribuyente a 31 de diciembre.
  • Se incluyen también los hijos dependientes internados en centros especializados.

Deducción por contribuyentes con discapacidad y mayores de 65 años

¿Qué es?

Si vives en Canarias y tienes discapacidad o más de 65 años, puedes aplicarte estas deducciones en tu declaración de la renta. Y lo mejor: ¡son compatibles entre sí!

Cantidad que puedes deducirte

  • Por discapacidad (grado superior al 33%)
    • 400€ desde 2024 (antes era 360€ en 2023 y 300€ en años anteriores).
  • Por ser mayor de 65 años
    • 160€ desde 2024 (antes era 144€ en 2023 y 120€ en años anteriores).

Si tienes ambas condiciones (discapacidad y más de 65 años), puedes sumar ambas deducciones.

Requisitos

  • Desde 2024: No puedes ganar más de 45.500€ (individual) o 60.500€ (conjunta). En 2023 el límite era 42.900€ (individual) o 57.200€ (conjunta), y antes de 2023, era de 39.000€ (individual) o 52.000€ (conjunta).

Deducción por cuotas satisfechas a la Seguridad Social por la contratación de empleados o empleadas de hogar

¿Qué es?

Si tienes una persona contratada en el servicio doméstico y pagas sus cuotas a la Seguridad Social, puedes deducirte parte de esas cuotas en tu declaración de la renta.

Cantidad que puedes deducirte

  • Te puedes deducir el 20% de esas cuotas, con un máximo de 500€ al año, sin importar cuántas personas tengas contratadas.

Requisitos

Solo pueden beneficiarse:

  • Personas con hijos/as a su cargo (mínimo por descendientes) y que trabajen (asalariados o autónomos).
  • Personas de 75 años o más.
  • Mayores de 65 años con una discapacidad reconocida de:
    • 65% o más en discapacidad física, orgánica o sensorial.
    • 33% o más en discapacidad cognitiva, psicosocial, intelectual o del desarrollo.

Deducción por acogimiento de menores

¿Qué es?

Si acoges a un menor en régimen de urgencia, temporal o permanente, puedes deducirte cierta cantidad en tu declaración de la renta.

Cantidad que puedes deducirte

Este año la deducción pasa a ser de 330€ por cada menor acogido (el año pasado subió de 250€ a 300€), en régimen de acogimiento familiar de urgencia, temporal o permanente, siempre que conviva con el menor durante todo el periodo impositivo (del 1 de enero al 31 de diciembre). En el caso de no ser así, la cantidad se prorrateará por los días convividos.

Requisitos

  • Debes convivir con el menor durante todo el año.
  • Si la convivencia dura menos tiempo, la deducción se ajusta en función de los días reales de acogida.
  • No aplica si adoptas al menor durante el mismo año fiscal.
  • Si dos o más personas pueden aplicar la deducción, pero no hacen declaración conjunta, se divide a partes iguales entre ellos.

Deducción para familias monoparentales

¿Qué es?

Es una deducción para familias en la que solo uno de los padres (madre o padre) se encarga del cuidado y crianza de uno, o más hijos/as.

Cantidad que puedes deducirte

Se deducen 133€ aquellas personas que tengan a su cargo hijos menores de edad, siempre que no convivan con otra persona distinta de los descendientes.

Requisitos

  • Se consideran descendientes:
    • Hijos menores de edad que convivan con el contribuyente y no tengan rentas anuales mayores de 8.000€.
    • Hijos mayores de edad con discapacidad, que convivan con el contribuyente y sin rentas superiores a 8.000€.
    • Descendientes de los casos anteriores que no convivan con el contribuyente pero dependan económicamente de él/ella y estén en centros especializados.
  • No puedes ganar más de 45.500€ (individual) o 60.500€ (conjunta).
  • Se considera que ha habido convivencia si has vivido con los descendientes al menos 183 días.

Deducción por gastos de guardería

¿Qué es?

