¿Has adoptado un hijo en las Islas Baleares? Además de la alegría de sumar un miembro a la familia, puedes beneficiarte de una deducción importante en tu declaración de la renta. Aquí te explicamos cómo funciona.
¿Cuánto puedes deducir?
Puedes deducir lo siguiente en función del número de hijos adoptados:
- 800 euros: Por el primer hijo adoptado.
- 1.000 euros: Por el segundo hijo adoptado.
- 1.200 euros: Por el tercer hijo adoptado.
- 1.400 euros: Por el cuarto hijo y siguientes.
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Requisitos para Aplicar a la Deducción
Para aplicar esta deducción, debes tener en cuenta lo siguiente:
- Prorrateo: Si dos contribuyentes tienen derecho a la deducción, el importe se prorrateará por partes iguales.
- Límites de renta: La suma de la base imponible general y del ahorro no debe superar los:
- 33.000 euros en tributación individual o 52.800 euros en conjunta.
- Para familias numerosas, los límites aumentan a 39.600 euros en individual y 63.360 euros en conjunta.
Documentación necesaria
Para aplicar la deducción, necesitarás:
- Certificado de adopción: Documento oficial que acredite el proceso de adopción.
- Libro de familia: Como justificación adicional, si es necesario.
¿En qué casilla puedes aplicarte la deducción?
Incluye esta deducción en las casillas 898 – 915 de tu declaración de la renta. Verifica que no superas los límites de renta y ten en cuenta el prorrateo si aplica.
Preguntas frecuentes
¿Qué sucede si ambos padres pueden aplicar la deducción?
El importe se prorrateará por partes iguales entre los dos contribuyentes.
¿Se aplican límites de renta más altos para familias numerosas?
Sí, para familias numerosas el límite se eleva a 39.600 euros en individual y 63.360 euros en conjunta.
¿Qué documentación necesito?
El certificado de adopción y, si es necesario, el libro de familia.
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