Si vives en Galicia y has decidido contratar Internet de alta velocidad para tu hogar, puedes beneficiarte de una deducción por el uso de nuevas tecnologías. ¡Te contamos cómo aprovecharla!
¿Cuánto puedes deducir?
Puedes deducirte el 30% de lo que hayas pagado por la instalación de tu línea de Internet, con un tope de 100 € al año. Si estás casado o compartes bienes con tu pareja, cada uno solo puede deducirse hasta 50 €, incluso si el contrato está a nombre de uno solo. Pero si cada uno tiene un contrato independiente a su nombre, podríais aprovechar la deducción completa.
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Condiciones para aplicar la deducción
Aquí están las condiciones que debes cumplir para beneficiarte de este ahorro:
- La línea de Internet debe ser contratada exclusivamente para uso doméstico, no para negocios o actividades empresariales.
- Solo puedes aplicar la deducción por una única línea contratada en casa.
- La deducción solo es válida en el año en que contrates el alta de la línea. Si llevas años con el mismo proveedor, no aplica.
- Es necesario presentar la documentación que justifique la contratación y el pago.
Documentación necesaria
Para aplicar la deducción sin problemas, ten a mano:
- Factura o contrato que demuestre la contratación de la línea de Internet.
- Comprobante de que la línea se usa en tu domicilio y no con fines empresariales.
Estos documentos son esenciales por si Hacienda te pide verificarlos.
Cómo aplicar la deducción
Podrás aplicar esta deducción en las Casillas 1021 - 1038 de las deducciones autonómicas en la Declaración de la Renta de Galicia. Asegúrate de calcular correctamente el porcentaje y de dividir el importe si compartes la deducción con tu pareja.
Preguntas frecuentes
¿Puedo aplicar esta deducción si ya tenía contratado Internet de años anteriores?
No, la deducción solo se aplica en el año en que se contrate el alta de la línea de Internet, no para renovaciones o contratos antiguos.
¿Qué pasa si uso el Internet en casa para trabajar?
El uso de Internet debe ser exclusivamente doméstico. Si lo utilizas para actividades empresariales, no puedes aplicar la deducción.
¿Puedo aplicar la deducción si el contrato está a nombre de mi pareja, pero ambos compartimos el gasto?
Sí, pero en ese caso, solo podréis deduciros 50 € cada uno, aunque el contrato esté a nombre de uno solo. Si ambos tenéis contratos separados, cada uno puede deducir hasta 100 €.
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