Si tienes un hijo o un menor a tu cargo menor de 3 años y pagas guardería autorizada, puedes deducirte esos gastos en tu declaración de la renta.

Cantidad que puedes deducirte

Se deducen el 18% de los gastos de guardería para niños menores de 3 años, con un máximo de 530€ anuales por cada niño.

Requisitos

  • Como novedad este año, el contribuyente no debe haber ganado más de 45.500€ al año, o 60.500€ si se hace la declaración conjunta.
  • El contribuyente ha de ser el progenitor o tutor con quién convivan los menores de 3 años.
  • Se entiende por guardería, a efectos de esta deducción, todo centro autorizado por la consejería competente del Gobierno de Canarias para la custodia de niños menores de tres años.
  • El gasto de guardería se deberá justificar a través de factura.
  • Si dos contribuyentes pueden aplicarse esta deducción, es decir, el padre y la madre, las cantidades se dividirán por partes iguales.
  • Si el niño cumple 3 años durante el año, se aplica la deducción de forma proporcional a los meses en los que cumplió los requisitos.

Deducción por gastos para adecuar un inmueble destinado al alquiler en Canarias.

¿Qué es?

Si tienes una vivienda que quieres alquilar como residencia habitual y realizas gastos de adecuación, puedes deducirte el 10% de esos gastos en tu declaración de la renta.

Cantidad que puedes deducirte

Máximo 150€ por inmueble, tanto en tributación individual como conjunta. Si hay varios propietarios, la deducción se reparte proporcionalmente. Los gastos que podrás deducirte son:

  • Reparación y conservación del inmueble.
  • Gastos necesarios para que la vivienda pueda alquilarse, según la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU).
  • Gastos de formalización del contrato de alquiler.
  • Primas de seguros por daños o impagos del inquilino.
  • Gastos para obtener el certificado de eficiencia energética.

Requisitos

  • Deben justificarse todos los gastos con factura.
  • En la declaración se debe incluir:
    • NIF de quien prestó el servicio.
    • Importe total anual gastado.
    • Se debe conservar la factura durante el periodo de prescripción.
  • No puedes aplicar esta deducción si ya te beneficias de la deducción por gastos en seguros de crédito para cubrir impagos de alquiler.

Deducción por familia numerosa

¿Qué es?

Es una deducción por tener una familia numerosa.

Cantidad que puedes deducirte

Esta deducción es de 597€ para las familias numerosas de categoría general, y de 796€ para las de categoría especial. En el caso de que alguno de los cónyuges o descendientes tengan discapacidad del 65% o superior, estas cifras ascienden a 1.326€ y 1.459€ respectivamente.

Requisitos

  • Esta deducción es compatible con la de “Nacimiento o adopción de hijos”.
  • Hay que tener la condición de familia numerosa.
  • El título de familia numerosa debe estar expedido por el órgano correspondiente del Gobierno de Canarias.
  • Se dividirá por partes iguales si dos contribuyentes tienen derecho a esta deducción.
  • Aunque tengas hijos que en principio no te permitirían acceder a esta deducción, aún podrías tener derecho a ella si los ingresos de tus hijos son inferiores al límite establecido de 8.000 euros.
  • No debes ganar más de 42.900€ si haces la declaración individual, ni 57.200€ si haces la conjunta.
  • Tienes que haber tenido la condición de familia numerosa un mínimo de 183 días en el año fiscal.

 

Deducción por puesta de viviendas en el mercado de arrendamiento de viviendas habituales.

¿Qué es?

Si tienes una vivienda en Canarias y decides alquilarla como vivienda habitual, puedes aplicarte esta deducción en tu declaración de la renta.

Cantidad que puedes deducirte

Hasta 1.000€. Se pueden aplicar esta deducción los propietarios o usufructuarios de viviendas que: hayan estado vacías el año anterior, o se compren y alquilen en un máximo de 6 meses tras la adquisición.

