Si has tenido o adoptado a tu primer o segundo hijo en un municipio pequeño, puedes acceder a una deducción especial en la declaración de la renta. Esta ayuda fiscal está pensada para quienes viven en poblaciones de menos de 10.000 habitantes. Aquí te explicamos cuánto puedes deducir, qué requisitos debes cumplir y cómo aplicar esta deducción en tu declaración.
¿Cuánto puedes deducir?
El importe de la deducción varía en función del número de hijos y de tus ingresos:
- 100 euros si es el primer hijo.
- 150 euros si es el segundo hijo.
Para quienes tienen ingresos más bajos, el importe de la deducción aumenta:
- 200 euros por el primer hijo o 300 euros por el segundo, siempre que la base imponible (la suma de tus ingresos) no supere:
- 23.000 euros en declaración individual.
- 35.000 euros en declaración conjunta.
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Condiciones para aplicar la deducción
Para beneficiarte de esta deducción, es importante que cumplas con los siguientes requisitos:
- Residencia en un municipio pequeño: Tanto en el año del nacimiento o adopción como en el anterior, debes haber residido en un municipio con menos de 10.000 habitantes.
- Aplicable solo en el año del nacimiento o adopción: La deducción solo es válida durante el ejercicio fiscal en el que ocurre el nacimiento o adopción del hijo.
- Prorrateo en caso de varios contribuyentes: Si el hijo convive con más de un contribuyente (por ejemplo, los dos padres), la deducción se divide en partes iguales.
- Compatibilidad con otras deducciones: Esta deducción no es compatible con la deducción por nacimiento o adopción de un hijo con discapacidad.
Documentación necesaria
Para asegurarte de que la Agencia Tributaria valide esta deducción, conserva la siguiente documentación:
- Certificado de empadronamiento que acredite tu residencia en el municipio pequeño.
- Libro de familia o documentos oficiales que prueben el nacimiento o adopción del hijo.
Estos documentos pueden ser solicitados para verificar el cumplimiento de los requisitos.
Cómo aplicar la deducción
Esta deducción se aplica en el apartado de deducciones autonómicas de Aragón, específicamente en las casillas 866 a 882, junto con otras deducciones autonómicas de la comunidad. Asegúrate de seleccionar correctamente la deducción por nacimiento o adopción en municipios de menos de 10.000 habitantes y el importe adecuado según tu situación familiar e ingresos.
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Preguntas frecuentes
¿Puedo aplicar esta deducción en años posteriores?
No, solo se puede aplicar en el año en que ocurre el nacimiento o adopción.
¿Es compatible con otras deducciones de hijos?
No es compatible con la deducción por nacimiento o adopción de un hijo con discapacidad del 33% o superior.
¿Debo presentar los documentos al hacer la declaración?
No es obligatorio presentarlos al hacer la declaración, pero debes conservarlos por si la Agencia Tributaria solicita verificarlos.
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