Si tienes menos de 40 años y pagas alquiler en la Comunidad de Madrid, puedes deducirte hasta 1.237,20 € en la declaración de la renta. Eso sí, hay ciertos requisitos que debes cumplir.
¿Cuánto puedes deducir?
Con esta deducción podrás desgravarte el 30% de las cantidades satisfechas por el arrendamiento de la vivienda habitual. Siendo el límite máximo 1.237,20€, tanto en tributación individual como en conjunta.
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Condiciones para aplicar la deducción
Para beneficiarte de esta ayuda, debes cumplir estas reglas:
- La edad del contribuyente ya que debe tener menos de 40 años de edad.
- La suma de las bases imponibles general y del ahorro no podrá superar:
- 26.414,22€ en tributación individual.
- 37.322,20€ en tributación conjunta.
- Las cantidades abonadas por el arrendamiento deben superar el 20% de la mencionada suma de bases.
- Además, se debe poseer:
- Una copia del resguardo del depósito de la fianza en la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid formalizado por el arrendador
- O copia de la denuncia presentada ante dicho organismo por no haberles entregado dicho justificante el arrendador.
Documentación necesaria
Para evitar problemas con Hacienda, asegúrate de guardar bien estos documentos:
- Contrato de alquiler, donde figure la ubicación de la vivienda.
- Justificantes de pago del alquiler (transferencias, recibos bancarios…).
- Resguardo del depósito de la fianza en la Agencia de Vivienda Social o denuncia por no haberlo recibido.
Cómo aplicar la deducción
Puedes aplicar esta deducción en el apartado de deducciones autonómicas de Madrid, dentro de las Casillas 1039 – 1051 de tu declaración de la renta. Verifica que todos los datos sean correctos y que la documentación esté actualizada.
En TaxDown, hacemos que todo el proceso sea más fácil. Nos encargamos de que no se te escape ninguna deducción y de que tu declaración se gestione sin errores, maximizando tu ahorro.
Preguntas frecuentes
¿Puedo aplicar la deducción si tengo más de 40 años?
No, es solo para menores de 40 años en el año fiscal correspondiente.
¿Qué pasa si mi arrendador no ha depositado la fianza?
Puedes aplicar la deducción si has denunciado la falta de depósito ante la Agencia de Vivienda Social.
¿Y si el alquiler no supera el 20% de mis ingresos?
En ese caso, no puedes aplicar la deducción.
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