Requisitos

  • El alquiler debe durar al menos 3 años. Excepto si la vivienda queda vacía temporalmente pero se vuelve a alquilar en menos de 6 meses, se mantiene la deducción si la suma de los contratos supera los 3 años.
  • El inquilino NO puede ser ni tu cónyuge, ni un familiar hasta tercer grado (padres, hijos, hermanos, tíos, sobrinos, abuelos, nietos, cuñados, etc.).
  • Solo puedes aplicar la deducción si eres titular o usufructuario de hasta 5 viviendas en alquiler, sin contar garajes y trasteros.
  • Y no debe tratarse de una actividad económica.
  • Solo se aplica el primer año en que la vivienda se alquila.
  • Y si hay varios propietarios, la deducción se reparte según su participación.

Deducción por inversión en vivienda habitual

¿Qué es?

Si has comprado tu vivienda habitual o estás pagando su financiación, puedes aplicarte una deducción en tu declaración de la renta.

Cantidad que puedes deducirte

En este caso, se puede deducir el 5% de las cantidades pagadas si la suma de tus ingresos anuales es inferior a 25.500€. En el caso de que seas menor de 40 años, sube a un 5,5%. Y si tus ingresos están entre los 25.500€ y 45.500€, el porcentaje de deducción es del 3,5%. Pero si tienes menos de 40 años, sube al 4%. Pero ojo, el máximo que puedes deducirte es de 6.000€.

Requisitos

  • Tiene que ser tu vivienda habitual, es decir, tiene que ser tu vivienda durante al menos 3 años. Si es una vivienda de nueva construcción, tienes que haber vivido durante los 12 meses siguientes de su construcción.
  • Desde 2024, también puedes deducir gastos de rehabilitación, reforma o adecuación por discapacidad, algo que antes no estaba permitido.

Deducción por obras de rehabilitación energética y reforma de la vivienda habitual

¿Qué es?

Es una deducción por haber realizado obras de rehabilitación energética y reforma de una casa.

Cantidad que puedes deducirte

Se aplica el 12% de lo que pagues por obras de rehabilitación energética. Con un límite máximo de 7.000€ por contribuyente al año. Además, no puedes deducirte más del 10% de lo que pagues de impuestos en tu Comunidad Autónoma (lo que se conoce como cuota autonómica).

Requisitos

  • ¿Qué tipo de obras cuentan como rehabilitación energética?
    • Reducir la demanda energética del edificio.
    • Mejorar el rendimiento de sistemas térmicos (calefacción, refrigeración, etc.).
    • Instalar fuentes de energía renovables.
    • Mejorar el suministro e instalación de mecanismos de ahorro de agua.
    • Incorporar redes de saneamiento separativas y reutilización de aguas grises y pluviales.
  • NO te puedes desgravar:
    • Obras en garajes, jardines, piscinas o instalaciones deportivas.
    • Compra de muebles o electrodomésticos.
  • Si vives en una comunidad de propietarios:
    • Si la obra la contrata la comunidad de vecinos, la deducción se reparte según la cuota de participación de cada propietario.
    • La comunidad debe emitir un certificado del gasto imputable a cada vivienda.
  • Tener los certificados energéticos antes y después de la obra.
  • Deben estar inscritos en el Registro de Certificados de Eficiencia Energética.
  • Guardar la factura de la obra.
  • No puedes aplicar esta deducción junto con:
    • Deducción por restauración, rehabilitación o reparación.
    • Deducción por inversión en vivienda habitual.
  • La cantidad de dinero que puedes deducir se basa en lo que hayas pagado por las obras, pero solo si has usado tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en cuentas de bancos para hacer esos pagos a quienes realizaron las obras. No puedes obtener esta deducción si pagaste en efectivo.

Deducción por obras de adecuación de la vivienda habitual por personas con discapacidad

¿Qué es?

Es una deducción por haber realizado obras de adecuación de una vivienda para personas con discapacidad.

Cantidad que puedes deducirte

  • 14% de deducción si:
    • Tienes un grado de discapacidad igual o superior al 65%.
    • Tu cónyuge, ascendiente o descendiente con discapacidad (≥65%) convive contigo y no gana más de 35.000€ al año.
  • 18% de deducción si:
    • Eres mayor de 65 años y tienes una discapacidad igual o superior al 65%.
    • Tu cónyuge, ascendiente o descendiente con discapacidad (≥65%) es mayor de 65 años.

Además, el límite es de hasta 15.000€ anuales por obras de adecuación en la vivienda habitual.

Requisitos

  • Los obras tienen que ser para la adecuación de la vivienda habitual por discapacidad, tal y como se establece en la Ley.
  • No se puede superar el 15% de la cuota íntegra autonómica al sumar esta deducción con otras sobre vivienda (rehabilitación, eficiencia energética, etc.).
  • En La Palma, si la vivienda fue destruida por el volcán, puedes seguir aplicando la deducción por los gastos que sigas pagando.
  • Si hay más de un contribuyente con derecho a la deducción, se divide a partes iguales.
  • Si hay familiares de diferente grado de parentesco, la prioridad es para los más cercanos.

Deducción por alquiler de vivienda habitual

 ¿Qué es?

Es una deducción por vivir de alquiler.

Cantidad que puedes deducirte

Si vives de alquiler en Canarias, puedes deducirte hasta el 24% del dinero que pagas por tu vivienda en tu declaración de la renta. El límite máximo es de 740€ anuales (en 2023 era 720€, y antes 600€). Y si tienes menos de 40 años o más de 75 años, el tope sube a 760€.

Requisitos

  • Ingresos máximos:
    • No puedes haber ganado más de 45.500€ al año (en 2023 el límite era 22.000€, y antes 20.000€).
  • Si haces declaración conjunta, el límite sube 15.000€ más.
  • Debes gastar más del 10% de tus ingresos en el alquiler.
  • Si recibes subvenciones para el alquiler, ese dinero no cuenta como gasto.
  • Debes incluir en tu declaración el NIF del casero, la referencia catastral de la vivienda y el importe del alquiler anual.

Deducción por arrendamiento de vivienda habitual vinculado a determinadas operaciones de dación en pago

¿Qué es?

Es una deducción por alquilar una vivienda y que está específicamente relacionada con operaciones de dación en pago. La dación en pago es un acuerdo mediante el cual una propiedad se entrega al acreedor (por ejemplo, un banco) para saldar una deuda pendiente, comúnmente una hipoteca. La deducción por alquiler vinculada a la dación en pago implica que si, después de entregar tu vivienda al banco para saldar tu hipoteca, te encuentras alquilando otra vivienda, podrías beneficiarte de una deducción fiscal por ese alquiler.

Cantidad que puedes deducirte

Podrán deducirse el 25% de las cantidades pagadas, con un límite máximo de 1.200€, tanto en la tributación individual como en la conjunta.

Requisitos

  • Solo podrás aplicarte la deducción en el caso de que la transmisión de la vivienda se haga a una entidad financiera o inmobiliaria por no poder hacer frente al pago de los préstamos hipotecarios.
  • Desde 2024 han cambiado los máximos de ingresos: No debes ganar más de 45.500€ al año (o 60.500€ si haces declaración conjunta). Antes de 2024 el límite era de 24.000€ (o 34.000€ en declaración conjunta).

Deducción por gastos en primas de seguros de crédito para cubrir impagos de rentas de arrendamientos de vivienda (deducción del arrendador)

¿Qué es?

Es una deducción por gastos en primas de seguros de crédito para cubrir impagos de alquileres.

Cantidad que puedes deducirte

Solo podrán aplicarse está deducción los arrendadores, y podrán deducirse el 75% de esas cantidades pagadas con un límite de 150€, tanto en tributación individual como en conjunta.

Requisitos

  • La duración del contrato de arrendamiento de vivienda con un mismo arrendatario tiene que ser igual o superior a un año.
  • Que se haya constituido el depósito de la fianza.
  • Que el arrendador declare en el IRPF el rendimiento derivado de las rentas del alquiler, el NIF del arrendatario y la referencia catastral de la vivienda.
  • El importe mensual del alquiler no puede superar los 800€.

Deducción por familiares dependientes con discapacidad

¿Qué es?

Es una deducción por tener familiares dependientes con discapacidad.

Cantidad que puedes deducirte

La cuantía es de 600€ por cada ascendiente o descendiente con discapacidad igual o superior al 65%. Además, como novedad este año, si necesitas contratar ayuda en casa, puedes deducir el 20% de las cuotas a la Seguridad Social de un empleado/a del hogar, con un máximo de 500€ al año.

Requisitos

  • Tener derecho al mínimo por discapacidad en la renta.
  • No podrás ganar más de 45.500 € al año, ni 60.500 € si haces la declaración conjunta.
  • Si dos o más contribuyentes tienen derecho a esta deducción, se dividirá por partes iguales.
  • Si necesitas contratar asistencia, solo puede aplicarlo quien figure como empleador/a en la Seguridad Social y debe indicar en la declaración el NIF o NIE del empleado/a.

Deducción por contribuyentes desempleados

¿Qué es?

Es una deducción para personas sin trabajo y cobren el paro.

Cantidad que puedes deducirte

Los contribuyentes que reciban prestaciones de desempleo recibirán 120€ gracias a esta deducción.

Requisitos

  • Deberán tener su residencia en las Islas Canarias, hasta el 31-12-23.
  • Haber estado en desempleo al menos 6 meses del año.
  • Tus ingresos provenientes del trabajo no pueden ser de más de 11.200€, o igual o inferior a 22.000€, tanto en la individual como en la conjunta. Además, cuando sumes tus ingresos por inversiones, intereses, y otras fuentes que no sean salario o sueldos, el total no debe exceder los 1.600€.

Deducción por familiares dependientes con discapacidad

¿Qué es?

Es una deducción por tener familiares dependientes con discapacidad.

Cantidad que puedes deducirte

La cuantía es de 600€ por cada ascendiente o descendiente con discapacidad igual o superior al 65%. Además, como novedad este año, si necesitas contratar ayuda en casa, puedes deducir el 20% de las cuotas a la Seguridad Social de un empleado/a del hogar, con un máximo de 500€ al año.

Requisitos

  • Tener derecho al mínimo por discapacidad en la renta.
  • No podrás ganar más de 45.500 € al año, ni 60.500 € si haces la declaración conjunta.
  • Si dos o más contribuyentes tienen derecho a esta deducción, se dividirá por partes iguales.
  • Si necesitas contratar asistencia, solo puede aplicarlo quien figure como empleador/a en la Seguridad Social y debe indicar en la declaración el NIF o NIE del empleado/a.

Deducción por el alza de precios

¿Qué es?

Es una deducción destinada a ayudar a los contribuyentes con los gastos de la cesta de la compra: tanto alimentación, como ropa, vivienda y medicinas.

Cantidad que puedes deducirte

Podrás deducirte 225€, si ganas menos de 20.000€.

Si ganas entre 20.000€ y 25.000€, podrás deducirte 175€. Y si ganas entre 25.000€ y 30.000€, te deducirás 125€.

Requisitos

  • En la tributación conjunta las cantidades son las mismas, pero los límites van de: 30.000€, entre 30.000€ y 35.000€, y 35.000€ y 40.000€.
  • Los tipos de productos que se incluyen en esta deducción son: alimentos y bebidas no alcohólicas, vestido y calzado, vivienda y medicina.

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María

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Roberto

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Alicia

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Ernesto

"me asesoraron en cómo y cuándo vender mi casa para ahorrar fiscalmente, no tenía ni idea!"

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Ricardo

"prácticamente por el mismo precio que me cuesta un asesor, además de la renta tengo asesoría fiscal todo el año gratis...merece la pena"

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